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Entre la terna de candidatos del régimen, está la Ministra de Gobernación, María Amelia Coronel Kinloch. LA PRENSA / 19 DIGITAL

Entre la terna de candidatos del régimen, está la Ministra de Gobernación, María Amelia Coronel Kinloch (en la fotografía aparece sentada). LA PRENSA /TOMADA 19 DIGITAL

Ortega no desiste de la Secretaría General del SICA y presiona a los Estados por medio de la Corte Centroamericana de Justicia

La Corte Centroamericana de Justicia (CCJ) admitió la solicitud de "opinión consultiva con carácter obligatorio", presentada por el canciller orteguista Denis Moncada, para que la presidencia pro-témpore de Guatemala convoque de "manera urgente" a una reunión

A más de 70 días de que el cargo de la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamérica (SICA) siga vacío, el régimen de Daniel Ortega, en su afán de no desistir y agotar todas las vías para lograr que uno de sus tres candidatos asuma el cargo, logró que la Corte Centroamericana de Justicia (CCJ) admitiera la solicitud de “opinión consultiva con carácter obligatorio”, para que la presidencia pro-témpore de Guatemala convoque de “manera urgente” a una reunión extraordinaria y se nombre al secretario.

“No es necesario de otro mandato u otra aprobación de agenda por el Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores —artículo 17 del Protocolo de Tegucigalpa—, sino más bien que de manera urgente la presidencia pro témpore de Guatemala, convoque una reunión extraordinaria de Jefes de Estado y de Gobierno del SICA, para que la reunión de presidentes del SICA nombre al secretario general y de esta manera asegurar la ejecución eficiente de las decisiones adoptadas por la reunión de presidentes”, establece la resolución del tribunal, a la que tuvo acceso el medio digital Expediente Público.

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De acuerdo con el documento de resolución, la CCJ aprobó la solicitud el pasado 9 de septiembre de 2021, con mayoría de votos de los magistrados que la integran, entre ellos los magistrados nicaragüenses Carlos Antonio Guerra Gallardo y Silvia Rosales Bolaños, el magistrado salvadoreño César Ernesto Salazar Grande y los magistrados de Honduras, Vera Sofía Rubí y Carlos Humberto Midence Banegas. Solamente el magistrado Edgar Hernán Varela Alas, de El Salvador, votó en contra de la resolución.

¿Cuáles son los alcances de la resolución de la CCJ?

Sobre cuáles son los alcances de la resolución emitida por la CCJ —órgano garante del respeto de los Tratados y Protocolos del SICA— el analista y experto en relaciones internacionales y en temas de integración regional, Carlos Murillo Zamora, explicó a LA PRENSA que en primera instancia “las decisiones de la CCJ no son vinculantes”, debido a que existen países que no reconocen a la Corte y uno de ellos es Costa Rica.

“Para Costa Rica eso no es relevante porque considera que lo que diga la CCJ no le afecta por no ser miembro. Para Costa Rica, las decisiones de la CCJ no son vinculantes para el país y la decisión de la Secretaría General no es un asunto jurídico, sino político”, refirió Murillo Zamora.

En segundo plano, Murillo Zamora, también catedrático de la Universidad de Costa Rica (UCR), aseguró que los alcances que tiene la resolución de la CCJ son “limitados”, puesto que “no todos los países son parte de la CCJ”. El especialista explicó que la opinión consultiva es un proceso en el cual la CCJ hará una “interpretación de una norma del derecho comunitario”.

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La solicitud, según la resolución del tribunal, se realizó bajo el amparo del artículo 22, literal (e), del Convenio de Estatuto de la CCJ, que mandata “actuar como órgano de consulta de los órganos u organismos del Sistema de la Integración Centroamericana, en la interpretación y aplicación del Protocolo de Tegucigalpa” y el artículo 72 de la Ordenanza de Procedimientos que señala que la CCJ conocerá dos tipos de consultas: las de carácter ilustrativo y las de obligatorio cumplimiento.

Según el portal del SICA, el tribunal además de ser garante del respeto de los Tratados y Protocolos del SICA, tiene atribuciones de interpretación, aplicación y consulta de las disposiciones de los instrumentos que regulan el SICA, y dirime los conflictos que surgen entre los Estados miembros —Costa Rica, Honduras, Guatemala, El Salvador, Panamá, Belice y República Dominicana— tal como el litigio que mantiene Ortega que data desde el 22 de junio pasado.

Ese día, el régimen, a través del canciller Moncada, presentó la terna de candidatos, encabezada por el diputado sandinista ante el Parlamento Centroamericano (Parlacen), Orlando Tardencilla Espinoza; la coordinadora técnica de la Secretaría de Infraestructura del Gobierno Regional Autónomo de la Costa Caribe Norte de Nicaragua, Luz Marina López Escobar, y la actual ministra de Gobernación, María Amelia Coronel Kinloch.

El régimen presentó su terna amparado en que a Nicaragua le correspondía por la rotación geográfica de la Secretaría General del SICA, de conformidad con los principios de rotación establecidos en el acuerdo de la XLIX Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del SICA. “Siguiendo en el orden en el que se ejerce la Presidencia pro témpore, correspondiendo la candidatura de Nicaragua a partir de 2021. Lo anterior mediante la presentación de una terna, con entrevistas a los candidatos propuestos”, precisa.

“No hay forma de obligar a los mandatarios a asistir”

El experto Murillo Zamora sostuvo que queda claro que Guatemala debe convocar a una reunión de presidentes para elegir al o la secretaria del SICA, no obstante aclaró que “en ninguna parte indica que sea obligatorio escoger a alguien de la terna del régimen, pueden hacerse las entrevistas y determinarse que ninguna de la personas cumple con lo solicitado”.

Lo que a su criterio “obligaría a que Managua presente una nueva terna y se podría repetir el proceso varias veces”, y reconoce que otra cosa es que “digan que una de las personas de la terna sí cumple con lo esperado, pero que no logren el consenso y tendrían que seguir intentando hasta lograr el consenso”.

Analista internacional Carlos Murillo Zamora. LA PRENSA / CORTESÍA
Analista internacional Carlos Murillo Zamora. LA PRENSA / CORTESÍA

Sobre la convocatoria a reunión, Murillo Zamora sostuvo que “no hay forma de obligar a los mandatarios a asistir. Pienso que en este momento, políticamente, no hay ambiente para tal reunión y como al régimen Ortega y Murillo no le interesa si hay o no hay condiciones, solo tiene un propósito —y espera exigir que se cumpla— elegir a alguien de la terna”.

El tribunal en su resolución menciona que a pesar de que se han celebrado varias reuniones extraordinarias del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de los Estados Miembros del SICA, como la programada para el 28 de junio, hasta la fecha de hoy, “no se ha podido nombrar al secretario general de la terna propuesta por el Estado de Nicaragua”.

El especialista Zamora Murillo considera que por tales razones “este impasse puede seguir así por mucho tiempo, la opinión de la CCJ no lo cambiará”.

Las consecuencias del “no nombramiento”, según la CCJ

El período del anterior secretario general del SICA lo ostentó de 2017 a 2021 el expresidente guatemalteco (1986-1991), Vinicio Cerezo, quien en esos cuatro años se mantuvo distante de la crisis sociopolítica de Nicaragua. En los meses más duros de la crisis sociopolítica, que inició en abril de 2018, el expresidente guatemalteco se limitó a manifestar que condenaba “todo tipo de violencia”.

La CCJ, en su resolución, subrayó que el no nombramiento del secretario general del SICA “está afectando a todo el Sistema, al no poder la Secretaría General ejercer las propias atribuciones que están a su cargo, según el artículo 26 del Protocolo de Tegucigalpa”, que establece las 12 atribuciones.

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El tribunal añadió que otra de las consecuencias es que “estaría afectando el buen funcionamiento” de todo el SICA, puesto que al “carecer el Sistema del más alto funcionario administrativo (…) se puede paralizar todos los programas que normalmente desarrolla la Secretaría General, ante la falta de toma de decisiones, dirección, mandatos y delegaciones, principalmente a merced de la emergencia nacional e internacional, referente a cómo enfrentar estos fenómenos”.

De acuerdo con el Protocolo de Tegucigalpa, en su artículo 25, el secretario general —el más alto funcionario administrativo del SICA— es nombrado por la reunión de presidentes por un período de cuatro años. El SICA es un mecanismo de integración regional fundado en 1991, por decisión de los presidentes centroamericanos en el Protocolo de Tegucigalpa, que está compuesta por los siete países del istmo centroamericano y República Dominicana, que se unió en el año 2013.

Política Daniel Ortega Managua Régimen de Ortega Sica archivo

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