Corte Interamericana de Derechos Humanos. Foto: Cortesía/Agenda Estado de Derecho.

¿Qué impacto provocará la solicitud de Opinión Consultiva sobre democracia que presentó Guatemala a la Corte IDH?

La Corte IDH recibió la solicitud de Guatemala en diciembre de 2024 y aborda los desafíos que enfrenta la democracia en la región, particularmente en Nicaragua

Escuchá esta nota
0:00 / 0:00
1.0x

Lista de reproducción

  • No hay más artículos para escuchar

El hecho que Guatemala, bajo el Gobierno de Bernardo Arévalo, presentara ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) una solicitud de Opinión Consultiva sobre Democracia y su protección ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, es vista, según expertos internacionales, como una estrategia para ejercer presión sobre regímenes dictatoriales, como el de Nicaragua bajo Daniel Ortega y Rosario Murillo; además explican cómo puede responder la Corte IDH.

El tribunal interamericano estableció el próximo 1 de julio como fecha límite para recibir observaciones escritas de organizaciones y personas interesadas en contribuir con el alcance de la solicitud. La Corte IDH recibió la solicitud en diciembre de 2024, de parte de Guatemala firmada por Julio Roberto Saavedra Pinetta, procurador general de ese país.

Lea también: Comisión para la libertad religiosa recomienda que EE. UU. mantenga a Nicaragua en la lista de los peores países en libertad religiosa

La solicitud de Guatemala se fundamenta en el artículo 64 numeral 1 de la Convención Americana, que indica que los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), «podrán consultar a la Corte acerca de la interpretación de esta Convención o de otros tratados concernientes a la protección de los derechos humanos en los Estados americanos».

https://twitter.com/CorteIDH/status/1905636001386770777

En la Opinión Consultiva, Guatemala le solicita al tribunal interamericano que en ejercicio de su función consultiva, admita y se pronuncie dando respuesta a las interrogantes que se plantean en la presente solicitud de opinión, la cual tiene como finalidad contribuir a la consolidación de la democracia en la región, para la promoción y defensa de los derechos humanos».

¿Qué dice la solicitud de Guatemala a la Corte IDH?

La solicitud presentada por Guatemala está alojada en el sitio web de la Corte IDH, menciona la crisis social y política que vive Nicaragua desde 2018, bajo la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo.

«La crisis política de la República de Nicaragua en 2018, desató una ola de condenas internacionales y llamados al restablecimiento del diálogo y el respeto a losmderechos humanos», se lee en el documento remitido a la Corte IDH.

Y agregó que «la OEA emitió una resolución sobre la situación en la República de Nicaragua, en la que se expuso ‘la preocupación de la comunidad interamericana por el deterioro de las instituciones democráticas y los derechos humanos en Nicaragua y su apoyo a una solución pacífica a la crisis política que afecta a este país desde hace más de un año'».

represión, régimen de Daniel Ortega,
La crisis sociopolítica que inició en 2018 se ha extendido hasta la fecha con el aumento de la represión y detención de opositores. LA PRENSA / Archivo

También se describe la crisis política que vivió Bolivia en 2019, lo que enfrentó Chile en 2022 y el propio país, Guatemala, durante la Administración de Alejandro Giammattei. «La Comisión adoptó una resolución en el contexto de las elecciones generales del año pasado, por la cual manifestó su preocupación por la instrumentalización del sistema de justicia y los graves riesgos para el estado de derecho en Guatemala», recopila la solicitud.

La solicitud destaca que los estándares interamericanos y su aplicación representan «una herramienta fundamental» para que los Estados, en el marco de la protección y garantía de derechos humanos, «hagan posible que estos adopten medidas preventivas ante los numerosos riesgos que enfrenta la democracia en la región».

Tema relevante en la región, argumenta Guatemala

Por ello Guatemala advierte que el tema de la defensa y restauración del sistema democrático ante crisis políticas y político-electorales en América «ha sido un tema constante en los últimos años, siendo una temática de relevancia para la región».

La Convención Americana, también llamada Pacto de San José de Costa Rica, es un tratado internacional que prevé derechos y libertades que tienen que ser respetados por los Estados parte. Este tratado establece que la Comisión y la Corte IDH son los órganos competentes para conocer los asuntos relacionados con el cumplimiento de los compromisos contraídos por los Estados parte de la Convención y regula su funcionamiento.

Los Estados que han ratificado la Convención Americana son: Argentina, Barbados, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Dominica, Ecuador, El Salvador, Granada, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinam y Uruguay.

«En el  sistema interamericano  de  protección  de los  derechos  humanos,  la democracia  ha ocupado  un  papel  protagónico  en  la  formulación  de  instrumentos  regionales», refiere el documento.

Guatemala le insiste a la Corte IDH  que «la  democracia  adquiere  un nivel  de relevancia para la  región, toda v ez que resulta ser la piedra angular para el  respeto y protección de  los derechos humanos, por ello es urgente atender a los riesgos y crisis democráticas que han enfrentado diversos países en los últimos años, así como los retos pendientes».

Opinión de la Corte IDH es importante

En el contexto actual de dictaduras en la región, el investigador y defensor de derechos humanos argentino, Brian Schapira, en entrevista con LA PRENSA, aseveró que «es un avance que haya una opinión de la Corte IDH, en cuanto que digan que la democracia se exige como sistema de los países en el marco del Sistema Interamericano».

Brian Schapira, investigador y defensor de derechos humanos argentino. Foto: Tomada de redes sociales.

Apuntó que la «opinión importante para ejercer presión a los regímenes dictatoriales, pero no hay nada que se torne en obligatorio».

Por su parte, Carlos Lusverti, profesor e investigador del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello de Venezuela (CDH-UCAB), indicó que el significado de la solicitud de Guatemala es el resultado de «la preocupación de ese país sobre el estado de la democracia, manifestado específicamente por instituciones que se exponen a espaldas del principio del Estado de derecho y la democracia».

Carlos Lusverti, profesor e investigador del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (CDH-UCAB)

El experto venezolano agregó que esa preocupación también es por el contexto de América Latina donde «tenemos gobiernos crecientemente autoritarios, donde en las elecciones no se elige porque no se observan las garantías que establecen la propia Convención sobre lo que deben ser elecciones libres y auténticas que reflejen la voluntad popular, lo hemos visto en Venezuela y Nicaragua».

Lusverti destacó que en el contexto particular de América Latina, la Corte IDH «ha dictado sentencia donde ya ha desarrollado el artículo 23 de la Convención que tiene que ver con los derechos políticos y lo ha conectado con la democracia».

Frente a la existencia de gobiernos autoritarios, la posibilidad de tener una Opinión Consultiva «que perfile obligaciones especifícas derivada de los tratados en materia del derecho a la democracia puede ser muy útil desde el punto de vista de reforzar los argumentos para los debates en los foros políticos, como la Asamblea General o el Consejo Permanente de la OEA y remarcar las obligaciones que tienen esos estados autoritarios y para la sociedad civil es muy útil».  

¿Democracia puede caracterizarse como derecho humano?

A la luz del derecho internacional, la Convención Americana sobre derechos humanos, la Carta de la OEA, la Carta Democrática Interamericana, la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, Guatemala plantea la interrogante si la democracia, además de ser un sistema, puede ser caracterizada como un derecho humano.

«¿Los Estados están obligados a garantizar y promover la democracia como un derecho humano protegido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, como un medio para el desarrollo social, político, económico y el ejercicio efectivo de los derechos humanos; o bien bajo ambos supuestos?», plantea Guatemala.

Partiendo de esa pregunta se desglosan interrogantes secundarias que tienen que ver con el alcance de protección a la luz de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, si la violación del derecho humano tendría efectos pluriofensivos con relación a otros derechos contenidos en la Convención y qué estándares deben implementar los Estados para la garantía, respeto y promoción del derecho humano a la democracia.

Lea además: Qué medidas puede tomar la Presidencia Pro-Témpore del SICA ante la falta de elección de un Secretario General

Asimismo, respecto al ejercicio de la democracia, en este caso, si es susceptible de tutela en la esfera individual, en la colectiva, o bien, en ambas y si en caso de serla, si se ¿puede considerar como víctima a la violación al derecho a la democracia a una sociedad o pueblo?.

También cuestiona si en base al derecho internacional y la jurisprudencia de la Corte IDH, que admite medidas estatales que restringen derechos solamente si las mismas son necesarias en una sociedad democrática, ¿es compatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos que los Estados implementen medidas o acciones que restrinjan el derecho humano a la democracia? En caso afirmativo, ¿bajo qué presupuestos?.

Agrega preguntas relacionadas con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que tienen que ver con que sí la defensa y promoción de la democracia es una obligación para los Estados, y en caso afirmativo, ¿Qué medidas afirmativas están obligados los Estados a implementar para promover y garantizar la democracia? y ¿Qué estándares deben adoptar los Estados para garantizar la independencia de los órganos electorales en la promoción y defensa de un sistema democrático?

Cómo es el proceso

La Corte IDH, insistieron los expertos, tiene la facultad o la competencia consultiva que está establecida en la Convención Interamericana. «Le permite interpretar el alcance de disposiciones de materia de derechos humanos de tratados en los que sean parte los Estados de la OEA, es una competencia amplísima y que es una forma adicional que tiene para proteger los derechos humanos», indicó Lusverti.

El proceso inicia con la solicitud, lo pueden hacer los Estados e instituciones u organismos especializados de la OEA, posterior la Corte IDH decide en «admitirla o desecharla». En el último caso, explicó Lusverti, ocurre «cuando se entiende que la solicitud no versa sobre lo que puede emitir un pronunciamiento o cuando se trata de una solicitud que trata de obtener de un pronunciamiento previo sobre un asunto que está pendiente en la Corte IDH».

En caso de admitirla, «el tribunal da trámite al asunto, y emite la Opinión Consultiva con el consenso de todos los jueces que lo integran, pero si alguno de los jueces tiene una opinión diferente puede hacerlo contar como voto separado o disidente».

Vista de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en una fotografía de archivo. EFE/Jeffrey Arguedas

El experto Schapira explicó que las opiniones consultivas ante la Corte IDH se dan «cuando algún Estado de la OEA le pide a la Corte que se expida de forma meramente consultiva, no en el marco de un caso, sobre un tema determinado del alcance de la Convención Interamericana».

Enseguida, detalló que «la Corte IDH puede aceptar o no, y en caso que lo acepte emite una opinión que no tiene carácter vinculante, pero que los Estados deben tomar en cuenta».

Después del período de consultas, la Corte IDH toma un tiempo prudente para resolver: «el proceso es un poco relativo, después de admitida la solicitud, se abre un proceso para recibir opiniones de sociedad civil, estados u organismos interesados, y después la resolución del caso que podría llevar poco más o menos de un año», dijo Lusverti.

Schapira añadió que después de recibir las opiniones de la sociedad civil y organismos, «la Corte IDH convoca a una audiencia para evaluar los comentarios, después de eso se espera que den su resolución el primer trimestre de 2026».

Puede interesarte

×

El contenido de LA PRENSA es el resultado de mucho esfuerzo. Te invitamos a compartirlo y así contribuís a mantener vivo el periodismo independiente en Nicaragua.

Comparte nuestro enlace:

Si aún no sos suscriptor, te invitamos a suscribirte aquí