Las organizaciones sin fines de lucro, ahora supervisadas bajo la Ley contra el lavado de dinero, tienen dos meses de plazo desde el 3 de octubre para registrarse ante la Unidad de Análisis Financieros (UAF) y presentarles sus reportes contables y administrativos sobre el destino y uso de los fondos que reciben.
De no hacerlo, las organizaciones no gubernamentales (ONG) se arriesgan a ser sancionadas con el cierre temporal o definitivo, según lo disponga discrecionalmente la entidad de espionaje económico.
Lea además: Cosep recurrirá por inconstitucionalidad contra Ley de la Unidad de Análisis Financiero
Representantes de organismos defensores de derechos humanos y de movimientos sociales reaccionaron en contra de los amplios poderes que el régimen orteguista dio a la UAF, pues consideran que se usaría como arma política contra la sociedad civil.
(VIDEO) Ortega oficializa espionaje financiero a través de la UAF
“El objetivo es limitar el trabajo de las instituciones desde la sociedad civil y hasta criminalizarlo, y todo responde a este escenario de la crisis desde abril, porque (los organismos) somos los que hemos denunciado los abusos contra el pueblo cometidos por este régimen”, afirmó Marcos Carmona, director de la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH).
Lea más en: Unidad de Análisis Financiero va contra las empresas privadas en Nicaragua
Los dos meses de plazo para que las ONG y resto de sectores que pasaron a ser supervisados con la Ley contra el lavado de activos se registren ante la UAF, empezaron a correr a partir del 3 de octubre, cuando se publicó en La Gaceta, Diario Oficial, el reglamento de la Ley 976.
En el artículo 35, como “disposición transitoria” se dieron sesenta días para que los nuevos sectores supervisados inscriban la documentación financiera en el registro de la UAF. Significa que las oenegés tienen hasta el 3 de diciembre para presentar sus reportes financieros, de no hacerlo se arriesgan a ser sancionadas con una multa económica o hasta sufrir “la suspensión temporal de las operaciones o su cierre definitivo”, de acuerdo con lo contemplado en la Ley de la UAF y su reglamento.
Armas de represión
La Ley contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo y la Ley de la UAF fueron propuestas por el régimen de Daniel Ortega y aprobadas por la Asamblea Nacional en julio pasado, durante los momentos de más álgidos de la represión de la Policía Orteguista y los paramilitares contra las manifestaciones ciudadanas.
Lea también: Daniel Ortega oficializa estado policial por medio de la UAF
En la Ley antilavado se amplió el listado de sujetos obligados a estar supervisados por la UAF y se incluyó a las organizaciones sin fines de lucro, los negocios de emisión de pagos, las casas de empeño y préstamo, así como las cooperativas que se dediquen a la intermediación financiera. Además a los profesionales, como los comerciantes de vehículos nuevos y usados, contadores públicos, los corredores de bienes raíces, los comerciantes de joyas y los proveedores de servicios fiduciarios.
La anterior legislación prácticamente se centraba en el sistema financiero como los bancos, microfinancieras, corredurías de seguros y negocios como los casinos.
Lea más: La UAF se formaliza como instrumento de persecución de la dictadura de Nicaragua
A raíz de la represión contra las protestas cívicas surgieron diferentes movimientos de autoconvocados desde la sociedad civil, entre ellos de los estudiantes. Además los organismos defensores de derechos humanos han denunciado y documentado los crímenes de más de trescientas personas, los arrestos ilegales, las torturas contra los protestantes, lo que ha servido para exponer internacionalmente a la dictadura de Ortega y de su esposa y vicepresidenta Rosario Murillo.
Las organizaciones sin fines de lucro son reguladas por el Ministerio de Gobernación (Migob), pero este como el resto de entes supervisores del sector empresarial ahora rinden cuentan a la UAF.
Lea más en: Entes reguladores estarán subordinados a la UAF
Carmona, de la CPDH, afirmó que “esto es una manera de mayor control e intimidación hacia los donantes externos, y es parte de las limitaciones que el Gobierno impone para bloquear los fondos a toda organización que trabaja en pro de la democracia del país”.
Desde que Ortega asumió el poder en 2007 ha intentado ahogar económicamente a las ONG críticas. Y durante los casi seis meses de represión a las protestas cívicas en 2018, el régimen ha elevado la persecución política en contra de las organizaciones defensoras de derechos humanos y movimientos sociales y de promotoría de la democracia.
Debido al asedio, amenazas y acusaciones de participar en el supuesto intento golpe de Estado del régimen, varios miembros de las organizaciones se han exiliado.
Implementa sistema oficial de espionaje
La implementación de la Ley de terrorismo y la aprobación del reglamento a la Ley 976, de la UAF, demuestra que el régimen implementa “un sistema espía” y practica “terrorismo de Estado”, considera la presidenta del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), Vilma Núñez. A su criterio, el régimen realiza una especie de “mapeo” para ubicar a la gente “y después allí busca activar alguna acción represiva como una forma de controlar a las personas, ya sea agrediéndolas físicamente, metiéndolas en miedo para que la gente se vaya, buscando como afectarles sus bienes”.
Lea también: Banco Mundial no ve “normalidad” en la economía de Nicaragua
Lo más criticable, según la directora del Cenidh, es que haya sido incluido el Registro Civil de las Personas, entre las ocho instituciones públicas a las que la UAF podrá tener acceso directo para buscar en la base de datos de los ciudadanos, permitiéndole el manejo discrecional de esa información, “cuando en el registro lo único que puede estar es tu partida de nacimiento, tu cambio de estado civil o si te moriste”.
Aclaración
De acuerdo a declaraciones a medios oficialistas del director de la UAF, Denis Membreño sobre la ley, las ONG no son sujetos obligados a registrarse con la UAF. Las autoridades no dan declaraciones a medios independientes, únicamente a los medios propiedad del régimen.