Los abogados de la Comisión Permanente de Derechos Humanos, María Oviedo y Eber Acevedo. LAPRENSA/CORTESÍA

Defensores de derechos humanos: «Reforma orteguista al CPP viola derechos humanos y constitucionales»

Denunciaron que con el término de detención de hasta 90 días la dictadura pretende legalizar sus abusos, tener otra arma contra los opositores y dañar gravemente a los que consideren "sospechosos".

La iniciativa de la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo de ampliar de 15 a 90 días el tiempo de detención a un sospechoso solo pretende legalizar los abusos que ha venido cometiendo en contra de opositores, afectar drásticamente al indiciado y violarle sus derechos humanos y constitucionales, consideran abogados defensores de derechos humanos.

Esta iniciativa de reforma y adición al Código Procesal Penal (CPP) (Ley 406) cambia los artículos 253 y 256 de esa ley. El régimen presentó, el miércoles, dicha iniciativa de reforma y adición al Código Procesal Penal (Ley 406) ante la Primera Secretaría de la Asamblea Nacional, órgano bajo el control de los diputados orteguistas. La intención es cambiar los artículos 253 y 256 de la ley que establece que «dentro de las 48 horas de su detención, las autoridades correspondientes presentarán a la persona detenida ante el juez, para la realización de la audiencia preliminar, la cual se realizará inmediatamente».

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«Ese cambio en la ley afectará a las personas detenidas de manera psicológica por estar tanto tiempo presas, económica porque tendrá que pagar un abogado, familiar porque sus familiares deberán estarle llevando comida al lugar de detención y van a tener que invertir en pasajes, laboral porque podrían perder sus trabajos; todo eso puede ocurrir en el término de detención de 90 días y no hay nada en la ley que obligue al Estado a resarcir los daños al investigado”, cuestionó Eber Acevedo, abogado de la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH).

Abusos son de vieja data

A raíz de las protestas de la población en abril de 2018 en contra de las injusticias del régimen, los dictadores ordenaron una cacería contra quienes tuvieron el valor de rebelarse y alzar su voz. Ejecutaron asesinatos y detenciones masivas. A los detenidos los mantuvieron meses tras las rejas sin llevarlos al juez competente, violando de esta manera sus derechos humanos y constitucionales.

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Uno de los casos más representativos de estos abusos fue el de los periodistas Miguel Mora y Lucía Pineda Ubau, propietario y jefa de prensa del Canal 100 % Noticias respectivamente, quienes pasaron seis meses en la cárcel de la dictadura sin ser enjuiciados.

«Lo que están haciendo con esa reforma es simplemente legalizar los abusos que venían cometiendo, no solo contra los presos políticos sino que esto es de vieja data, desde antes del 2018 ya la Policía tenía esa costumbre de detener y luego investigar, cuando en un estado de derecho lo que se hace es investigar para luego detener», dijo Acevedo.

Otra arma contra la disidencia

La abogaba María Oviedo, de la CPDH, explicó que la reforma impulsada por el régimen no tiene sentido porque ya existe un marco legal en el CPP y en la Ley 735, Ley de prevención, investigación y persecución del crimen organizado y de la administración de los bienes incautados, decomisados y abandonados que garantiza a las instituciones encargadas de la persecución penal más tiempo para hacer las investigaciones y se encuentra en los establecido en la tramitación compleja.

«Se están haciendo reformas en un contexto político y social que levantan sospechas, también las están haciendo en un año electoral en el que se pudiese presumir que va a ser instrumentalizada para ser un método de represión en contra de la disidencia y eso es lo peligroso porque no hay necesidad de extender el término de detención de las 48 horas para cumplir con esa necesidad, que fue el fundamento de los legisladores para reformar la ley», alertó Oviedo.

Violaciones a la Constitución Política

«El Estado es un monstruo, un aparato estatal que si acciona, entonces pueden cometerse arbitrariedades también. Es allí donde está la Constitución para limitar esto», afirmó Oviedo, pero lamentó que el régimen ha violado en reiteradas ocasiones la Constitución Política de Nicaragua.

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Los abogados de la CPDH señalaron que con dicha reforma la dictadura viola el artículo 34 de la Constitución Política que dice que “Toda persona en un proceso tiene derecho, en igualdad de condiciones al debido proceso y a la tutela judicial efectiva y, como parte de él, a las siguientes garantías mínimas:

1) A que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme la ley.

2) A que sus asuntos sean juzgados sin dilaciones por tribunal competente establecido por la ley. No hay fuera atractivo. Nadie puede ser sustraído de su juez competente ni l evado a jurisdicción de excepción.

3) A ser sometido al juicio por jurados en los casos determinados por la ley. Se establece la acción de revisión.

4) A que se garantice su intervención y debida defensa desde el inicio del proceso o procedimiento y a disponer de tiempo y medios adecuados para su defensa.

“Con la reforma están violando el derecho del ciudadano sobre la presunción de inocencia. También su derecho a ser juzgado sin dilaciones y ahora quieren tener a las personas presas hasta 3 meses. Han violado el derecho constitucional que indica que el detenido tiene derecho a estar asistido por un abogado desde el momento de la detención, ahora ¿Lo cumplirán en el término de detención de 90 días y permitirán que el detenido sea asistido por un abogado?», cuestionó Acevedo.

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