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OEA, oposición, represión, Nicaragua, Daniel Ortega, presos políticos

Foto referencial. OEA.

¿Cómo se aplica el artículo 21 de la Carta Democrática que pide Luis Almagro para el régimen Ortega-Murillo?

Agotada la vía diplomática sin resultados positivos, lo que sigue es la aplicación del artículo 21, que establece los pasos para sacar a un país del sistema regional, pero se necesitan 24 votos de los Estados Miembros.

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El secretario general de la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, solicitó el miércoles 9 de junio aplicar el artículo 21 de la Carta Democrática Interamericana al régimen de Daniel Ortega, que abre la puerta para suspender a Nicaragua de este organismo por su desenfrenada persecución política a los precandidatos presidenciales y opositores más destacados del país. Ortega y su esposa y cogobernante, Rosario Murillo, tienen tras las rejas a los aspirantes presidenciales opositores Arturo Cruz, Félix Maradiaga y Juan Sebastián Chamorro; y la precandidata Cristiana Chamorro cumple este jueves ocho día de arresto domiciliar.

Almagro solicitó la aplicación del artículo 21 dos años y medio después que inició la aplicación del artículo 20 de la misma Carta, el 28 de diciembre de 2018. La aplicación del artículo 20 al Estado de Nicaragua, significó realizar una serie de acciones diplomáticas para constatar la situación de Nicaragua en ese momento, cuando en el país se vivía una brutal represión armada ordenada por el régimen orteguista contra las protestas civiles de 2018.

En los últimos tres años, todos los intentos de acercamientos diplomáticos con el Gobierno Ortega-Murillo han sido infructuosos. En noviembre de 2019, la Comisión de Alto nivel diplomático de la OEA, conformada por cinco funcionarios y representes de los Estados Miembros, presentó un informe que concluye que en Nicaragua hay “una alteración del régimen constitucional que deteriora seriamente el orden democrático” debido a la serie de violaciones a los derechos humanos cometidos por la dictadura Ortega Murillo.

Último pasó del artículo 20

Mauricio Díaz, exembajador de Nicaragua en Costa Rica, observó que la carta que envió Almagro al presidente temporal del Consejo Permanente de la OEA, Ronald Sanders, –en la que solicita la aplicación del artículo 21 a Nicaragua–, manifiesta que “a su criterio, en Nicaragua se ha producido una alternación del orden constitucional a tenor del artículo 20 de la Carta Democrática Interamericana”.

Mauricio Díaz, exembajador de Nicaragua en Costa Rica. LA PRENSA/Archivo

Para Díaz, esta declaración de Almagro es la apertura para pasar del artículo 20 al 21 de la Carta. Ahora, según Díaz, “lo único que faltaría es la reunión de Consulta de Cancilleres”.

“Esa decisión solamente la toman los cancilleres, no los embajadores. Tiene que ser la reunión de ministros de relaciones exteriores, ese es el siguiente paso por una razón bien sencilla: ya se agotaron las gestiones diplomáticas”, aseguró Díaz.

Artículo 21

Entonces, agotada la vía diplomática sin resultados positivos, lo que sigue es la aplicación del artículo 21, que establece lo siguiente:

“Cuando la Asamblea General, convocada a un período extraordinario de sesiones, constate que se ha producido la ruptura del orden democrático en un Estado Miembro y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas, conforme a la Carta de la OEA tomará la decisión de suspender a dicho Estado Miembro del ejercicio de su derecho de participación en la OEA con el voto afirmativo de los dos tercios de los Estados Miembros. La suspensión entrará en vigor de inmediato”.

Para que se aplique en el artículo 21 de la Carta Democrática Interamericana se necesitan 24 votos de los 34 Estados miembros. Lo máximo que se ha podido conseguir a lo largo de tres años de aprobación de resoluciones que rechazan la represión de Ortega en Nicaragua, son veinte votos de los Estados Miembros.

Lea además: Países de la OEA apoyan aplicación del artículo 21 de la Carta Democrática que implica constatar ruptura del orden democrático en Nicaragua

El pasado 24 de junio, en una reunión virtual del Consejo Permanente, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Costa Rica, Ecuador, Estados Unidos, Venezuela, Perú, Paraguay, fueron los 10 países que expresaron en ese momento su apoyo a la aplicación de la Carta Democrática en Nicaragua. Sin embargo, actualmente, en al menos dos de esos países la situación política ha cambiado y también puede cambiar el voto a favor de la aplicación del artículo 21 en Nicaragua.

Julio Icaza Gallard, exembajador de Nicaragua ante las Naciones Unidas (ONU), aseguró que Almagro ya ha intentado aplicar la Carta Democrática al Estado de Nicaragua, por la gravedad de violaciones democráticas y de derechos humanos, pero no alcanzar los votos ha sido un obstáculo.

“Recordemos que la Asamblea solicitó conformar una Comisión de alto nivel, que llegó a determinar que en Nicaragua hay ´una alteración del orden constitucional que afecta gravemente el orden democrático…´, como se describe en el artículo 20 de la Carta Democrática Interamericana. En esa ocasión Almagro solicitó dar curso a lo establecido en la Carta, pero la falta de los votos necesarios para convocar la Asamblea extraordinaria impidió seguir adelante. y suspender a Nicaragua”, recordó Icaza.

Julio Icaza Gallard, exembajador de Nicaragua ante las Naciones Unidas (ONU). LA PRENSA/Archivo

Icaza insistió en que ahora “todo depende de lograr los votos necesarios”. “Hay un grupo de países del Caribe que ha optado en el pasado por la abstención. De buena fe pensaban que lo mejor era dar un chance a Ortega para buscar una salida democrática a través de elecciones, pero los hechos de los últimos meses han venido a demostrarles que estaban equivocados. Es posible que algunos de esos países opten por una posición diferente. Pero eso hay que comprobarlo hablando con los representantes”, valoró en el exdiplomático.

Proyección hecha en 2019

El abogado y académico Harold Rocha, experto en Derecho Internacional, valoró una serie de situaciones que agotaron las oportunidades que se le dieron al régimen Ortega-Murillo, para que regresará al sendero democrático, a  través de elecciones libres y justas.

“Ya se había agotado infructuosamente el plazo que dio la Asamblea General de la OEA en su resolución de octubre, para reformas electorales y condiciones habilitantes que permitieran acudir a las urnas con un proceso libre, justo, transparente. (…) A eso se suma la persecución, inhibición, procesamiento penal y privación de libertad de precandidatos presidenciales y líderes opositores, que se interpreta  como deriva totalitaria”, dijo Rocha.

El abogado nicaragüense Harold Rocha, experto en derecho internacional, durante una ponencia ante la Organización de Estados Americanos (OEA), en 2019. Foto tomada de la OEA

Todo esto para Rocha provocó que el secretario general pidiera no ya el artículo 20, sino el 21, que implica la suspensión de Nicaragua de las actividades de la OEA. Y, además, “a todo esto se suma el coro de condenas de estos acontecimientos por parte de políticos europeos y del resto del mundo, con sus exigencias de liberación inmediata de los detenidos y restauración de las garantías constitucionales para ejercer libremente los derechos políticos de todos los nicaragüenses”, agregó diplomático internacional.

Ahora Rocha espera que en cualquier momento sea convocado el Consejo Permanente para abrir el proceso solicitado por Almagro.

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