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En el marco de un endurecimiento de la política vial del país, la Policía estableció que el límite de velocidad en carretera se redujo de 100 a 80 kilómetros por hora (km/h) y que quienes —aunque la ley y las señales de tránsito lo permitan— sobrepasen esta velocidad estarán sujetos a multas por exceso de velocidad.
Aunque la institución sostiene que los accidentes de tránsito con mayor número de fallecidos son producto del exceso de velocidad, especialistas en seguridad vial consideran que esta medida no disminuirá la accidentalidad y más bien obedece a un interés recaudatorio.
«Reducir el límite de velocidad es una medida que no tendrá ningún impacto en la reducción de la velocidad. La accidentalidad es un fenómeno que obedece al factor humano exclusivamente, por eso la criminología actual dejó de llamar ‘accidente’ a percances vehiculares, ahora los llama ‘siniestros’, porque son provocados por las personas. Por eso la medida solamente beneficiará la aplicación de multas y recaudación de dinero. Una política eficiente de control de siniestros de tránsito, debe considerar medidas que sensibilicen a los conductores», señaló un especialista.
En un monólogo transmitido por el Canal Parlamentario el pasado lunes, la jefa de Tránsito Nacional aseguró que el exceso de velocidad representa el 36 por ciento de los accidentes con fallecidos, seguido por el estado de ebriedad (34.9 por ciento), invasión de carril (16 por ciento) y los giros indebidos (14 por ciento).
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Efecto mediático
Otro especialista, consultado bajo condición de anonimato, afirmó que la reducción del límite de velocidad responde más a mensajes mediáticos del Gobierno.
«El anuncio que hicieron de reducir el límite de velocidad es puro efecto mediático para quedar bien con lo que Ortega dijo en días pasados y demostrar la subordinación de la Policía a su voluntad y no a criterios técnicos. Desde mi punto de vista la medida tiene dos intenciones: la primera, quedar bien con lo que dijo Ortega; la segunda, usar la medida como pretexto para exprimir con multas a los conductores cuando excedan la velocidad permitida», señaló el especialista.
No obstante, agregó que la reducción de los límites de velocidad en ciertas carreteras podría arrojar algunos resultados, aunque insistió en que hace falta más educación vial.
El pasado 2 de junio, el dictador Daniel Ortega aseguró que se trabajará en un plan para reducir las velocidades máximas en carreteras a 50 o 60 km/h.

¿Reconocimiento de fracaso en la política vial?
El mismo especialista observó que, aunque la jefa de Tránsito sostiene que hay disminución de fallecidos y lesionados, la necesidad de aplicar más restricciones sugeriría lo contrario.
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«La realidad podría ser otra, pero no podemos definirlo porque no hay medición independiente. Está demostrado que la Policía manipula las cifras para demostrar efectividad en su trabajo», señaló.
Según la funcionaria, hasta el 9 de junio de este año se reportaron 277 fallecidos por accidentes de tránsito, con un promedio diario de tres fallecidos, siete lesionados y 168 accidentes. Además, el 58 por ciento de las víctimas tenía entre 16 y 40 años.
Reducción de los límites legales
El artículo 37 bis de la Ley 431 establece que, en el perímetro urbano, la velocidad máxima es de 45 kilómetros por hora; en pistas, de 60; y en carreteras, de 100.
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«Podrían hacer una reforma al artículo 37 bis que establece los límites de velocidad o simplemente señalizar nuevamente todas las calles, pistas y carreteras porque el mismo artículo señala que los límites que establecen las señales de tránsito van a prevalecer. Pueden hacer la reforma al artículo o simplemente podrían señalizar nuevamente», dijo un abogado consultado por LA PRENSA en otra ocasión.