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Los dictadores de Nicaragua, Daniel Ortega y Rosario Murillo. Al fondo, la fachada de la Asamblea Nacional. LA PRENSA.

Dictadura ha reformado cuatro veces la Constitución creada a su medida

A criterio de especialistas consultados, el régimen "no encuentra el acomodo" a su nuevo modelo totalitario y actúa "guiado por la paranoia"

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Además de la modificación de todo el sistema estatal para imponer un modelo autoritario, la nueva Constitución sandinista, en vigor desde febrero de este año, ha roto récord en cuanto al número de enmiendas que la dictadura ha impuesto en apenas seis meses. Según especialistas en derecho constitucional, esto es resultado de la ausencia de consultas y del incumplimiento del procedimiento constitucional requerido para realizar un cambio de tal magnitud.

De las cuatro reformas constitucionales aprobadas hasta ahora, la Asamblea Nacional adoptó tres en primera legislatura sólo en agosto. Aunque todavía no tienen vigencia porque deben ser ratificadas en una segunda legislatura el próximo año, el régimen ya las aplica, como ocurrió con la reforma que alteró la estructura de la Policía y la que creó el superministerio de la Procuraduría General de Justicia (PGJ).

Este jueves, Daniel Ortega y Rosario Murillo introdujeron una nueva enmienda al artículo 118 de la Constitución sandinista, con la que pretenden establecer mayor control sobre los funcionarios públicos bajo el argumento de perseguir la corrupción.

«Estas reformas constitucionales rompen récord. El hecho de que en menos de ocho meses hayan reformado la Constitución cuatro veces es el resultado de haberla impuesto sin consultas previas y sin respetar el procedimiento constitucional para hacer una reforma total de la Constitución. Así que no es de sorprenderse que surjan nuevas reformas», aseveró uno de los especialistas que prefirió el anonimato por temor a represalias.

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No encuentran acomodo de su Constitución

El 19 de febrero entró en vigor la nueva Constitución sandinista, que eliminó el balance de poderes al degradarlos a «órganos» subordinados a la Presidencia y estableció la llamada «copresidencia», compartida por Ortega y Murillo.

El especialista señaló que las constantes reformas evidencian el temor del régimen de los Ortega Murillo, en su afán de cerrar cualquier resquicio que pueda poner en riesgo su modelo autoritario.

«Eso de estar reformando a cada momento, en lugar de hacer un solo paquete, evidencia que están tomando las decisiones de forma compulsiva, guiados por la paranoia. No le encuentran el acomodo a su modelo totalitario. Entonces, no hay un fundamento jurídico ante estas decisiones”, explicó.

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Dictadura no respeta sus propias reglas

La primera enmienda, posterior a la entrada en vigor de la nueva Constitución, se aprobó el 16 de mayo y reformó los artículos 23 y 25 para eliminar la doble nacionalidad. La segunda fue el 6 de agosto, cuando la Asamblea Nacional reformó los artículos 132, 159 y 160, creando la Procuraduría General de Justicia en sustitución de la Procuraduría General de la República y subordinando al Ministerio Público. Según especialistas consultados, esta reforma concentra toda la acción penal en la Presidencia, eliminando el derecho a un juicio justo.

Posteriormente, se aprobó la Ley Orgánica de la PGJ, que entró en vigor el jueves, pese a que su base jurídica —la reforma constitucional correspondiente— aún no tiene validez.

La tercera enmienda fue una reforma al artículo 125 para establecer el doble mando en la Policía. Esta se acompañó de cambios a la Ley de Organización, Funciones, Carrera y Régimen Especial de Seguridad Social de la Policía Nacional (Ley 872), también en vigor sin contar con sustento constitucional.

La cuarta reforma, aprobada el jueves, establece que los funcionarios públicos pueden perder sus cargos o enfrentar procesos penales en casos de corrupción, algo que, según el especialista, alude a la «corrupción no autorizada» por el régimen de los Ortega Murillo.

Sin vigencia, pero aplicadas

Cabe señalar que todas estas enmiendas aún no tienen vigencia constitucional porque la Asamblea Nacional debe ratificarlas en una segunda legislatura, como lo establece el artículo 178 de la misma Constitución sandinista.

El régimen tampoco ha cumplido con el procedimiento de aprobación. El artículo 178 indica que las iniciativas de reformas parciales —como estas cuatro— deben enviarse a una comisión especial que dictamine en un plazo máximo de sesenta días. Sin embargo, la Asamblea Nacional introduce las reformas apenas horas antes y los diputados las aprueban sin mayor discusión.

“Ellos mismos no están respetando las reglas del juego de su propia Constitución. Están guiados por la paranoia. Están viendo enemigos hasta en las sombras y por eso es que se están protegiendo de todos los frentes creando búnkeres jurídicos”, advirtió el especialista.

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Constitución ilegítima de origen

Además, con la imposición de la nueva Constitución sandinista, que es una reforma total, la dictadura pasó por encima del artículo 193 de la Constitución Política anterior, que establece que con la iniciativa de reforma total la Asamblea Nacional fijará un plazo para la convocatoria de elecciones de Asamblea Nacional Constituyente y que la Asamblea Nacional conservará su mandato hasta la instalación de la nueva Constituyente. En su lugar, la dictadura la presentó como una «reforma parcial». Y en el artículo 179 de la nueva Constitución se establece ese mismo procedimiento.

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