Constitución Política de Nicaragua

Foto oficial de la Asamblea Nacional de Nicaragua. Foto: Tomada de internet

Asamblea aprueba de forma expedita reforma que establece dos jefes policiales

La reforma constitucional ingresó al sistema de la Asamblea Nacional este miércoles y fue aprobada de inmediato, sin mayores consultas ni debate

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Los diputados de la Asamblea Nacional —al servicio de la dictadura— aprobaron por unanimidad una tercera reforma a la Constitución sandinista y a la Ley de Organización, Funciones, Carrera y Régimen Especial de Seguridad Social de la Policía Nacional (Ley 872) para instaurar una jefatura con doble mando.

La iniciativa ingresó de forma expedita al sistema legislativo este miércoles y fue aprobada sin mayores consultas. Aunque la reforma constitucional aún no está vigente, pues debe ser ratificada en una segunda legislatura, los diputados adelantaron la modificación a la Ley 872 para acomodar la nueva estructura.

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Dos jefes al mando

La reforma al artículo 125 de la Constitución eliminó la figura del director general de la Policía Nacional y la sustituyó por una jefatura dual. A partir de ahora, la Presidencia nombrará a dos jefes de las ahora denominadas “Fuerzas Policiales de la República de Nicaragua”, seleccionados entre los comisionados generales que integran la Jefatura Nacional.

“Nombrar al Director o Directora General de la Policía Nacional entre los miembros de la Jefatura Nacional, a los Subdirectores y Subdirectoras Generales y al Inspector o Inspectora General. Otorgar los grados de Primer Comisionado o Primera Comisionada y Comisionados o Comisionadas Generales. Así como nombrar a la o el Comisionado General del Ministerio del Interior. Todo de conformidad a la ley de la materia”, establece el artículo reformado.

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Reforma amplía plazos

La Asamblea también aprobó cambios a los artículos 11 y 47 de la Ley 872. El artículo 11 ahora establece que la jefatura nacional será ejercida por “los jefes de las Fuerzas Policiales de la República de Nicaragua”, confirmando la eliminación de un mando único y omitiendo la descripción detallada de las subdirecciones.

En cuanto al artículo 47, que antes fijaba un periodo de cinco años para el director general, con nombramiento el 5 de julio y toma de posesión el 5 de septiembre, ahora determina que los cargos durarán seis años, con nombramiento el 26 de diciembre y toma de posesión el 26 de febrero, prorrogables a discreción de la Presidencia.

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Además, la reforma faculta al Ejecutivo a designar de inmediato el nuevo cargo creado, lo que anticipa un nombramiento en los próximos días. Hasta el momento se desconoce a quién designará la dictadura para ocupar la vacante.

Cambio semántico

Otra modificación dispone que en toda la Ley 872 y en el marco jurídico, donde antes decía “Director o Directora General de la Policía Nacional”, se sustituya por “Jefes de las Fuerzas Policiales de la República de Nicaragua”.

Este cambio implica una transformación semántica y de identidad institucional, suprimiendo la figura central del “Director General” y del concepto de “Policía Nacional” como eje de mando.

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