El dictador Daniel Ortega reglamentó las reformas que se hicieron en agosto a la Ley de control de organizaciones sin fines de lucro (OSFL/ONG) y a la Ley de agentes extranjeros, a través del Decreto Presidencial 13-2024, publicado este viernes 13 de septiembre en el diario oficial La Gaceta.
El denominado «Reglamento especial para la regulación de las alianzas de asociación y las alianzas de agentes extranjeros» establece en el artículo 1 su objetivo de «regular las alianzas de asociación y las alianzas de agentes extranjeros, de acuerdo a lo establecido en la ley 1115, Ley General de Regulación y Control de los OSFL y sus reformas, y a la Ley 1040, Ley de Regulación de Agentes Extranjeros y sus reformas».
Lea también: Dictadura modifica funcionamiento de las ONG en Nicaragua y les ordena hacer “alianzas” con instituciones estatales
El artículo 3, sobre los «órganos tutelares» reafirma que le corresponde la aplicación de este Reglamento especial a la Dirección General de Registro y Control de OSFL, del Ministerio del Interior (Mint), así como al Ministerio de Relaciones Exteriores (Minrex).
Proyectos bajo la lupa
Los procedimientos establecidos en el nuevo Reglamento confirman el objetivo del régimen orteguista de controlar todos los planes, obras y proyectos de las ONG que quedan vigentes en el país, al menos 2,000, después de más 5,200 cancelaciones desde 2018.
Lea también: Estragos del cierre masivo de ONG en Nicaragua: 23,483 desempleados y 3.4 millones desatendidos
El nuevo reglamento establece el «Procedimiento de aprobación de la solicitud de alianzas de asociación y alianzas de agentes extranjeros», con 11 acápites referidos a los tiempos y pasos para aprobar los proyectos que quieran ejecutar las ONG vigentes.
La Dirección General de Registro y Control de OSFL «revisará en un plazo no mayor de diez días hábiles la solicitud presentada y documentación adjunta, verificando que el proyecto o programa cumpla con los fines y objetivos del OSFL o agentes extranjeros solicitantes».
«Caso contrario, se mandará al solicitante a subsanar o realizar las correcciones necesarias, en un plazo no mayor de diez días hábiles».
«De no subsanar o no realizar las correcciones solicitadas en el plazo indicado, se procederá al archivo de la solicitud. Se deja a salvo el derecho de presentar nueva solicitud», indica el documento.
Intromisión de otras instituciones públicas
El reglamento establece que «en caso de ser necesario, la institución que corresponda en conjunto con el OSFL o agente extranjero procederá a su revisión para consensuar los roles y responsabilidades de las partes».
«La institución del Estado que corresponda, emitirá en un plazo no mayor de quince días hábiles su valoración específica, quien aprobará o denegará la solicitud, conforme al ordenamiento jurídico vigente, los lineamientos y políticas nacionales».
Lea también: Ortega fortalece con más recursos y personal a oficina que cancela ONG
Desde el pasado 15 de agosto, la vocera, vicepresidenta y esposa de Ortega, Rosario Murillo, anunció la modificación del funcionamiento de las ONG en Nicaragua, para obligarlas a hacer “alianzas” con instituciones públicas y quitarles las exoneraciones fiscales.
Todo estos cambios se dan en un contexto de cancelaciones y confiscaciones de ONG, que comenzaron en 2018. Desde entonces, la dictadura Ortega Murillo ha cancelado y confiscado más de 5,200 OSFL, lo que ha tenido un impacto en zonas rurales donde el Estado es incapaz de llevar desarrollo social y las ONG eran una vía para la educación y el desarrollo social.
Para el régimen orteguista, las ONG son el origen de la rebelión social de 2018, que puso en crisis a su gobierno, según el mismo dictador ha dicho en sus discursos.