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El joven Sergio Andrés Sánchez Gutiérrez, de 19 años, quien recientemente fue condenado a tres años de cárcel por el delito de homicidio imprudente, no irá a prisión domiciliaria como informaron medios de comunicación oficialistas, sino que deberá cumplir su sentencia en el Sistema Penitenciario Jorge Navarro, de Tipitapa, hasta 2028.
Así lo estableció la jueza Nidia María O’Connor Vargas, del Juzgado Tercero Local Penal de Managua, el pasado 17 de febrero. Lo encontró culpable por homicidio imprudente y le dictó tres años de cárcel, un año y medio por cada víctima, y determinó que no es culpable por omisión de auxilio o abandono de personas, cuyo delito contemplaba la acusación fiscal.
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Medios oficialistas dedujeron que el ahora condenado iría a casa por cárcel luego que la jueza extendiera el beneficio de resarcimiento de daños a la familia de las víctimas, esto ante la solicitud del abogado defensor Gabriel Díaz, de suspender la pena. Sin embargo, nunca hubo mediación. Mucho menos existe el beneficio de prisión domiciliaria para Sánchez.
Lo que sí contempla la sentencia es que Sánchez deberá purgar los años de cárcel en La Modelo y que la defensa podrá apelar la suspensión de pena ante un juez. Esto sería posible debido a que el joven cumple con atenuantes para este beneficio; no poseer antecedentes penales y que su condena sea menor a los 5 años.

«Siendo el otorgamiento de suspensión de pena una facultad de la autoridad de primera instancia, se deja salvo el derecho al condenado para que haga uso de su derecho ante el juez de Distrito de Ejecución de Sentencia y Vigilancia Penitenciaria», dictó la jueza.
No hay resarcimiento
También se rumoró sobre una supuesta mediación con la familia de las víctimas identificadas como Martha Elena Matus Larios, de 57 años, y su hija Andrea Nicole Zamora Matus, de 20. La jueza no obligó a las partes a aceptar el principio de oportunidad, pero dejó a salvo «el derecho de la víctima a solicitar el resarcimiento civil de conformidad estipulada con las leyes».
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La jueza reiteró que el resarcimiento de daños está contemplado en el artículo 114 del Código Penal de Nicaragua, en el que se establece que «el perjudicado podrá optar, en todo caso, por exigir la responsabilidad civil ante la jurisdicción civil», si así lo desea.
El día de ayer, 18 de febrero, Silvia Illescas Matus, hija y hermana respectivamente de las víctimas, a través de sus redes sociales afirmó que «los muertos no se negocian», asegurando que nunca han intentado mediar con la familia del ahora declarado culpable, a pesar que la familia de Sánchez siempre estuvo dispuesta a un resarcimiento de daños.

«Hay cosas que no se negocian. No se negocia la verdad. No se negocia la justicia. Y, sobre todo, no se negocian los muertos», subrayó Illescas Matus.