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Cristiana Chamorro, exdirectora de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro, ingresando al Ministerio de Gobernación. LA PRENSA/OSCAR NAVARRETE

Las irregularidades del caso contra Cristiana Chamorro

Desde el Ministerio de Gobernación, pasando por la Fiscalía hasta utilizar al poder judicial para intentar cumplir con su objetivo: inhibir a Chamorro Barrios de la contienda electoral del próximo 7 de noviembre.

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Cristiana Chamorro Barrios, precandidata presidencial independiente, quien lideraba los sondeos de preferencia de cara a las elecciones generales previstas para el 7 de noviembre, tiene arresto domiciliar y está incomunicada por decisión del régimen de Daniel Ortega, que ha utilizado instituciones estatales y del poder judicial para manipular leyes y normas, con el fin de perjudicarla e inhibirla políticamente, según abogados expertos en derecho penal consultados por LA PRENSA.

Este miércoles 2 de junio, la juez orteguista Karen Chavarría Morales, titular del Juzgado Noveno de Distrito Penal de Audiencia de Managua, giró orden de captura para la opositora y aspirante presidencial, lo que implicó el allanamiento de su domicilio durante cinco horas y al final se convirtió en arresto domiciliar. Hasta el momento Chamorro se encuentra incomunicada.

Pero previo a permanecer detenida en su vivienda, Chamorro Barrios ha sido víctima de una serie de irregularidades y arbitrariedades cometidas por funcionarios del Ministerio de Gobernación (Migob), Ministerio Público (MP) y del poder judicial, según su abogada defensora, Orieta Benavides.

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La ausencia de un abogado defensor

El pasado 20 de mayo el Migob citó a Chamorro a una entrevista para darle a conocer que “descubrieron” unas supuestas irregularidades en los reportes financieros de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro (FVBCh), de la cual fue directora. Ella se presentó, pero según Benavides, los funcionarios quisieron evitar a toda costa que no tuviera el acompañamiento de un abogado. Lo mismo ocurrió cuando Cristiana se presentó un día después al MP del régimen, los fiscales querían obligarla a ser interrogada sin la asistencia legal y violar sus derechos civiles.

Posteriormente, el 27 de mayo Chamorro nuevamente llegó al MP y, una vez más, los fiscales intentaron interrogarla sin la presencia de un abogado, a lo que ella se rehusó. El 1 de junio esta institución solicitó la inhibición de la opositora al régimen para que no pueda optar a algún cargo público «por no estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos» y también presentó una acusación formal en su contra por los delitos de: «Gestión abusiva, falsedad ideológica, ambos en concurso real con lavado de dinero, bienes y activos».

«Cristiana está en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, mientras no exista una sentencia firme que mantenga una inhabilitación como tal, ya sea como una pena principal y acceso, mientras tanto eso no exista, eso es ilegal, ese pedimento y cualquier aplicación que pudieran hacer de esa medida en contra de Cristiana porque estaría alejada de cualquier procedimiento legal, en estos momentos no existe ninguna privación para ella», afirmó Benavides.

El artículo 35 sobre las medidas precautelares en la investigación de la Ley 735, Ley de Prevención, Investigación y Persecución del Crimen Organizado y de la Administración de los Bienes Incautados, Decomisados y Abandonados, entre otras medidas precautelares para delitos graves, señala en el inciso e: “La suspensión del investigado en el desempeño de su cargo público, cuando el hecho por el cual se le investiga haya sido cometido prevaliéndose del mismo”. “Ella (Cristiana) no es funcionaria pública y tampoco existe la medida precautelar (de inhabilitación para ejercer cargos públicos), esto es completamente violatorio del principio de legalidad, no se pueden imponer sanciones ni penas, ni medidas que no estén expresamente estipuladas en la ley”, cuestionó la abogada Orieta Benavides.

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Arresto domiciliar

Este 2 de junio, la juez orteguista Chavarría Morales ordenó a la Policía del régimen la captura de Cristiana Chamorro y el allanamiento a su vivienda en Managua, luego de haber aceptado la acusación introducida por el MP, pero su mandato fue ignorado y el régimen decidió otorgarle casa por cárcel a la precandidata presidencial.

«El arresto domiciliar, a como se establece en la legislación, no es lo que en la práctica está ocurriendo con Cristiana, no debería de estar incomunicada, no debería de ser privada de comunicarse con sus familiares y defensa, no debería de tener totalmente (cortadas) todas las vías de comunicación y acceso, es una situación que escapa de lo legal y que lo convierte prácticamente en un secuestro», consideró Benavides.

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Usan dos juzgados

Además, el poder judicial oficializó la inhabilitación de Chamorro para ejercer cargos públicos, pero lo hizo ilegalmente a través de la juez orteguista Nalía Úbeda, titular del Juzgado Quinto de Distrito de lo Penal de Audiencias, quien dio ha lugar a las medidas precautelares solicitadas por el MP y además la inhabilitó arbitrariamente para ejercer cargos públicos, y no con el Juzgado Noveno de Distrito Penal de Audiencia, que es la instancia a cargo de la acusación.

“No sé qué arbitrariedad quieren cometer, pero ahí no es posible que un juzgado esté conociendo sobre el asunto principal en cuanto al procesamiento de un hecho delictivo por una acusación presentada y este otro juzgado emitiendo medidas precautelares o cautelares, eso es totalmente anómalo, jamás visto”, cuestionó la abogada penalista María Oviedo.

Por otro lado, la abogada defensora Benavides criticó que el poder judicial ha violentado el debido proceso en este caso, ya que no ha logrado tener acceso al expediente. “Desde que la acusación llega a los juzgados yo ya debería haber podido tener acceso al expediente, es lo normal en cualquier otro proceso”, explicó.

Benavides manifestó que lo legal hubiese sido que a Cristiana, acompañada con su defensa, la hubieran llamado a una audiencia. «Ahí se hubiese discutido cualquier tipo de medidas y el juez en esa audiencia la hubiera decretado, pero en este caso eso no se ha dado, aún no existe audiencia, ni ninguna tramitación más, lo que conocemos es la orden de allanamiento y detención por lo cual es una situación completamente irregular, ilegal», afirmó.

Tres situaciones con inconsistencias

La abogada experta en derecho constitucional, María Asunción Moreno, diferenció tres tipos de arbitrariedades en el caso político contra la opositora Cristiana Chamorro.

Moreno valoró que el régimen de Daniel Ortega está usando el sistema judicial como guillotina contra Chamorro y otras personas que colaboraron en la función social de la extinta FVBCh, que era una organización no gubernamental para el fortalecimiento de la democracia y la libertad de expresión.

La experta en derecho constitucional explicó que aunque el régimen quiere dar la apariencia de estar usando la vía legal para estas acciones, aplica la legislación a su conveniencia y con diferencia para cada persona involucrada, aunque se trata de la misma investigación por presunción de lavado dinero.

“El régimen ha creado en un mismo caso tres situaciones distintas, hay muchas inconsistencias. Este caso si hacemos un examen jurídica legal no lo pasa, no lo aprueba. Es difícil hacer un análisis legal de un caso que a todas luces se trata de un caso de persecución política”, valoró la abogada.

Arresto domiciliar ilegal

La abogada señaló que contra Chamorro, exdirectora de la FVBCh, el régimen ordenó un arresto domiciliar ilegal, con la excusa de una acusación penal infundada, sin que se hayan presentado pruebas del delito más grave del que se le acusa, que es lavado de dinero.

La abogada aseguró que “el arresto domiciliar para el caso de lavado de dinero no es aplicable, por lo tanto que ella esté privada bajo arresto domiciliar es ilegal”.

Por otra parte, Moreno aclaró que si se sigue el proceso establecido en la ley por acusación de lavado de dinero, Chamorro podría pasar hasta un año atrapada en dicho proceso, esperando una sentencia, si es que el régimen se ciñe a lo establecido en la legislación, insistió.

“El Código Procesal Penal prevé una duración hasta de seis meses para el proceso penal. Tratándose de delitos como lavado de dinero, la ley prevé hasta la posibilidad de duplicar el plazo para el proceso penal, es decir, todos los tiempos se duplican y el proceso podría durar un año si se atiende la ley. Pero recuerden que estamos en dictadura, las dictaduras no respetan la ley”, expresó.

Investigación con cárcel

Por otra parte, Moreno reafirmó que la detención de Walter Gómez y Marcos Fletes, exadministrador y excontador de la FVBCh (respectivamente), se llevó a cabo sin el debido proceso, sin embargo recordó que el régimen orteguista ha querido dar una apariencia de legalidad a través de la reforma que hizo al Código Procesal Penal, que violenta el principio universal de presunción de inocencia, porque establece que el sospechoso puede ser detenido hasta por 90 días durante su investigación. Moreno valoró que precisamente esta reforma es la que se está aplicando al caso de Gómez y Fletes.

“Está prohibido en los tratados internacionales y en nuestra Constitución detener para investigar. Primero se debe investigar, se debe recabar pruebas y después acusar. Ese es el camino que manda la ley, pero aquí lo están haciendo al revés”, manifestó Moreno.

La experta en derecho constitucional dijo que hay que esperar si durante los próximos noventa días o después que se cumplan, Gómez y Fletes serán acusados, porque hasta ahora no los han acusado.

Investigación con medidas cautelares

Por último, en el caso de la periodista María Lilly Delgado y los extrabajadores de la FVBCh, Lourdes Arróliga y Guillermo Medrano, también están siendo investigados y tienen medidas cautelares, como la retención migratoria. Precisó que en el caso de Arróliga, Delgado y Medrano no han sido acusados tampoco

Moreno señaló que según la ley, las medidas cautelares sirven para asegurar que la investigación continúe.

“Las medidas cautelares son para asegurar que ellos no se fuguen, pero ellos no están huyendo. Desde ahí ustedes pueden darse cuenta que las medidas que se están aplicando no son proporcionales, no son necesarias, porque nuestro Código Procesal Penal prevé que la prisión preventiva realmente debería de ser una excepción, lo que pasa es que como estamos hablando de lavado de dinero, en el lavado de dinero la prisión preventiva viene a ser la regla”, agregó.

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