14
días
han pasado desde el robo de nuestras instalaciones. No nos rendimos, seguimos comprometidos con informarte.
SUSCRIBITE PARA QUE PODAMOS SEGUIR INFORMANDO.

El destierro y la apatridia por causa de persecución política

El Diccionario de la Real Academia Española (RAE) define el destierro como la “pena (o castigo) que consiste en expulsar a alguien de un lugar o de un territorio determinado, para que temporal o perpetuamente resida fuera de él”.

Por otra parte, el mismo diccionario explica que la apatridia es la condición de apátrida, o sea una “persona que carece de nacionalidad”.

Es absolutamente correcta políticamente, esta definición de la apatridia, porque una persona puede ser despojada de su nacionalidad (como le ocurrió a la señora Kitty Monterrey, presidenta del partido opositor Ciudadanos por la Libertad), pero no le pueden quitar la patria que está en su conciencia y en su corazón.

En Nicaragua, la dictadura somocista solía desterrar a líderes opositores, pero sobre todo los confinaba dentro del territorio nacional a lugares entonces remotos y de muy difícil acceso. El general Emiliano Chamorro fue confinado en 1954 a Corn Island, y el doctor Pedro Joaquín Chamorro Cardenal, a San Carlos, en 1956. De allí  se fugó hacia Costa Rica con doña Violeta, su esposa, y regresó en 1959 en una expedición armada para tratar de liberar a Nicaragua.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, que es ley para todos los Estados Miembros de la ONU, establece en su artículo 9 que “nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado”. O sea, que podría ser desterrado solo si hubiese una ley penal que contemple este castigo.

En Nicaragua no existe esa ley. Sin embargo, los músicos nicaragüenses Xóchitl Tapia y Salvador Espinoza fueron desterrados de hecho por el régimen, hace algunos días, después de tenerlos diez días presos. No hubo orden expresa de destierro, pero los condicionaron a salir de la cárcel solo si se iban del país, y ellos tuvieron que aceptar. 

Cabe mencionar que este es un procedimiento regular de represión política en Cuba, donde desde 1959 impera una tiranía comunista que no respeta los derechos humanos, a pesar de que ese país es Miembro de la ONU.

Ahora bien, un desterrado es prácticamente una persona apátrida, que según la Acnur (Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados) no tienen los derechos básicos de los demás. “La apatridia —se dice en un documento oficial de dicha organización internacional—  afecta a los derechos socioeconómicos, tales como: educación, empleo, bienestar social, vivienda, atención médica, así como derechos civiles y políticos, entre ellos: libertad de circulación, libertad contra la detención arbitraria y participación política”.

El concepto de apátrida fue creado por los antiguos griegos y significaba que no tenía padres ni patria. Era la persona a la que echaban de su propio país o ciudad por motivos políticos.

Pero en la actualidad, los desterrados por razones políticas y en particular porque se oponen a regímenes tiránicos, no son apátridas en realidad. Son patriotas ejemplares, admirables y respetables. 

Editorial apatridia crisis política destierro archivo
×

El contenido de LA PRENSA es el resultado de mucho esfuerzo. Te invitamos a compartirlo y así contribuís a mantener vivo el periodismo independiente en Nicaragua.

Comparte nuestro enlace:

Si aún no sos suscriptor, te invitamos a suscribirte aquí