El dictador Daniel Ortega mandó una reforma a la Ley de Carrera Judicial (Ley 501) y a la Ley orgánica del poder judicial (Ley 260), para anular el Fondo de beneficio de los funcionarios en retiro de la carrera judicial, con el cual los magistrados sumaban doble jubilación, ya que también reciben su jubilación regular del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS).
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La reforma a la Ley de Carrera Judicial anula el artículo 79, que establece «un complemento a la pensión de jubilación», el cual, según la actual ley, «oscilará entre el 50 por ciento y el 75 por ciento del monto que el funcionario reciba en concepto de pensión del INSS».
A la vez, se elimina el Fondo de beneficio de los funcionarios en retiro del poder judicial, que tenía personalidad jurídica, patrimonio propio, operaba sin fines de lucro.
El artículo 80, que será anulado, establece que «tal complemento se dará mientras esté en vida el funcionario beneficiado».
El artículo 82, que también desaparecerá, establece que los recursos del Fondo se constituirán con aportaciones de los beneficiarios; los ingresos provenientes de los servicios judiciales; las utilidades por la venta de servicios como capacitaciones, cursos de actualización profesional, publicaciones y servicios del Institutot de Capacitación y Documentación Judicial y del Instituto de Medicina Ley, ambos del poder judicial. También las aportaciones por la vía del Presupuesto General de la República y donaciones recibidas.
¿Qué pasará con el Fondo?
El artículo cuarto de la reforma a la Ley 501, sobre Disposiciones complementarias y transitorias, que establece que «considerando que existe un único sistema de Seguridad Social, se dispone lo siguiente:
Entregar a los miembros de la Carrera Judicial el saldo que hubiese a su favor de los aportes que hayan realizado al llamado Fondo de Beneficios de los Funcionarios en retiro de la Carrera Judicial, conocido como Fondo de Ahorro y Préstamos para el retiro de los funcionarios de carrera judicial.
Todos los fondos: provenientes de los certificados de depósito a plazo, así como los intereses por inversiones, préstamos, recursos provenientes de aranceles, cualquier título, sea inversión, participación o dividendos y por servicios prestados, existentes o que tengan al momento de aprobación de esta ley, del Fondo de Beneficios de los Funcionarios en retiro de la Carrera Judicial, serán transferidos al Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (Inss), para los fines propios y específicos del mismos.
Los recursos obtenidos por los servicios que presta la Corte Suprema de Justicia serán destinados a las necesidades de la misma de acuerdo a su competencia».
CSJ intervenida por la Policía
Desde octubre de 2003, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) fue intervenida por la Policía orteguista, lo que implicó poner bajo investigación a trabajadores y altos funcionarios judiciales, incluyendo a la presidenta Alba Luz Ramos y a todos los demás magistrados. Diferentes fuentes estrechamente ligadas al poder judicial aseguran que Ramos está totalmente separada de su cargo y permanece en su casa bajo vigilancia policial.
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Tras la separación de Ramos de su cargo, decenas de empleados, secretarias, asistentes y técnicos han sido despedidos de diferentes dependencias judiciales del país. Más de 700 trabajadores del poder judicial fueron despedidos, según las fuentes más conservadoras.
La crisis del poder judicial se ha ido confirmando tras diferentes reformas, para quitarle funciones y poder al CSJ. En noviembre de 2023, Ortega mandó a reformar la Constitución Política, para quitarle al poder judicial el 4 por ciento fijo de asignación presupuestaria por ley y también le quitó el control sobre el Registro de la Propiedad, lo que confirmó que ese poder del Estado cayó en desgracia ante la dictadura Ortega Murillo.