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El 21 de diciembre de 2020, año preelectoral, en una sesión extraordinaria los diputados sandinistas de la Asamblea Nacional aprobaron la «Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y Autodeterminación para la Paz (Ley 1055), que prohibía ejercer cargos de elección popular a los que el régimen declaraba como «traidores de la patria». Esto, a criterio de especialistas, abrió el camino para el despojo de la nacionalidad, aunque inicialmente la ley no se concibió con este propósito.
El artículo 1 de la ley 105 establecía que quienes aplaudieran sanciones, se organicen con financiamiento de potencias extranjeras, pidan intervenciones militares, entre otras causales, serán declarados «traidores a la patria», por lo que no podrán optar a cargos de elección popular.
«Para mí, el punto de partida fue la Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y la Autodeterminación para la Paz, conocida como Ley de traición a la patria», dijo un especialista consultado bajo condición de anonimato por temor a represalias.

Ley permitió encarcelar a opositores que después desterró
Esta ley permitió el encarcelamiento de opositores, periodistas y aspirantes presidenciales para los comicios generales de noviembre de 2021, en los que los dictadores Daniel Ortega y Rosario Murillo se autoproclamaron presidente y vicepresidenta, respectivamente.
El especialista señaló a LA PRENSA que las medidas de la dictadura se fueron adaptando a las necesidades del mismo régimen para preservar el poder, más que en seguimiento a una estrategia sólida para conseguir su control absoluto en el país.
«Sin duda, ellos siguen llenando su arsenal represivo. Su estrategia de persecución y represión es fundamental porque es lo que los sostiene en el poder», expresó el especialista.
Dictador anticipó medidas
El 8 de noviembre de 2021, un día después de las elecciones generales, el dictador Daniel Ortega arremetió contra los presos políticos que mantenía en prisión y arremetió contra la comunidad internacional que no reconoció los resultados de los comicios. En esa ocasión, Ortega aseveró que los presos políticos «no tienen patria».
«Esos que están presos son los hijos de perra de los imperialistas yanquis. Dejaron de ser nicaragüenses. No tienen patria. Debería de llevárseles para allá (EE. UU.)», dijo Ortega.
Quince meses después, el dictador cumplió con sus aseveraciones, al desterrar a 222 excarcelados políticos y despojarlos de su nacionalidad.
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La Ley Especial que regula la pérdida de la nacionalidad y reforma constitucional
El 9 de febrero de 2023, la Asamblea Nacional, bajo el absoluto control de la dictadura Ortega Murillo, aprobó una reforma al artículo 21 de la entonces Constitución Política para incorporar la condición de que los «traidores a la patria» perdían la nacionalidad. A la vez, la Asamblea Nacional aprobó la Ley especial que regula la pérdida de la nacionalidad que estableció que las personas sentenciadas y declaradas traidoras a la patria pierden la nacionalidad, a la vez que establece que el Consejo Supremo Electoral es la instancia competente para aplicar la ley.
Aunque la reforma al artículo 21 no estaba en vigor, puesto que debía ratificarse en una segunda legislatura, la Ley que regula la pérdida de la nacionalidad entró en vigor un día después, con su publicación en La Gaceta, diario oficial. Las reformas a la Constitución Política deben ser aprobadas en dos legislaturas para que entren en vigencia.
Estas medidas se aplicaron de forma retroactiva a los 222 excarcelados políticos que el régimen Ortega Murillo desterró el 9 de febrero de 2023. También a los 94 nicaragüenses que fueron despojados de su nacionalidad el 15 de febrero de ese mismo año, puesto que la reforma constitucional no estaba vigente, por lo que el especialista señala que la ley especial no tenía validez.

La imposición de la Constitución sandinista
El 30 de enero de este año, la Asamblea Nacional ratificó en segunda legislatura la imposición de la nueva Constitución sandinista que, para especialistas, se trata de una suplantación de la carta magna. El artículo 1 de la Constitución sandinista establece que todos los que atenten contra los derechos del pueblo serán considerados traidores a la patria.
El artículo 24 de la nueva Constitución establece que los traidores a la patria pierden la nacionalidad nicaragüense.
Además, el artículo 43 de la nueva Constitución reconoce como ciudadanos a los nicaragüenses mayores de 16 años que gocen de derechos políticos. Sin embargo, estos se pueden suspender por sentencias judiciales o por la violación de los principios fundamentales.
“Esto le da al régimen discrecionalidad absoluta para decidir qué derechos se pueden ejercer y en qué condiciones”, afirmó un especialista en declaraciones anteriores.
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Nuevas facultades para el Mint
El 26 de noviembre del año pasado, el dictador envió a la Asamblea Nacional la «iniciativa de Ley de Reformas y Adiciones a la Ley 761, Ley General de Migración y Extranjería; y de adición a la Ley 641, Código Penal de Nicaragua» con la que intentó legalizar las negativas de ingreso al país, destierros y desnacionalizaciones, que ha venido ordenando de forma arbitraria e ilegal contra los nicaragüenses.
A través de la reforma al artículo 47 de esta ley, que establecía que ningún nacional puede ser privado de nacionalidad, incluyó que se puede perder la nacionalidad «por las causales establecidas en la Constitución Política y leyes de la materia», que han sido modificadas por los dictadores.
Una de las primeras modificaciones a la Ley 761, planteadas en la reforma migratoria, incluye que en el artículo 1 de esa legislación se establecerá que es «decisión soberana del Estado de Nicaragua, a través de la Dirección General de Migración y Extranjería, autorizar o denegar el ingreso, revocar permanencia, cancelar la residencia o la nacionalidad nicaragüense adquirida».
También agrega entre las atribuciones y funciones del Ministerio del Interior en el ámbito migratorio «refrendar el otorgamiento, pérdida y recuperación de la nacionalidad nicaragüense adquirida, las solicitudes de extensión por vínculo de consanguinidad y la ratificó al cumplir la mayoría de edad».
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Una reforma a su propia Constitución
El pasado 18 de mayo, la Asamblea Nacional aprobó una reforma parcial de los artículos 23 y 25 a su nueva Constitución sandinista. El artículo 25, que antes establecía que la calidad de nacional no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad, se modificó estableciendo lo opuesto: «La nacionalidad nicaragüense se perderá al momento de adquirir otra nacionalidad».
«Es asombroso. A menos de cuatro meses de su entrada en vigencia su nueva Constitución, ya están haciendo reformas. Creo que eso debe ser un récord mundial. Nunca ha habido una Constitución como la nicaragüense que haya sufrido tantos cambios en tan poco tiempo. Modificaron casi el 90 por ciento de los artículos y antes de cinco meses ya están reformándola otra vez. Eso demuestra que necesitan fortalecer todos los mecanismos de represión para sostenerse en el poder. La desnacionalización es una medida represiva», consideró el especialista.
La enmienda a los artículos 23 y 25 de la Constitución Política, sobre «la nacionalidad nicaragüense», establece que los extranjeros que soliciten nacionalizarse deberán renunciar a su nacionalidad de origen, excepto los centroamericanos. También establece que los nicaragüenses perderán su nacionalidad al adquirir otra.
No hay retroactividad, pero será discrecional
A consideración del especialista, la nueva reforma a la Constitución, que deberá ser ratificada en una segunda legislatura el próximo año para su entrada en vigor, evidenció que el régimen está «midiendo reacciones» sobre esta medida.
El 16 de mayo, el presidente de la Asamblea Nacional, Gustavo Porras, aseveró que es claro que las reformas no son retroactivas, pero aseguró que esta medida trasciende a la jurídico «y que es moral». Este martes, en un intento por calmar la incertidumbre, Porras reiteró una vez más que quienes ya tengan otra ciudadanía no se verán afectados, ya que la reforma no se aplicará de forma retroactiva.
«Están preocupados. Han hecho toda una campaña, tanto oficiosa como oficial. Y cuando vieron que eso no les funcionaba, Ortega y Murillo presionaron a Porras para que diera una declaración oficial», dijo el especialista.
Sin embargo, el especialista aseguró que, si bien el régimen afirma que no se aplicará de forma retroactiva, su aplicación será discrecional.
«Es decir, si necesitan aplicarla retroactivamente contra alguien de alto perfil político, lo van a hacer. No se van a limitar. Pero una aplicación más general, por ahora, no la van a ejecutar», refirió.