El régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo, al ocupar policialmente la sede de la Organización de Estados Americanos (OEA) en Managua, estaría violando el Acuerdo General entre la Secretaría General de la OEA y el Gobierno de la República de Nicaragua —firmado por el primer gobierno sandinista en 1989— sobre el funcionamiento de su oficina y el reconocimiento de sus privilegios e inmunidades, coinciden expertos en derecho y relaciones internacionales.
Este martes, la vicepresidenta designada, Rosario Murillo, oficializó la confiscación del edificio donde funcionaban las oficinas de la OEA, declarándolas de «utilidad pública», a pesar que era un local rentado, según informaron a LA PRENSA fuentes ligadas al organismo bajo condición de anonimato.
Las fuentes indicaron que el edificio es propiedad de dos hermanas de apellido Navarrete.
Los especialistas en el tema consultados por LA PRENSA, además de analizar las acciones ejecutadas por el régimen —en los tres últimos días— comparten sus previsiones ante el eventual escenario que enfrentaría el régimen con las posibles acciones de la OEA. Ellos aseguran que la dictadura está sentando un «grave precedente violatorio» al derecho internacional.
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El Acuerdo fue firmado el 2 de octubre de 1989 por el entonces ministro del Exterior, Miguel D’Escoto Brockman (q.e.p.d.) y el secretario general del organismo de ese momento, el brasileño Joao Baena Soares y fue ratificado en el Diario Oficial de Nicaragua, La Gaceta, el 23 de octubre de 1989. El Acuerdo está conformado por cinco capítulos que contienen en total 30 cláusulas.
El domingo 24 de abril, el régimen anunció a través de un virulento comunicado, leído por el canciller Denis Moncada, que retiró las credenciales de sus representantes ante la OEA, y que también expulsó al organismo del país al cerrar su sede en Managua. Horas después, medios oficialistas difundieron videos y fotografías donde aparecen oficiales de la Dirección de Operaciones Especiales de la Policía «resguardando» lo que «fue la sede» de la OEA, organismo que la dictadura tildó de «diabólico instrumento».
Ese mismo día, la Secretaría General de la OEA, liderada por Luis Almagro, reaccionó y denunció la «ocupación ilegítimamente» de la Oficina en Managua. «Ello es una violación de las más elementales normas internacionales. Nicaragua es miembro fundador de la OEA», señaló.
El 25 de abril, Almagro dirigió una carta al Consejo Permanente de la OEA en la que informa sobre el accionar del régimen, en la misiva denuncia la «ocupación» de la oficina por parte de la Policía y la «incautación» de sus archivos y otros bienes. Un día después, este 26 de abril, la vicepresidenta designada y primera dama de Nicaragua, Rosario Murillo, oficializó la confiscación de la sede al ser declara de «utilidad pública».
¿Por qué viola el Acuerdo?
Los expertos en materia internacional coinciden en asegurar que el régimen orteguista está sembrando un «incomparable antecedente violatorio» al derecho internacional «nunca antes visto». Prueba de ello fue lo expuesto por Almagro en su carta: «Nunca ello había ocurrido ni en tiempos de las peores dictaduras de la región, incluidas las que había vivido Nicaragua», advirtió.
A lectura de Carlos Murillo Zamora, experto en derecho internacional, temas de integración y catedrático de la Universidad de Costa Rica (UCR), el régimen orteguista al oficializar la confiscación de la sede y bienes de la OEA sin duda «está violando el Acuerdo», debido a que existe en al menos tres cláusulas fundamentales que son exclusivamente sobre los «privilegios e inmunidades».
Añade que «está violando ese Acuerdo y todo el resto de normas de derecho internacional».
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En esa misma línea, un experto en derecho internacional, quien demandó anonimato por temor a represalias, asestó que ese Acuerdo no lo violó hoy Ortega sino desde el domingo cuando «el Gobierno de Nicaragua ocupó o sitió las oficinas de la OEA y expulsó al personal» y considera que es un «hecho de suma gravedad, probablemente sin precedente en la historia porque los locales de la OEA son inviolables».
Además indica que todos los instrumentos están respaldados por la Carta de la OEA de 1948, que «obliga a los Estados miembros con fuerza de tratado», es decir, a cumplirlos estrictamente.
Otro experto en relaciones internacionales añade que además de lo antes mencionado el régimen violenta el derecho a la propiedad «contraviniendo los mínimos estándares de política internacional y de diplomacia», a su criterio es «un síntoma nuevamente del pésimo y penoso manejo de la diplomacia nicaragüense que pasa a engrosar la historia como país».
¿Qué dice el Acuerdo en cuanto a la ocupación?
En el capítulo IV titulado «Privilegios e inmunidades» se encuentra la cláusula novena que dicta que “la oficina, la Secretaría General y la Organización, así como sus bienes, sedes, archivos y embarques gozarán en el país de inmunidad contra procedimientos ejecutivos, administrativos, y no podrán ser objeto de allanamientos, registro, requisición, confiscación, expropiación, embargo o cualquier otra medida de ejecución, a excepción de los casos particulares en que esa inmunidad expresamente renunciada por el Director de la Oficina, debidamente autorizado para hacerlo por el Secretario General”.
Agrega que “dicha renuncia tendrá el efecto de sujetar dichos bienes, sedes, archivos y embarques a ninguna medida de ejecución”.
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Más adelante, en la cláusula décima, “inviolabilidad” establece que las sedes, bienes, archivos, correspondencia y embarques de la Oficina, la Secretaría General y la Organización serán «inviolables” en cualquier parte en donde se hallaren dentro del territorio del país, y en poder de cualquier persona; y no “podrán ser objeto de allanamiento, requisición, exploración, censura, registro y embargo, y cualquier otra medida de carácter ejecutivo, administrativo, judicial o legislativo».
Aclara además que para que los agentes del Estado puedan penetrar en cualquiera de las sedes de la Secretaría General, sean la Oficina, los centros o los proyectos, “deberá obtenerse el consentimiento previo del director de la oficina o del funcionario internacional responsable del proyecto que se trate”.
El Acuerdo seguirá vigente
Los expertos recalcaron que este Acuerdo sigue y seguirá vigente hasta que «oficialmente» Nicaragua salga del organismo, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 43 de la Carta de la OEA, será hasta noviembre de 2023.
Murillo Zamora explica que en el hipotético caso que Ortega no hubiera confiscado la sede, el Acuerdo perdería vigencia en el momento que se formalice la salida de Nicaragua de la OEA, no obstante aclara que aún confiscada la sede ese Acuerdo está vigente.

El experto en derecho internacional comenta que conforme a la vigésimo-novena cláusula el Acuerdo «solo podrá ser modificado de mutuo acuerdo, y bajo la trigésima cláusula, su vigencia se mantiene». Y comparte que tanto el Acuerdo sobre privilegios e inmunidades, como la Carta de la OEA, son claras en ese sentido. «Seguramente la respuesta de la OEA y de los Estados miembros será enérgica», advierte.
Sobre la paradoja de que fue el primer gobierno sandinista que firmó el Acuerdo y lo que hoy es ese partido, el experto en relaciones internacional sostiene que aunque se haya firmado con otro gobierno después de 1989, «iba a mantener el mismo contenido en cuanto a las inmunidades y privilegios, ya que eso deriva de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas».
¿Qué esperar de la OEA?
Las expectativas sobre las respuestas que estaría dando la OEA al «brutal atropello» por parte del régimen son variadas. Los expertos primero prevén que una vez que el Consejo Permanente de la OEA recibió la carta de Almagro se agende una sesión extraordinaria u ordinaria donde se discutirán y probablemente tomarán medidas.
«La Secretaría General ya emitió un primer comunicado y es de esperar que los otros Estados miembros también tomen nota y adopten medidas colectivas y bilaterales», dice el experto en derecho internacional, y no descarta que, «probablemente el Consejo Permanente abordará esto en sesión ordinaria o extraordinaria y tomará medidas para exigir el estricto cumplimiento por parte de Nicaragua de sus obligaciones bajo los acuerdos en vigencia y otros instrumentos del sistema interamericano, incluyendo la Carta de la OEA».

A la vez, valora que el momento podría prestarse para dar seguimiento a la aplicación de la Carta Democrática Interamericana, «incluyendo la suspensión y hasta convocar una reunión de cancilleres».
Por otro lado, Murillo Zamora asevera que la OEA tendrá que «reclamar por daños y perjuicios», lo que es traducido en demandar a Nicaragua por una indemnización y «otras consecuencias legales que podrá tomar».
¿Quién era Miguel D’Escoto?
Miguel D’Escoto Brockmann nació en Los Ángeles, California, en 1933. Su padre era diplomático nicaragüense. Siendo niño su familia se trasladó a Nicaragua, pero en 1947 regresó a Estados Unidos para estudiar.
En 1953 se hizo sacerdote de la orden misionera Maryknoll, pero simpatizaba con la Teología de la liberación y se unió en secreto a los sandinistas en los años 70.
Cuando nació el Grupo de los Doce, en los años 70, fue uno de sus miembros y el 16 de junio de 1979 la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional (JGRN) lo hizo ministro de Relaciones Exteriores, hasta abril de 1990.

Desde que retornó Ortega al poder en 2007, D’Escoto fue nombrado asesor principal en Asuntos Internacionales, con rango de ministro, hasta que falleció el 8 de junio de 2017. Era miembro del Consejo Sandinista Nacional y de la Comisión Política, máximo órgano ejecutivo del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN).