¿Qué pasa con tus bienes si te deportan de Estados Unidos? Lo primero que tenés que saber es que no los perdés, pero es importante que tomés algunas medidas para proteger tu patrimonio. LA PRENSA habló con Cindy Blandón, abogada de inmigración, quien explica qué debés hacer.
En el momento de una detención por parte del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE por sus siglas en inglés) “todos los objetos personales con los que fuiste detenido, la billetera, el teléfono, dinero, queda en custodia de inmigración”, asegura Blandón. Sin embargo, aclara que tu casa, tu carro, tu dinero en el banco y demás bienes no pueden ser confiscados por el gobierno. “Hay vías legales para protegerlos y venderlos de manera segura si es necesario”, dice.
¿Cómo protejo mis bienes?
Blandón explica que de tener bienes a tu nombre y sentirte en riesgo de ser detenido por el ICE, lo mejor es preparar un poder notarial. Este es un documento legal que le da a una persona de confianza (como un familiar o amigo) la autoridad para manejar tus bienes en tu nombre y, si es necesario, venderlos.
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“Hay que darle un poder notarial a la persona de confianza para que esa persona tenga la facultad de poner en venta tus propiedades y tu carro. Este poder debe llevar una limitación que especifique que el poder debe usarse solo ‘en caso de que me detengan o deporten’”.
La abogada advierte que el poder notarial debe regirse según las normativas y cumplimientos de leyes según el estado en el que te encontrés. Cada estado tiene reglas diferentes, así que es importante que un abogado te ayude a redactarlo.
“Y recordar siempre que el poder debe tener la limitante de que se debe usar solo en caso de… Si damos un poder generalísimo, le damos facultad a la persona de que haga lo que quiera con los bienes en cualquier momento”.
Con este poder, de ser deportado garantizás que tus bienes serán vendidos y el dinero transferido a tus cuentas de banco en Nicaragua o por medio de remesas, “eso también debe quedar definido en el poder”, explica.
¿Qué pasa con tus cuentas bancarias?
Respecto a las cuentas bancarias, esto también podés incluirlo en el poder notarial para otorgarles facultad de que retiren el dinero y te lo transfieran. La abogada asegura que no es recomendable agregar a alguien como codueño de tus cuentas, ya que “te puede dejar sin dinero incluso antes de ser detenido y o deportado”.

¿Qué pasa si no pudiste hacer el poder y ya fuiste deportado?
Blandón asegura que, aunque la persona ya haya sido deportada y no tenga un poder, aun así, puede proteger sus bienes. Una vez que estés en Nicaragua o en tu país de origen. “Debés tramitar este poder notarial según las normativas del país, firmarlo, luego apostillarlo, traducirlo al inglés y enviarlo en físico por medio de la empresa de su preferencia”.
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Según la abogada, una vez realizados los procesos de venta con la persona a quien le diste el poder, se debe definir el medio en el que te harán la transferencia del dinero y proceder. En caso de que se realice la venta y no recibás el dinero, Blandón explica que podés demandar a la persona por la vía civil por los cargos de robo y por violar las leyes fiduciarias al quebrantar un acuerdo que se firmó.
“Si vos le das a esa persona un poder, esa persona no puede hacer nada en contra tuya, porque la persona a quien le otorgaste ese poder tiene con vos una responsabilidad fiduciaria, que todas las acciones que esta haga tienen que ser por el bien de la persona que le otorgó el poder”, afirma.
¿Qué pasa con las deudas?
Si tenés alguna deuda, la abogada recomienda que lo mejor es encontrar la forma de pagarla, de lo contrario sí podés perder tus bienes. “Si no pagás el carro, la compañía que te dio el préstamo para adquirir el carro puede quitártelo, incluso si no estás presente”, explica Blandón.
Lo mismo pasa con el pago de alguna hipoteca, ya que al firmar el contrato le otorgás a la entidad prestamista derechos sobre la propiedad. Esto significa que, si te atrasás en los pagos, podrías perder tu casa.
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Respecto al pago de impuestos, la especialista advierte que “si no pagás los impuestos, el Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés) te pone un lien en propiedad”. Un lien de propiedad es el derecho que tiene una entidad de reclamar un bien como pago de una deuda.
Finalmente, es importante tener claro que estas deudas son personales, por lo tanto, no pueden ser cobradas a ningún familiar o amigo, a menos que ellos hayan firmado como responsables del préstamo.
*Este artículo es solo para informarte y no reemplaza la asesoría legal. Si tenés dudas o necesitás ayuda, consultá a un abogado especializado.