David Páramo

El cirujano plástico David Páramo. LA PRENSA. LA PRENSA/C.Valle.

Doctor Páramo a un paso de la libertad

La sentencia que abrió las puertas a la libertad al doctor Páramo fue la emitida por la juez suplente Décimo Penal de Juicios de Managua, Luby González, quien reformó la sentencia de primera instancia eliminando el delito de lesión psicológica en perjuicio Alison Molina.

Para enero próximo, el doctor David Páramo, condenado a cinco años de cárcel, de estos, tres por homicidio imprudente en perjuicio de la paciente Lisandra Jarquín y dos por lesiones en perjuicio de Alison Molina, podría estar recuperando su libertad al solicitar la suspensión de la pena, aunque su abogada Karina Duarte, prefiere agotar la vía del recurso de revisión, ante la Corte Suprema de Justicia.

Ambas sentencias fueron emitidas en apelación, por lo que Duarte recurría de revisión ante la Corte Suprema de Justicia, por que considera que hubo violación a la norma y al debido proceso y luego estaría solicitando la aplicación de la suspensión de la pena, pues según el artículo 87 del Código Procesal Penal (CPP), todo reo con pena inferior a los cinco años puede aplicarsele este derecho.

“Aún no he encasillado los recursos de revisión, porque el poder judicial saldrá de vacaciones y como la presentación de los recursos de revisión no tienen vencimiento, los presentaré en enero del 2017”, dijo Duarte.

Reforma de sentencia

La sentencia que abrió las puertas a la libertad al doctor Páramo fue la emitida por la juez suplente Décimo Penal de Juicios de Managua, Luby González, quien reformó la sentencia de primera instancia eliminando el delito de lesión psicológica en perjuicio Alison Molina, lo que produjo una reducción de pena de un año, pasando de tres a dos años de prisión.

Por tanto, la suma de la primera condena en el caso de Lisandra Jarquín con la segunda de Alison Molina es de cinco años, mientras el galeno ha cumplido seis meses de formal prisión.

Para dejar en suspenso la pena de prisión, los jueces y tribunales solo deben atender ciertos requisitos como la peligrosidad del reo, que el condenado haya delinquido por primera vez.En el caso de Páramo, él está cumpliendo una primera condena de tres años de cárcel por el homicidio imprudente de Lizandra Jarquín, pero el literal “a” del artículo 88 del CPP, dice que para pedir la suspensión de la pena “no se tendrán en cuenta las anteriores condenas por delitos imprudentes”, lo que deja libre de trabas a Páramo.

Casos ventilados en Juzgados Locales Penales

David Páramo fue condenado por homicidio imprudente en perjuicio de la paciente Lisandra Jarquín, porque esta falleció después que él le practicara una cirujía estética de liposucción y aumento graso de glúteos, obviando las reglas del debido cuidado según dictamen forense y auditoria del Ministerio de Salud.

Unas semanas después del primer juicio, el cirujano David Páramo fue procesado por lesión grave y lesión psicológica en perjuicio de la paciente Alisón Molina a quien le practicó una cirugía de aumento de senos, pero en el proceso le perforó un pulmón y tuvo que ser intervenida de urgencia para salvarle la vida y quedó con cicatriz más grande en el cuerpo.

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