Lista de reproducción
- No hay más artículos para escuchar
A medida que miles de nicaragüenses salieron del país en busca de refugio en naciones como Costa Rica, Estados Unidos, Canadá y países de Europa, tras la crisis sociopolítica que vive Nicaragua desde abril de 2018 bajo el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo, surgen dudas sobre las posibles repercusiones o consecuencias para solicitantes y asilados de acudir a consulados o embajadas para gestionar documentos como pasaporte o cédula.
LA PRENSA consultó a abogadas de Inmigración en Estados Unidos, quienes advierten que realizar estos trámites puede ser interpretado —en algunos sistemas de asilo— como «una señal del restablecimiento de vínculos con el Estado del que se alega persecución», lo que podría afectar negativamente en el proceso o estatus obtenido.
Lea además: «Pretermission»: el mecanismo con el que EE. UU. descarta solicitudes de asilo sin audiencia
La abogada de Inmigración, Cindy Blandón, en declaraciones a este diario indicó que «los solicitantes de asilo (independientemente de la nacionalidad) no deberían solicitar el pasaporte de su país de origen, porque si lo emite y la persona alega persecución, eso quiere decir que no sufre persecución».
Una opinión similar tiene Astrid Carolina Montealegre, nicaragüense y abogada de Inmigración, quien desde su experiencia en temas migratorios reconoce la difícil situación de muchos connacionales. «Entiendo la encrucijada en la que se encuentran muchos nicaragüenses. La necesidad de un documento de identidad es real, pero interactuar con el gobierno del cual se huye genera dudas legítimas», afirmó.
Riesgo para solicitantes y asilados
A inicios de marzo de este año, el Ministerio del Interior (Mint), a través de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), habilitó para los nicaragüenses en el exterior el trámite de pasaporte en línea, ya sea por primera vez o para renovación. El costo es de 50 dólares y la entrega no debería de ser superior a los tres meses.
Montealegre afirmó que «sí, existe un riesgo real» cuando el nicaragüense acude y solicita documentos de identidad, debido a que el asilo se basa en el temor de persecución por parte de un Estado. «Solicitar un pasaporte o cédula en un consulado, las autoridades migratorias pueden interpretar que usted se está acogiendo voluntariamente a la protección de su país de origen», apuntó.
Lea también: Ministra del Interior afirma que entrega de pasaportes solicitados desde el exterior no debe superar los tres meses
Lo anterior, aseguró, causa una contradicción con el miedo que el solicitante argumentó tener por parte del Estado de su país. «Las autoridades lo ven como una validación de la relación entre el ciudadano y su estado, se puede cuestionar la veracidad del ‘miedo creíble’ o ‘temor infundado’ y puede llevar a la negación si no se justifica adecuada urgencia de los documentos», asestó.

La experta especializada en temas migratorios también alertó que, incluso para quienes ya tienen estatus de refugiado, renovar o solicitar estos documentos puede ser visto como una intención de restablecerse o utilizar los beneficios de esa nacionalidad, lo cual es causal de cese de la condición de refugiado según la Convención de 1951.
«Puede provocar un proceso de revocación del asilo si el gobierno considera que ya no necesita protección internacional porque ha vuelto a utilizar documentos de su país», explicó.
En esa misma línea, Blandón advirtió que estos procedimientos migratorios podrían provocar no solo «la cancelación y denegación de la protección internacional» sino que representa un «riesgo de deportación».

En Estados Unidos, normalmente cuando el migrante ingresa vía terrestre, las autoridades retienen los documentos nacionales, como pasaporte o cédula de identidad.
En el contexto actual donde el Gobierno de Donald Trump implementa políticas migratorias más estrictas, Montealegre advirtió en Estados Unidos «es sumamente riesgoso» porque los oficiales del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis) y los jueces de inmigración «son muy estrictos con el concepto de ‘re-availing’, en español acogerse a la protección».
Puede interesarle: Las repercusiones de la propuesta de Trump sobre los permisos de trabajo a solicitantes de asilo
Compartió que ha conocido de primera mano casos en que los migrantes complican su ajuste de estatus de residencia si el oficial confirma que el refugiado renovó el pasaporte o visitó el consulado. «Si no hay una razón de fuerza mayor, el proceso de residencia se complica o se inicia una investigación sobre la validez del asilo», apuntó.
¿No pueden viajar los solicitantes o asilados?
En enero de 2022, la abogada Montealegre aseguró que tanto los consulados como embajadas de Nicaragua «comparten los listados de personas solicitantes de documentos de viaje con el Departamento de Estado de los EE. UU.».
LA PRENSA envió consultas al Departamento de Estado sobre esto, sin embargo, nos remitieron al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) que hasta la publicación del artículo no había emitido alguna respuesta.
Un abogado y académico de Derecho Internacional, en condición de anonimato, enfatizó por otro lado que si el refugiado requiere viajar, el gobierno del país donde se encuentra refugiado puede emitir un documento de viaje. «De hecho los países de la Unión Europea – Schengen exigen la entrega del pasaporte cuando se presenta la solicitud de asilo», apuntó.

Montealegre indicó que si el solicitante de asilo o asilado en EE. UU. necesita viajar al exterior «debe usar el Refugee Travel Document (I-131), no el pasaporte nicaragüense».
Un ciudadano con el estatus de refugio, asilo o residente permanente —que haya obtenido su Tarjeta Verde como refugiado— en EE. UU. puede solicitar un documento de viaje. Uscis extiende cinco tipos diferentes de documentos de viaje: Permiso adelantado; Documento de Viaje de Refugiado (RTD por sus siglas en inglés), Permiso de reingreso, Autorización de viaje bajo TPS, y Documentos para transporte.
Esencialmente, el documento de viaje ayuda a proteger la capacidad del beneficiario con el estatus para volver a ingresar a los EE. UU. Por eso, aunque usted tenga su pasaporte, en este caso nicaragüense, debe viajar con el Documento de Viaje para Refugiado ya que es el autorizado por EE. UU. y solamente con ese le podrán dejar ingresar al país norteamericano.
Si quiere conocer cómo solicitar este documento de viaje, puede encontrar una guía del paso a paso aquí.
Las recomendaciones
Montealegre recomendó a los nicaragüenses, en principio, evitar ir a los consulados y que use documentos alternativos. «No acuda a sedes diplomáticas nicaragüenses a menos que sea una emergencia extrema y haya consultado primero con su abogado», expresó.
Sobre los documentos alternativos precisó que si el nicaragüense necesita identificarse puede utilizar «cualquier identificación con su foto brindadas por una autoridad gubernamental, su permiso de trabajo o la licencia de conducir del país o estado donde se encuentra».
Lea además: DHS propone endurecer revisión de solicitantes de asilo y limitar permisos de trabajo
Enseguida recomendó solicitar un permiso de viaje en lugar de renovar su pasaporte. «Solicite un Documento de Viaje para Refugiados, estos permisos de viaje son discrecionales, lo que significa que el gobierno no está obligado a otorgarlos y su aprobación depende de la evaluación del caso», agregó.
Concluyó mencionando que «únicamente deben solicitarse si el viaje es absolutamente necesario (por ejemplo, una emergencia médica grave o una obligación profesional ineludible). No lo solicite para viajes de placer o turismo, ya que esto debilita la naturaleza humanitaria de su protección migratoria».