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¿Qué es el Consejo Permanente de la OEA, la instancia que evaluará la situación de Nicaragua? Aquí te lo explicamos

La situación de Nicaragua será evaluada de conformidad con la carta de la OEA y la Carta Democrática Interamericana el lunes 29 de noviembre a 10 días que el régimen de Daniel Ortega renunció al organismo

El próximo lunes 29 de noviembre, el Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA) realizará una sesión extraordinaria (de forma virtual), en la que evaluará la situación de Nicaragua de conformidad con la carta de la OEA y la Carta Democrática Interamericana.

Y es que el pasado 12 de noviembre, la Asamblea General de la OEA aprobó una resolución sobre «La situación de Nicaragua» que declaró ilegítimas las elecciones generales del pasado 7 de noviembre y mandó a una evaluación por parte del Consejo Permanente de la crisis del país, a más tardar el 30 de este mes.

La resolución fue aprobada con 25 votos a favor, siete abstenciones, uno en contra (Nicaragua) y una ausencia. La Asamblea General es la máxima autoridad de la organización hemisférica, conformada por 34 países, incluido Nicaragua hasta el momento.

Sin embargo, el régimen de Daniel Ortega denunció el pasado viernes 19 de noviembre, la Carta de la OEA e inicio el proceso de salida de Nicaragua del organismo, en respuesta al rechazo internacional de las votaciones del pasado 7 noviembre. Aunque expertos han señalado que la renuncia y proceso de salida del país del dicho órgano hemisferico no impide la aplicación de la Carta Democrática.

Además han señalado que para ser efectiva la salida de Nicaragua de la OEA hay un período de dos años en el que Nicaragua tiene que seguir cumpliendo con sus compromiso y la OEA seguir supervisando la situación del país. Razón por la que la reunión del 29 de noviembre, se realizará en el marco de efectividad para Nicaragua.

¿Cuál es la función de este organismo que analizará la situación del país?

La Organización de los Estados Americanos (OEA) es el organismo regional más antiguo del mundo gestado desde 1889, pero cuya Carta fundacional (Carta de a OEA) se subscribió, en Bogotá, Colombia, en 1948.

La Organización fue fundada con el objetivo de lograr en sus Estados Miembros, como lo estipula el Artículo 1 de la Carta, “un orden de paz y de justicia, fomentar su solidaridad, robustecer su colaboración y defender su soberanía, su integridad territorial y su independencia”.

Hoy en día, la OEA reúne a 34 Estados independientes de las Américas y constituye el principal foro gubernamental político, jurídico y social del Hemisferio. Para lograr sus más importantes propósitos, la OEA se basa en sus principales pilares que son la democracia, los derechos humanos, la seguridad y el desarrollo.

La politóloga colombiana, Jazmín Balaguer, explica que “la OEA es un baluarte para la observancia de la democracia y la cooperación en el continente americano. A ella pueden pertenecer todos los Estados independientes, soberanos, lo cual es una característica para pertenecer al organismo”.

Órganos de la OEA

Dentro del funcionamiento de la OEA están los siguientes órganos: la Asamblea General, el Consejo Permanente, la Reunión de Consulta de Ministro de Relaciones Exteriores, la Secretaría General, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) entre otros.

La Asamblea General es el órgano supremo de la Organización de los Estados Americanos. Esta instancia se reúne anualmente en la época que determine el reglamento y en la sede seleccionada conforme al principio de rotación. En cada período ordinario de sesiones se determinará, de acuerdo con el reglamento, la fecha y sede del siguiente período ordinario.

El Consejo Permanente de la Organización se compone de un representante por cada Estado miembro, nombrado especialmente por el Gobierno respectivo con la categoría de embajador. Cada Gobierno podrá acreditar un representante interino, así como los representantes suplentes y asesores que juzgue conveniente.

“La Asamblea General se reúne una vez al año para analizar los temas ocurridos o que están sucediendo que competen a todos estos propósitos y a estos principios. Sin embargo hay una observancia permanente del cumplimiento de cada uno de los países por parte del Consejo Permanente, el cual puede generar alertas de esa no observancia o de situaciones de carácter urgente por la cual se puede convocar extraordinariamente la Asamblea General o una reunión de consulta para establecer esa situación”, detalló la politóloga.

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La Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores deberá celebrarse con el fin de considerar problemas de carácter urgente y de interés común para los Estados americanos, y para servir de Organo de Consulta.

Cualquier Estado miembro puede pedir que se convoque la Reunión de Consulta. La solicitud debe dirigirse al Consejo Permanente de la Organización, el cual decidirá por mayoría absoluta de votos si es procedente la Reunión.

La Secretaría General es el órgano central y permanente de la Organización de los Estados Americanos. Ejercerá las funciones que le atribuyan la Carta, otros tratados y acuerdos interamericanos y la Asamblea General, y cumplirá los encargos que le encomienden la Asamblea General, la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores y los consejos.

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Actualmente el secretario general de la OEA es Luis Almagro; abogado, diplomático y político uruguayo. Fue reelecto para un segundo mandato en el cargo, el 20 de marzo de 2020. La primera vez que fue elegido como Secretario General de la OEA fue el 18 de marzo de 2015, con el apoyo de 33 de los 34 Estados Miembros y una abstención.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la OEA, cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

¿Qué es la Carta de la OEA?

La Carta de la Organización de los Estados Americanos (o simplemente Carta de la OEA) es un tratado interamericano que crea la Organización de los Estados Americanos. Fue firmada en la IX Conferencia Internacional Americana del 30 de abril de 1948, celebrada en Bogotá. Entrado en vigencia el 13 de diciembre de 1951.

En su artículo número uno, establece que “los Estados americanos consagran en esta Carta la organización internacional que han desarrollado para lograr un orden de paz y de justicia, fomentar su solidaridad, robustecer su colaboración y defender su soberanía, su integridad territorial y su independencia. Dentro de las Naciones Unidas, la Organización de los Estados Americanos constituye un organismo regional”.

Algunos analistas la consideran como una especie de estatutos de funcionamiento del organismo.

Carta Democrática Interamericana

La Carta Democrática fue aprobada por los 34 países de la OEA, incluida Nicaragua, el 11 de septiembre de 2001 en Lima, Perú. Es un mecanismo concebido en casos de alteración o ruptura del hilo democrático y constitucional en uno de sus Estados miembro.

La Carta define los elementos esenciales de la democracia representativa, entre ellos el respeto a los derechos humanos, el Estado de Derecho, elecciones libres y periódicas a través del voto universal, pluralidad de partidos políticos y la separación de los poderes públicos, lo que para la oposición política nicaragüense y las organizaciones de la sociedad civil ha sido violentado por el gobierno de Daniel Ortega.

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El artículo 18 de la Carta Democrática establece que “cuando en un Estado miembro se produzcan situaciones que pudieran afectar el desarrollo del proceso político institucional democrático o el legítimo ejercicio del poder, el secretario general o el consejo permanente podrá, con el consentimiento previo del Gobierno afectado, disponer visitas y otras gestiones con la finalidad de hacer un análisis de la situación”.

Mientras que el artículo 20, señala que “en caso de que en un Estado Miembro se produzca una alteración del orden constitucional que afecte gravemente su orden democrático, cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente para realizar una apreciación colectiva de la situación y adoptar las decisiones que estime conveniente”.

Asimismo, “el Consejo Permanente, según la situación, podrá disponer la realización de las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática. Si las gestiones diplomáticas resultaren infructuosas o si la urgencia del caso lo aconsejare, el Consejo Permanente convocará de inmediato un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General para que ésta adopte las decisiones que estime apropiadas, incluyendo gestiones diplomáticas, conforme a la Carta de la Organización, el derecho internacional y las disposiciones de la presente Carta Democrática”, agregan.

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Artículo 21 como última instancia, “cuando la Asamblea General, convocada a un período extraordinario de sesiones, constate que se ha producido la ruptura del orden democrático en un Estado Miembro y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas, conforme a la Carta de la OEA tomará la decisión de suspender a dicho Estado Miembro del ejercicio de su derecho de participación en la OEA con el voto afirmativo de los dos tercios de los Estados Miembros. La suspensión entrará en vigor de inmediato”.

Y destaca que “el Estado Miembro que hubiera sido objeto de suspensión deberá continuar observando el cumplimiento de sus obligaciones como miembro de la Organización, en particular en materia de derechos humanos. Adoptada la decisión de suspender a un gobierno, la Organización mantendrá sus gestiones diplomáticas para el restablecimiento de la democracia en el Estado Miembro afectado”.

Las diferencias entre ambas Cartas, según explica el abogado nicaragüense Harold Rocha, experto en derecho internacional es que “la Carta de la OEA es el documento fundacional suscrito en 1948 que determina el funcionamiento del organismo, su relación con los estados miembros, sus valores, cuerpos decisorios y anciliares, la secretaría general, etc. La Carta Democrática Interamericana fue suscrita en 2001 y codifica prácticas y protocolos de la OEA en temas de defensa y apoyo a la democracia en la región”.

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