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El Juzgado Segundo Distrito Civil de Managua, a cargo de la jueza Mercedes Inés Leiva Castellón, ordenó la ejecución forzosa y embargo de bienes, cuentas nacionales e internacionales y activos registrados a nombre de la Compañía Recicladora de Nicaragua, S.A. (CRN), filial del Grupo CCN, conglomerado propietario de la Compañía Cervecera de Nicaragua, según consta en el expediente judicial 004963-ORM4-2025-CO.
La resolución, emitida el 29 de septiembre de 2025 ordena el pago de 2,899 millones de córdobas, equivalentes a 79 millones de dólares, por “impuestos dejados de percibir y multa administrativa por contravención tributaria”, según el mandamiento de ejecución suscrito por la jueza Leiva Castellón.
La Procuraduría General de la República (PGR), representada por la Procuradora Nacional de Finanzas, Silvia Patricia Miranda Campos, promovió la demanda ejecutiva en nombre del Estado de Nicaragua. Alega que la empresa habría incumplido el régimen fiscal especial de zona franca bajo el cual operaba.
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El fallo dispone que, de no realizar el pago inmediato, se proceda al embargo de los inmuebles inscritos bajo las fincas BI-XEM0FB (101748), BI-2L00F8OT y 37045, además de la congelación de cuentas bancarias nacionales y extranjeras de la compañía.

El origen de la demanda
El documento base del proceso fue la Resolución Administrativa No. 767-2024, emitida el 31 de julio de 2024, que rechazó el recurso de revisión interpuesto por el representante legal de CRN, Silvio José González Solórzano, contra los resultados de una auditoría domiciliar practicada por la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA) en abril de 2024.
Según la DGA, las operaciones de la empresa no cumplían los parámetros exigidos por el régimen de zona franca y determinó una deuda total de 79 millones de dólares. La deuda está desglosada en dos mitades: 39.57 millones de dólares por impuestos omitidos y 39.57 millones de dólares por multa administrativa.
El mandamiento judicial enfatiza que el valor base utilizado corresponde al Peso Centroamericano (PCA), cuya equivalencia es de un dólar estadounidense por unidad, conforme al artículo 42 de la Resolución CMCA-RE-3/217/99 del 22 de enero de 1999.
Representantes y accionistas
La Compañía Recicladora de Nicaragua, S.A., inscrita bajo el folio MG00-22-006542 del Registro Público de Managua, fue creada como filial del Grupo CCN con el objetivo de recolectar, procesar y exportar materiales reciclables —plásticos, metales y cartón—, dentro de su estrategia de sostenibilidad empresarial.
Los registros mercantiles indican que sus principales accionistas son Luis Felipe Lacayo Urcuyo, Silvio José González Solórzano, Franco José Chamorro Duque-Estrada y Henry del Carmen Gutiérrez, actual CEO del Grupo CCN.
Las oficinas de CRN se ubican en el kilómetro 3.5 de la Carretera Norte y gozaba de beneficios fiscales por operar bajo el régimen de zona franca.
Acción de defensa y recursos presentados
El 10 de octubre, el abogado César Rodiber García Quintero, en representación de CRN, presentó un escrito de oposición y nulidad procesal absoluta ante el mismo juzgado.
El documento, al que tuvo acceso LA PRENSA, plantea incidente de nulidad del proceso y oposición al requerimiento de pago, argumentando irregularidades de forma y fondo en la notificación, ejecución y cuantificación de la deuda.
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En su presentación, la defensa adjuntó:
- Copias certificadas del Poder General Judicial y los Estatutos de Constitución de la Sociedad Anónima.
- Documentos notariales sobre el Aval de Zona Franca otorgado a CRN.
- Copias simples de la solicitud de ejecución forzosa, acta de requerimiento y cédula judicial.
- Certificaciones de la Resolución 767/2024 y de la Resolución DGA-DF-JDAM-DAD/SARE-293-06-2024, así como la notificación de hallazgos de auditoría y la demanda contenciosa administrativa previamente presentada.
El escrito solicita la suspensión inmediata del mandamiento de ejecución hasta que se resuelva la nulidad procesal y se determine la competencia del tribunal civil para conocer una deuda tributaria originada en sede administrativa.

Presión fiscal y empresarial bajo el régimen
Este caso se produce en medio de una creciente ofensiva del régimen Ortega Murillo contra empresas privadas consideradas parte del “gran capital”. En años recientes han sido objeto de multas, auditorías retroactivas, congelamiento de cuentas y cierres administrativos.
Desde 2018, más de una docena de grandes compañías han enfrentado procesos fiscales o regulatorios. Fuentes empresariales describen como “mecanismos de control y presión política”. Entre ellas se incluyen firmas del sector agroindustrial, energético y financiero.
¿Quién es el Grupo CCN?
El Grupo CCN, propietario de marcas como Toña, Victoria Frost y Hielo Eskimo, ha mantenido históricamente una relación de cooperación técnica con el Estado en materia ambiental y de responsabilidad social. Sin embargo, desde 2023 enfrenta una presión creciente de parte de la Dirección General de Ingresos (DGI) y la DGA, especialmente sobre sus filiales no productoras.
Implicaciones para el sector privado
El embargo ordenado contra la Compañía Recicladora de Nicaragua podría afectar las operaciones logísticas y de exportación del Grupo CCN. Además puede marcar un precedente dentro del sector privado, donde otras empresas mantienen litigios pendientes por supuestas deudas fiscales, según fuentes vinculadas al caso.
Los abogados de la compañían señalan que la admisión del caso como “título no judicial dinerario” —basado en una resolución administrativa y no en sentencia firme— refuerza la tendencia del sistema judicial nicaragüense a respaldar directamente los actos del Poder Ejecutivo.
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La jueza Leiva Castellón establece en su fallo que “el título acompañado presta mérito ejecutivo al tenor del artículo 600 del Código Procesal Civil (CPCN)”, lo cual habilita la ejecución inmediata sin necesidad de agotar los recursos administrativos.

Próximos pasos judiciales
El mandamiento fija un plazo de tres días hábiles para que CRN formule oposición formal a la ejecución, a partir de la notificación del requerimiento. Si no lo hace, el juzgado podrá proceder al embargo y depósito de los bienes “en persona idónea” designada por el juez ejecutor.
El fallo también establece que no cabe recurso alguno contra el auto de despacho de ejecución, conforme al artículo 646 del CPCN, lo que limita las vías de apelación y refuerza el carácter inmediato de la medida.
De mantenerse la orden, la ejecución alcanzaría no solo las propiedades inscritas en el Registro Público, sino también los fondos líquidos disponibles en bancos nacionales o extranjeros. Esta es una práctica que en anteriores casos fiscales ha derivado en congelamiento total de cuentas corporativas y personales de los representantes legales.

Un conflicto con repercusiones mayores
La acción contra CRN llega en un contexto en que el régimen Ortega Murillo intensifica su control sobre el sector privado, tras el cierre de más de 5,700 ONG y el exilio de centenares de empresarios y exdirigentes gremiales.
Mientras tanto, los abogados defensores continúan presentando recursos y pruebas de descargo, buscando frenar el embargo y llevar el caso a la vía contenciosa administrativa.
En su escrito presentado este 1o de octubre, la defensa de CRN insiste en que “la ejecución forzosa viola el debido proceso y excede las competencias civiles al pretender ejecutar una deuda tributaria no firme”.
El juzgado deberá ahora resolver si admite o rechaza el incidente de nulidad procesal absoluta, lo cual definirá si el caso contra la empresa del Grupo CCN continúa bajo jurisdicción civil o pasa a revisión ante la Corte Suprema de Justicia.