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Roberto Estrada Zamora en una de las audiencias de su juicio. LA PRENSA/ARCHIVO/END

El femicida condenado a 30 años de cárcel que salió libre en menos de tres años

Roberto Emilio Estrada Zamora fue condenado en el 2018 a más de 30 años por el femicidio contra su esposa Sarybel Abad Urcuyo. Este mes fue puesto en libertad por “padecer enfermedades crónicas”, pero el hijo del matrimonio asegura que detrás de la liberación hay una intervención de poder

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El empresario Roberto Emilio Estrada Zamora, quien fue condenado en el 2018 a 30 años de prisión por el femicidio contra su esposa Sarybel Abad Urcuyo, fue puesto en libertad el 3 de julio de este año por el Poder Judicial —controlado por la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo—, denunció la familia de Abad Urcuyo. El acusado no cumplió ni tres años en la cárcel por el crimen.

El femicidio de Abad Urcuyo, cometido el 3 de julio de 2018,  fue un caso que resonó hace tres años debido a que Estrada Zamora contrató a dos sujetos para que secuestraran y asesinaran a su esposa, con quien estaba en planes de divorcio. El cuerpo de la víctima fue encontrado cerca de la Cuesta El Plomo con un disparo en la cabeza, y su camioneta calcinada. Un femicidio con características de sicariato.

Sarybel Abad Urcuyo procreó un hijo junto a Roberto Estrada Zamora. LA PRENSA/ARCHIVO/CORTESÍA

La notificación que recibieron los familiares de la víctima por parte del Poder Judicial —y que tiene en poder LA PRENSA— argumenta que Estrada Zamora fue liberado por padecer “distintas enfermedades crónicas”, sin especificar ninguna ni su nivel de gravedad. Esto es una paradoja si se compara con las graves condiciones de salud que han tenido que sufrir varios presos políticos, y a quienes las autoridades les han negado desde la atención médica hasta las medicinas que sus familiares les proveen y las visitas legales y personales.

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Por recibidos los dictámenes médico legales de fecha veintiocho de junio del año en curso, los que refieren que el sancionado Roberto Emilio Estrada Zamora padece distintas enfermedades crónicas; en consecuencia, ordena la autoridad jurisdiccional que prosiga en fiel cumplimiento de lo que mandata el Art. 59 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, en concordancia con lo previsto en el Art. 52 de la Ley 745, ‘Ley de Ejecución, beneficios y control jurisdiccional  de la sanción penal’, y por ello ordénese la libertad del ciudadano Roberto Emilio Estrada Zamora, por motivos de salud, debiendo emitirse el correspondiente formato de orden de libertad a favor de dicho sentenciado, el que deberá ejecutar el director del Sistema Penitenciario Nacional de Tipitapa “Jorge Navarro”, todo con el afán de salvaguardar la salud y vida del señalado condenado“, dicta la sentencia del Poder Judicial.

Desconocen enfermedades crónicas

Los artículos en los que respaldan la sentencia de liberación de Estrada Zamora indican que (artículo 59) “todo nicaragüense tiene derecho a la salud y que el Estado establecerá las condiciones básicas para su promoción, protección, recuperación y rehabilitación”; además que (artículo 54) “la historia clínica de la persona condenada (…) complementará la información del estudio que realice el equipo interdisciplinario, para caracterizar, individualizar y orientar el tratamiento de rehabilitación penitenciario adecuado”.

Sin embargo, Roberto Estrada Abad, hijo del matrimonio, repudió la sentencia y aseguró que su padre —antes del crimen— no padecía de ninguna enfermedad crónica, por lo que su salida de la cárcel tiene que ver con un caso de corrupción, consideró, y una conexión directa con las autoridades del régimen orteguista.

“Él se inventó una historia, eso es una historia, dicen que tuvo como un derrame en el rostro (…) Lo más que ha tenido es problemas de presión, pero eso con pastillas se arregla y tengo entendido que su familia le llevaba medicinas (…) Yo me siento indignado completamente como hijo legítimo de los dos, porque me parece increíble que el sistema judicial haya permitido que un criminal salga de la cárcel en menos de tres años luego de cometer el delito de femicidio”, declaró a LA PRENSA Estrada Abad.

Tres años de una condena de 38

Estrada Zamora fue condenado a 30 años de prisión por el delito de femicidio, más tres años por violencia psicológica en perjuicio de Abad Urcuyo e hijastras, y cinco años más por violencia patrimonial y económica, lo cual sumaba una sentencia de 38 años, pero solo cumpliría 30 años de cárcel por ser esa la pena máxima en el país, hasta esa fecha. El condenado tenía previsto salir el 6 de julio de 2048.

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Según Estrada Abad, el acusado salió libre el mismo día de aniversario de fallecida su madre, el 3 de julio, aunque la notificación le llegó el 9 de julio. “Lo peor de todo es que lo sacan el mismo día del fallecimiento de mi mamá, es como si lo hicieron adrede”.

Negaron recurso de casación

Otra de las contradicciones de las autoridades estatales es que el 16 de febrero de este año, el Poder Judicial negó el recurso de casación, solicitando la impugnación o reducción de la sentencia, que había presentado el abogado defensor de Estrada Zamora. Anteriormente, ya había emitido una apelación para la misma pero también fue denegada.

El recurso de casación es la última instancia a la que recurren las defensas, y donde los magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) definen si aceptan o no la solicitud de la parte defensora para anular o modificar una pena. Si la deniegan, la sentencia queda firme y sin posibilidad de objeción futura.

“Resuelto la Honorable Magistratura de la Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, el Recurso de Casación, mediante sentencia dictada el diez de noviembre de dos mil veinte, a las nueve de la mañana, en la que resolvieron no ha lugar al recurso de casación en la forma (…) Confirmándose en toda y cada una de sus puntos la sentencia recurrida, la cual queda firme, misma en la que se declaró no ha lugar a los recursos de apelaciones de sentencia que fueron interpuestos en su momento, confirmándose en todas y cada una de sus partes la sentencia condenatoria número 133/2018 dictada por el Juez Cuarto de Distrito Especializado en Violencia de Managua, el dieciséis de octubre de dos mil dieciocho, a las ocho de la mañana”, notificó el Poder Judicial.

Debido a este antecedente es que el hijo del matrimonio concluye que hubo una intervención de poder para absolver a su padre por el crimen de su progenitora. “La condena la tuvo que haber completado sí o sí, porque a él le denegaron todas las apelaciones (…) Es imposible, alguien que no tenga poder y dinero, ahí estaría metido (en la cárcel). Le dieron la pena máxima, no podía salir por nada en el mundo, a menos que tuviera a gente ahí arriba (en el Estado) para poder convencer de que estaba completamente enfermo para salir”, declaró Estrada Abad.

Estrada Abad señaló que Estrada Zamora conocía “a mucha gente de poder”, por lo que no duda que se aprovechó de ello para poder salir de la cárcel cuanto antes. “Eso siempre será un problema, y creo que en Nicaragua se nota más eso. Este hombre no debió salir nunca, la justicia de Nicaragua falló completamente en todos los sentidos porque a él lo sacan, entre comillas, por enfermedades crónicas, cuando él ha sido una persona relativamente saludable”, insistió.

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