El TSJA ha dado la razón a la Audiencia de Sevilla en este caso de abusos. / D.S. Foto: El Diario de Sevilla.

El TSJA ha dado la razón a la Audiencia de Sevilla en este caso de abusos. / D.S. Foto: El Diario de Sevilla.

España ratifica ocho años de cárcel para hombre que abusó de su hijastra nicaragüense

Los abusos iniciaron en 2016, cuando la víctima era una adolescente. El condenado la embarazó y la llevó a practicarse un aborto

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en España, ratificó la condena de ocho años de prisión impuesta a un ciudadano español que en 2024 fue hallado culpable de abusar sexualmente de la hija adolescente de su pareja sentimental, de origen nicaragüense. La confirmación de sentencia fue hecha pública tras una consulta realizada por Europa Press, el pasado 20 de abril.

La sentencia inicial fue dictada el 4 de junio de 2024 por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla. Ahora, quedó firme tras la desestimación del recurso de apelación presentado por la defensa, que alegaba un supuesto error en la valoración de la prueba y la vulneración del derecho a la presunción de inocencia.

De acuerdo con la información confirmada por Europa Press, los hechos se remontan a junio de 2016, cuando la menor estaba a punto de cumplir 16 años. La adolescente llegó desde Nicaragua a una finca ubicada en un pueblo de Sevilla para convivir con su madre, el condenado —quien era pareja de ella— y una hija en común de ambos, entonces de dos años.

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En ese momento, el acusado, un hombre de 31 años y sin antecedentes penales, mantenía una relación con la madre de la víctima. Según los hechos probados por el tribunal, en enero de 2017, «aprovechando que su pareja se ausentaba de la vivienda por motivos laborales y guiado por el ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos», comenzó a realizar tocamientos a la adolescente, que pronto derivaron en relaciones sexuales.

Estas conductas se prolongaron durante más de dos años, hasta abril de 2019, periodo en el que el acusado se valió de la convivencia y la posición de confianza para cometer los abusos, según establecieron los magistrados.

Se enamoró de su padrastro

En un inicio, la adolescente «no quería mantener esas relaciones» con su padrastro, pero terminó accediendo por «temor a que su madre se enterara». El ahora condenado la intimidaba constantemente con revelarle los hechos a su progenitora, advirtiéndole además que «no le creería», según recoge la resolución judicial.

Imagen referencial. LA PRENSA/ARCHIVO
Imagen referencial. LA PRENSA/ARCHIVO

De acuerdo con información publicada por Diario de Sevilla, con el paso del tiempo la víctima desarrolló sentimientos hacia su agresor, una circunstancia que fue valorada por el tribunal dentro del contexto de manipulación y abuso de poder.

El medio detalló que la adolescente «consintió» las relaciones en una etapa posterior, al sentirse «atraída» por su padrastro, quien le brindaba un trato preferencial frente al resto de la familia. Este comportamiento habría influido en el surgimiento de ese vínculo emocional. La situación volvió a cambiar en septiembre de 2018.

Para entonces, la madre de la menor decidió trasladarse con sus hijas a la ciudad de Sevilla. A partir de ese momento la víctima volvió a negarse a continuar con las relaciones. Pese a ello, el condenado la acosaba de manera persistente y reiteraba las amenazas de contarle todo a su madre.

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Como consecuencia de los abusos sexuales, la adolescente quedó embarazada de su padrastro. Siendo aún menor de edad, tomó la decisión de interrumpir el embarazo. Según medios españoles, el aborto se practicó el 16 de julio de 2018. Fue el propio agresor quien la trasladó a la clínica y, para facilitar el procedimiento, se hizo pasar por su representante legal.

Debe indemnizar a la víctima por daños morales

Por estos hechos, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla absolvió al acusado del delito de agresión sexual por el que inicialmente venía siendo procesado y lo condenó por un delito continuado de abuso sexual. Asimismo, el tribunal le ordenó indemnizar a la víctima con 6,000 euros en concepto de daños morales.

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Además de la pena de prisión, la sentencia estableció la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de la víctima y de cualquier tipo de comunicación con ella durante un periodo de nueve años.

También se le impusieron cinco años de libertad vigilada, cuatro años de inhabilitación para el ejercicio de los derechos de patria potestad, tutela, guarda o acogimiento, y once años de inhabilitación para desempeñar cualquier trabajo o actividad que implique contacto directo con menores de edad, según el Diario de Sevilla.

Sucesos abuso sexual condena España nicaragüense archivo

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