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La aplanadora sandinista en la Asamblea aprobó reformar el CPP que extiende el tiempo para que alguien pueda estar detenido, sin ser acusado. LA PRENSA/ TOMADO DE ASAMBLEA NACIONAL

Diputados orteguistas aprueban reformas al Código Penal y extienden el período de detención de 48 horas a 90 días

El régimen orteguista, a través de sus diputados en la Asamblea Nacional, legaliza con esta reforma la manera arbitraria en que ha venido operando la Policía Orteguista desde el estallido de la crisis sociopolítica en abril de 2018

Los 70 diputados del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), cumplieron una vez más, las orientaciones de la dictadura Ortega Murillo y aprobaron este martes 2 de febrero, la reforma al Código Procesal Penal (CPP), que extiende de 48 horas, a 15 y 90 días , el tiempo de detención de una persona que que se vincula a un delito, aún sin habérsele acusado formalmente.

La adición y reforma al CPP (Ley 406) cambia los artículos 253 y 256 de esa ley, que actualmente establece que “dentro de las cuarenta y ocho horas de su detención, las autoridades correspondientes presentarán a la persona detenida ante el juez, para la realización de la Audiencia Preliminar, la cual se realizará inmediatamente”.

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No obstante, la propuesta de adición al artículo 253 de la Ley 406 CPP, establece que “la autoridad judicial determinará mediante auto la procedencia de la solicitud y señalará de forma expresa el plazo razonable para la investigación complementaria, el cual no podrá ser menor de 15, ni mayor de 90 días. La autoridad judicial tomará en consideración la gravedad del hecho, la complejidad de la investigación, la pluralidad de afectados, imputados o conductas, cuando la investigación se trate de delitos de relevancia social y transcendencia nacional y cualquier otra información o elemento de prueba que ayude a fundamentar la procedencia de la solicitud”.

De esta manera el régimen, a través de la Asamblea Nacional, legaliza la forma en que ha venido operando la Policía Orteguista (PO), que arbitrariamente detiene a cualquier ciudadano, sobre todo opositores, manteniéndolo semana e incluso meses preso y hasta tiempo después, es acusado de un delito, en muchos casos “inventado”, según han denunciado abogados de presos políticos y organismos defensores de los derechos humanos.

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Los diputados que votaron en contra a la reforma al Código Penal, fueron los 14 diputados del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), uno del Partido Liberal Independiente y Alejandro Mejía Ferreti, presidente del partido Alianza Liberal Independiente (ALN). Mientras que otros 4 diputados de la bancada ALN y PLI se abstuvieron.

La propuesta de cambiar el CPP es parte de la estrategia de todas la entidades de la dictadura para endurecer la leyes, para usarlas con fines políticos contra los sectores opositores, como lo ha estado cometiendo, en el contexto de la represión desde abril de 2018. lo que permite pasar todas las leyes de interés de los Ortega Murillo.

Retroceso a la justicia nicaragüenses 

El diputado Jimmy Blandón, del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), emitió un voto razonado en contra de la iniciativa de la Ley reforma y adición al CPP (Ley 406).

“La ampliación de los plazos para investigar dentro de 90 días constituye un retroceso en la justicia nicaragüense, la cual con la aprobación del CPP había dado un salto significativo en materia penal y el respeto de derechos humanos. Es totalmente falso que la reforma y adición que han presentado aporta garantías con la celebración de una audiencia especial de tutela de garantías constitucionales, al contrario esa audiencia y la disposición que se le atribuye al Ministerio Público y a la Policía es la legalización de la tolerancia cero o derecho penal contra el enemigo”, expresó.

El diputado liberal, también calificó está iniciativa como “innecesaria”, ya que el artículo 135 del CPP tiene un mecanismo para la ampliación de los plazos en los asuntos o causas de tramitación compleja.

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“Los miembros de la bancada del PLC nos oponemos a la progresiva supresión de los derechos y garantías de las personas que sean sometidas a la persecución estatal a través de está reforma. La justicia nicaragüense se va convertido en una justicia inquisitiva, el Estado esta creando un modelo de justicia penal represiva con la aplicación de políticas de persecución penal, institucionalizando la tolerancia cero o derecho penal contra el enemigo”, insistió Blandón.

Por su parte, el también diputado liberal  Maximino Rodríguez, argumentó que está reforma al CPP tiene como consecuencia violar los derechos inalienables de las personas imputadas. “Dicho de otra forma, esa reforma pretendida por ustedes (diputados sandinistas) castigar como en efecto han castigado a ciudadanos que no han infringido la ley”, denunció el diputado.

Violan presunción de inocencia 

La diputada orteguista, María Auxiliadora Martínez, presidenta de la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, se argumentó que es falso que estén pretendiendo violar los preceptos constitucionales, al contrario, señaló que sí un cuidado tiene esta reforma discutida este martes, es que no roce y más bien vaya en concordancia con la Constitución Política.

“Es importante señalar que solo en Nicaragua de manera restrictiva durante todos estos años tenemos 48 horas para poner al reo a la orden de la autoridad competente. De conformidad al derecho comparado y a otros Códigos Procesales de América Latina, el promedio esta entre tres y seis meses para el período de investigación. Y nosotros somos el único país en América Latina que tennos ese plazo (48 horas) para presentar al detenido ante la autoridad competente”, justificó Martínez.

Sin embargo, explicó que se seguirá mantenido las 48 horas, según lo establecido en el articulo 256 del CPP, para poner al detenido ante la autoridad competente y que se esta adicionando un artículo que es el 253, que es donde se establece que el juez podrá celebrar la audiencia especial de tutela de garantías constitucionales una vez que el reo esta a su disposición, el Ministerio Público de manera fundamentada podrá solicitar al juez de garantía constitucional un plazo que no será menor de 15 días ni mayor de 90 días para ampliar el proceso de investigación cuando el caso ha si lo amerite.

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“El juez de garantías constitucionales determinará el plazo acorde a la petición que haga el Ministerio Público para ampliar el proceso de investigación. Esta petición el fiscal la podrá hacer se manera oral o escrita. Una vez determinado el proceso para el periodo investigativo, la Fiscalía procederá a la investigación y en el transcurso del proceso investigativo es probable que si las pruebas que se van juntando sobre ese proceso no indican que la personas es la autora de ese delito o los indicios son que la persona es inocente entonces el Ministerio Público podrá solicitar al juez de la causa el cierre del proceso y la libertad de el procesado”, manifestó Martínez.

En cambio, lo expresado por Martínez, le parece a Rodríguez una aberración y un retroceso enorme para la justicia en Nicaragua. El diputado liberal, indicó que el imputado puede estar siendo investigado sin estar preso, por lo que les cuestionó a los diputados orteguistas ¿qué es lo que ustedes quieren?, “tener a un ciudadano castigado 90 días como máximo y 15 como mínimo y después decirle, ve vos no eras infractor de la ley, no cometiste delito, pero te castigamos porque nosotros así lo quisimos, por tanto me parece un aberración”, expresó Rodríguez.

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COMENTARIOS

  1. Hace 3 años

    Más que mostrar poder, es humillar un pueblo con marcada ostentación y menosprecio. Somos los mandamás, los dueños y 105 mil armados. Lo hago y qué? Esa es la premisa. Demasiada vileza y pobreza humana.

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