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Exilio de nicaragüenses

Miles de nicaragüenses exiliados en Costa Rica han dormido en parques, otros han tenido más suerte y duermen en casas de refugio, con condiciones mínimas. LAPRENSA/J.FLORES

Costa Rica concede Categoría Especial de Protección a migrantes de Nicaragua, Cuba y Venezuela

En el caso de Nicaragua, las autoridades del vecino país del sur consideraron oportuna la aplicación de la Categoría Especial  con base en los argumentos de la CIDH

Los ciudadanos nicaragüenses que se encuentran en Costa Rica y a quienes se les había denegado la solicitud de refugio, ahora podrán optar por la «Categoría Especial de Protección Temporal Complementaria», anunciada por el gobierno costarricense que también beneficiará a cubanos y venezolanos.

El gobierno del presidente Carlos Alvarado, con base en lo establecido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con esta resolución de protección, aprobada y publicada en La Gaceta de ese país, da a cientos de nicaragüenses, cubanos y venezolanos la posibilidad de permanecer legalmente en esa nación y realizar actividades laborales.

Con respecto a Nicaragua, las autoridades del vecino país del sur consideraron oportuna la aplicación de la Categoría Especial de acuerdo con los argumentos de la CIDH, que afirma que los compatriotas nicaragüenses se vieron forzados a huir de su nación tras la grave crisis sociopolítica desatada en el 2018 y la represión que ejecutó la dictadura de Daniel Ortega contra ciudadanos, que dejó más de 325 asesinados y miles de exiliados.

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«En el caso de personas nicaragüenses que se han visto forzadas a salir de Nicaragua y que no reúnen los criterios de inclusión de la definición de persona refugiada de la Convención de 1951 o de la definición ampliada de la Declaración de Cartagena, pero que su regreso a Nicaragua podría poner en riesgo de violación su vida, libertad y seguridad; el Estado de Costa Rica tiene la obligación de no devolución de estas personas, para lo que se podría hacer uso de figuras como el reconocimiento de una protección complementaria», cita el documento costarricense.

En Costa Rica actualmente unos 81 mil nicas se encuentran en condición de exilio, según refleja el último reporte de la Agencia de la ONU para los Refugiados (Acnur), siendo el principal destino de los compatriotas, representando un 80 por ciento el total de los refugiados y solicitantes de asilo.

Muchos nicaragüenses exiliados en Costa Rica duermen en las calles de ese país. LAPRENSA/J. Flores

Beneficio y reglas

Esta categoría especial de protección –explica el documento– se podrá otorgar por el plazo de dos años, «prorrogable por periodos iguales con el previo cumplimiento de la totalidad de los requisitos establecidos en la presente resolución». Asimismo recuerda que la persona beneficiaria contará con libertad de condición para poder desempeñarse en cualquier actividad laboral remunerada, por cuenta propia o en relación de dependencia.

«Podrán optar por la categoría especial a la que se refiere el artículo anterior, únicamente aquellas personas que tengan una resolución denegatoria de la categoría de refugio en firme, emitida entre el 1 de enero de 2016 hasta la fecha de finalización del rige de esta resolución, que permanezcan físicamente en el territorio nacional de forma regular o irregular antes del 18 de marzo del 2020», explica el gobierno costarricense.

Por último, como parte de los requisitos, la persona deberán llenar un formulario de solicitud de permanencia legal «donde se indique las calidades de la persona interesada, su pretensión y su firma, la cual deberá ser estampada en presencia del  funcionario público de la Dirección General de Migración y Extranjería, o debidamente autenticada por un abogado o notario. También tendrá que demostrar que ingresó y reside en forma regular y permanece en el territorio nacional desde antes del 18 de marzo del 2020.

Cuba y Venezuela

En el caso de los refugiados provenientes de Venezuela y Cuba, el gobierno costarricense también consideró proteger a las personas que huyen de las dictaduras de Nicolás Maduro y Miguel Díaz Canel, respectivamente.

«En cuanto a la situación que se vive en Cuba, la CIDH ha indicado que toma nota que de facto en Cuba existen múltiples movimientos y organizaciones políticas que sufrirían restricciones a sus derechos a elegir, a ser elegidos, a la reunión, para impedir su participación en política (…) Cuba sigue siendo el único país del hemisferio en el cual no existe ningún tipo de garantías para el ejercicio del derecho a la libertad de expresión», describe la cita de la CIDH expuesta por Costa Rica.

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Con respecto a la situación que se vive en Venezuela, el documento señala sobre la profunda preocupación por el uso del poder punitivo del Estado para disuadir, castigar o impedir el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión, reunión pacífica y a la participación social y política en forma más amplia.

«La CIDH llama los Estados Miembros de la OEA a adoptar medidas para reforzar los mecanismos de responsabilidad compartida con relación a la situación de los migrantes venezolanos, a la vez que les insta a no adoptar medidas que limiten o vulneren los derechos humanos de los migrantes y de los solicitantes de refugio procedentes de Venezuela», reza parte del documento.

Nacionales Costa Rica Nicaragua refugiados Venezuela archivo

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