Bernardo Aban Tercero

Bernardo Aban Tercero. LA PRENSA/ARCHIVO

Corte de Texas rechaza apelación de nica condenado a pena de muerte

La defensa de Bernardo Aban Tercero no demostró que este era menor de 18 años cuando cometió el delito por el que fue sentenciado a muerte

La defensa de Bernardo Aban Tercero no demostró que este era menor de 18 años cuando cometió el delito por el que fue sentenciado a muerte. Tampoco convenció a la Corte de Texas la presencia de una de las testigos: Sylvia Cotera, quien aceptó que había ofrecido testimonio falso.

El 17 de mayo, la Corte de Apelaciones de Texas resolvió dejar sin efecto la suspensión de la aplicación de la pena de muerte en contra del nicaragüense, que ocurrió el 26 de agosto de 2015.

“Eso significaría que podrían definir una nueva fecha de ejecución”, aseguró el director del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), Mauro Ampié.

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El Cenidh tiene una copia de la resolución de la Corte de Apelaciones. Sin embargo, el hijo del nicaragüense, Franklin Tercero, dijo vía telefónica que desconocen esa información y mantienen la confianza en Dios en que su padre será liberado.

“Preocupa que la resolución de la Corte haya sido contraria a los planteamientos del nicaragüense, porque podría conducir a que se establezca una nueva fecha para quitarle la vida como sanción por el hecho en el que él se vio involucrado desde el punto de vista del pronunciamiento de la justicia de Estados Unidos”, expresó el director del Cenidh, tras señalar que ese organismo que representa “desearía que no exista la pena de muerte”, pues considera, que Tercero ya está respondiendo por sus actos con la privación de libertad.

Hace un recuento

Ampié explicó que la Corte de Apelaciones de Texas lo que hace es un recuento de los recursos de habeas corpus a los que aplicó Tercero a partir de 2002.

Primero apeló en 2002 e introdujo un recurso de exhibición que tenía cinco reclamos que incluía errores judiciales, asistencia inefectiva del defensor y un cuestionamiento a la constitucionalidad del estatuto a la pena de muerte en Texas. La Corte negó esta petición.

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Luego el nicaragüense introdujo otro recurso en el que alegaba que tenía una edad menor de 18 años cuando cometió el crimen. La Corte aceptó el recurso por llenar los requisitos. Sin embargo, la Corte determinó que Tercero no demostró ser menor de 18 años cuando cometió el delito y denegó el recurso.

El 18 de agosto del 2015, Tercero solicitó a la Corte que reconsiderara el rechazo a esa moción y acompañaba una nueva moción para que se suspendiera la ejecución, que estaba programada para el 26 de agosto de ese año, señala Ampié.

Y a tan solo dos días de ejecutarse la sentencia, el 24 de agosto de 2015, una vez más en un recurso de exhibición personal el sentenciado presentó un nuevo alegato, esta vez señalaba que se le había negado el debido proceso porque el Estado había presentado “un falso testimonio”, el de Sylvia Cotera.

Durante el proceso Cotera dijo que Tercero le confesó que había matado a Roberto Berger, porque se enfureció, ya que la víctima no llevaba dinero. A su vez, que disparó porque Berger le había visto el rostro.
A Tercero le atribuyen haber disparado contra Berger en una lavandería de la ciudad de Houston, en Texas, en marzo de 1997.

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En junio de 2016, la Corte sostuvo una audiencia de evidencias donde varias personas testificaron, incluida Cotera. La testigo del Estado, Cotera, afirmó la verdad de su testimonio de juicio y desautorizó declaraciones en sentido contrario, dice la resolución del tribunal.

En diciembre de 2016, el tribunal de primera instancia entró en las conclusiones de hecho y las conclusiones de la ley para determinar “que declinan la solicitud del aplicante”, lo que tiene como consecuencia que mantengan la ejecución, manifestó el defensor de derechos humanos.

Hemos revisado la evidencia en el registro de autos, el testimonio en la audiencia de escritura, las conclusiones de hecho y conclusiones de la corte del habeas, las objeciones del solicitante a las conclusiones de hecho y las conclusiones de ley y partes relevantes del expediente de apelación directa. “Encontramos que el expediente apoya las conclusiones y conclusiones del tribunal de primera instancia y las adoptamos, con la excepción de las conclusiones 32 (a), (b), (c)”, dice parte de la resolución en inglés.

“Además, rechazamos la sugerencia del solicitante de que reconsideremos de oficio nuestro rechazo de su primera solicitud de autos subsiguientes. El alivio buscado es negado”, agrega la resolución del 17 de mayo.

Confianza en Dios

El hijo del sentenciado, Franklin Tercero, quien habita en occidente, llamó al Gobierno a que haga mayores gestiones a favor de la vida de su padre. Según comentó el hijo del detenido, se han mantenido “con la convicción cristiana, orando y ayunando”. “La confianza que tenemos en Dios es que va a darle la libertad a mi papá”, expresó Franklin Tercero, quien desconoce todo lo relacionado con la parte legal que se sigue en Texas, además que carecen de recursos.

Familia no tiene información

En Nicaragua, Franklin Tercero, hijo de Bernardo Aban Tercero, quien reside en occidente del país, asegura que hasta ahora siguen sin contar con alguna información sobre la suerte de su padre.

Mencionó que su familia “se ha mantenido de la misma forma desde aquel entonces que mi papá estaba en el corredor de la muerte y que se la suspendieron temporalmente, la lucha fue constante, nunca se ha bajado la guardia (…) la lucha va a ser constante hasta su libertad”, expresó esperanzado el hijo de Tercero.

Señaló que debería haber una asistencia consular más fluida, pues “es él solo contra todos allá y tomando en cuenta que es un inmigrante, un extranjero no hay nadie que haga valer sus derechos allá”.

Sobre el cónsul de Nicaragua en Texas, el hijo de Tercero consideró que “no ha hecho suficiente”.

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COMENTARIOS

  1. Final de un triste camino
    Hace 9 años

    Por
    supuesto, la defensa no puede probar algo que no es exacto y, por lo
    tanto, cierto, porque en realidad no era menor de 18 años en el momento
    en que cometió el crimen.

    Es posible que todas las vías de defensa parezcan agotadas. Su muerte es por lo tanto casi inevitable.

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