BCN establece cuáles son los bienes y servicios que deben estar en córdoba a partir del 1 de enero

Además el Banco Central informó de las transacciones que pueden seguir realizándose en dólares o su equivalencia

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A partir del 1 de enero del próximo año todos los precios de bienes y servicios deberán estar en córdoba, por lo que el Banco Central de Nicaragua emitió una circular donde indicó cuáles son los establecimientos que estarán obligados cambiar sus precios e indicarlos con el símbolo de C$ al público.

El Banco Central recordó que los entes reguladores e instituciones públicas, en el ámbito de su competencia, podrán emitir instructivos, supervisar y aplicar las acciones necesarias para el cumplimiento de esta disposición, conforme lo establece la Ley No. 842, Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias.

Los establecimientos obligados

a) Alimentos, bebidas y tabacos: alimentos y bebidas no alcohólicas, bebidas alcohólicas y productos de tabaco, entre otros.

b) Vestuario y artículos: ropa, calzado, accesorios, artículos personales, muebles, línea blanca, electrodomésticos, artículos electrónicos, artículos del hogar, artículos deportivos, artículos musicales, artículos escolares y juguetes, entre otros.

c) Insumos, materiales y equipos: artículos ferreteros, herramientas, artículos eléctricos, insumos industriales y agropecuarios, materiales y equipos de construcción y materiales y equipos de oficina, entre otros.

d) Servicios de hoteles, restaurantes y conexos: hospedaje, alimentación, bebidas, transporte, servicios personales y servicios de entretenimiento, entre otros.

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e) Telecomunicaciones y tecnologías: servicios de televisión, telefonía, internet, mensajería y transmisión de datos dispositivos tecnológicos, equipos de cómputo y todos aquellos relacionados con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), entre otros.

f) Servicios profesionales, técnicos y oficios, tanto empresariales como los brindados por cuenta propia: asesorías, consultorías, análisis, investigación, soporte técnico, mantenimiento técnico y reparación, así como todo tipo de oficios, entre otros.

g) Servicios de entretenimiento, cultura y deporte: cines, conciertos, parques de diversión, teatros, museos, centros culturales, eventos culturales, centros deportivos, eventos deportivos, casinos, bares y centros nocturnos, entre otros.

h) Servicios de salud: consultas, cirugías, procedimientos, exámenes, laboratorios, imagenología, medicamentos, materiales y equipos médicos, entre otros.

i) Servicios de educación y formación: preescolar, primaria, secundaria y universitaria, capacitación, conferencias, congresos, talleres, seminarios y formación y capacitación en línea, entre otros.

j) Transporte, combustibles y repuestos: servicio nacional de transporte terrestre, acuático y aéreo; venta de combustibles, lubricantes, repuestos, vehículos y su mantenimiento, entre otros.

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Las excepciones

Los precios de los siguientes bienes y servicios, ofrecidos a nivel nacional, podrán ser expresados en moneda extranjera; no obstante, el usuario podrá optar por recibir o realizar su pago en moneda extranjera o córdobas, según corresponda:

a) Transacciones con el exterior: exportación e importación de bienes y servicios, incluyendo seguros y fletes, servicios de transporte internacional de pasajeros, servicios de aeropuertos, servicios de puertos, puertos libres, remesas familiares y transferencias financieras internacionales, entre otros.

b) Transacciones de instituciones financieras reguladas, pactadas en moneda extranjera: créditos, depósitos, contratos de seguros, emisión de valores y otros servicios financieros.

c) Activos inmobiliarios y sus rentas: viviendas, terrenos, instalaciones comerciales y productivas, entre otros.

Esta semana el economista Néstor Avendaño advirtió que la desdolarización de la economía no se va a conseguir a través de leyes o decretos ejecutivos y señaló que “hay que evitar el uso de regulaciones bancarias a través de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Siboif) para promover artificialmente el uso del córdoba”.

“A nadie se debe obligar a devolver sus dólares ni a nadie se le debería congelar sus cuentas en dólares. La credibilidad monetaria del córdoba puede tomar mucho tiempo”, dijo.

Indicó que se puede promover la desdolarización voluntaria, pero los formuladores de políticas macroeconómicas deben tener en cuenta los riesgos de la fuga de capitales y la desintermediación financiera y la inestabilidad del sistema financiero nacional.

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Economía Córdoba Dolarización Nicaragua archivo

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COMENTARIOS

  1. Hace 1 año

    Esto es algo normal. Antes de 1979 todas las transacciones y servicios eran en Córdobas e incluso salarios de trabajadores eran en Córdobas. La mayoría de nicaraguenses antes de 1979 nunca habían visto un billete de Dolar. Eso si, antes de 1979 el Córdoba era tan prestigioso y se consideraba ‘moneda solida’ hasta tal punto que en toda Centroamérica y en Miami se aceptaba la moneda de Nicaragua para transacciones comerciales de la misma manera que se acepta el Dolar estadounidense. Entrabas a una tienda en Miami y el Córdoba era aceptado. Todo podes decir de los Somozas menos que eran malos economistas.

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