Bajo el principio de jurisdicción universal ―que permite investigar y juzgar ciertos crímenes cometidos en otros países―, los tribunales de Costa Rica también podrían abrir causas contra los dictadores Daniel Ortega, Rosario Murillo y funcionarios responsables de cometer crímenes de lesa humanidad, al igual que ocurre en Argentina, donde se abrió una causa por la cual los dictadores y 13 de sus secuaces tienen órdenes de captura internacional, explicó Rosaura Chinchilla, jueza costarricense en materia penal y docente de Derecho en la Universidad de Costa Rica (UCR).
«Efectivamente, sí es posible. Desde el año 2002, Costa Rica ha suscrito y ratificado el Estatuto de Roma. El viejo código de la década de 1970 ya incluía algunos elementos sobre genocidio y crímenes de lesa humanidad, los cuales han sido modificados —la última reforma fue en 2019— para adecuarlos al Estatuto de Roma, aunque hay algunos proyectos de reforma en la corriente legislativa para afinar esa sintonía», refirió Chinchilla en un conversatorio desarrollado en el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH) en San José, Costa Rica.
Chinchilla señaló que este proceso aplica para crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, genocidio y agresión. «No es para todos los delitos, solo para esos», puntualizó.

¿Cómo podría desarrollarse el proceso en Costa Rica?
«Costa Rica puede procesar, rompiendo el principio de territorialidad, a cualquier persona de cualquier nacionalidad que cometa hechos contra cualquier víctima sin importar su país de origen, en cualquier parte del mundo, siempre y cuando (el victimario) se encuentre en nuestro territorio o que Costa Rica gestione su extradición», explicó Chinchilla.
La jueza explicó que para iniciar un proceso de extradición del país donde el señalado cometió el crimen, es necesario contar con una investigación en la que se disponga de un «acopio probatorio».
«Es decir, se debe y se puede iniciar porque la jurisdicción universal no implica solo el juzgamiento, sino también la investigación. Luego, solo se debe esperar el momento para gestionar una extradición. Uno de los acopios probatorios debe señalar que hay ausencia de justicia imparcial e independiente, documentarla y justificar por qué se acude a la justicia complementaria», dijo Chinchilla.
Sin embargo, aclaró que la jurisdicción universal es complementaria a los sistemas de justicia de cada país y que no se activa si en el país donde se cometió el crimen existen las herramientas jurídicas para juzgar el caso.
«No se puede iniciar un proceso si en el país de origen hay posibilidades de conocer ese principio. Pero ese principio de complementariedad se puede dejar a un lado cuando el país no pueda o no quiera conocer el hecho, porque quienes detentan el poder han generado aparatos de impunidad que hacen imposible que la justicia funcione», refirió.
No obstante, al igual que en otros procesos, como el de Argentina, se puede investigar a quienes cometan crímenes de lesa humanidad, pero el caso no avanza si no se logra capturar a los acusados y llevarlos a territorio costarricense vía extradición.
No hay precedentes en Costa Rica
Chinchilla señaló que, pese a que Costa Rica puede investigar estos casos, no existe precedente en el país.
«Al menos hasta donde yo conozco, Costa Rica no ha tramitado ningún caso de esta naturaleza. Esto no significa que no se cuente con el aparato necesario para hacerlo. No se ha adaptado toda la estructura de juzgamiento, por lo que no se sabe en qué despacho se van a juzgar estos casos. Sin embargo, no hay ningún impedimento, ya que pueden juzgarse en la sede central de San José», puntualizó.
Además, Chinchilla destacó que, a diferencia de algunos sistemas judiciales de otros países, en el país vecino del sur se permiten las querellas privadas y contempla «la imposibilidad de aludir amnistías o inmunidades y de examinar la cosa juzgada de forma fraudulenta». Es decir, se puede sospechar de la falta de credibilidad de los sistemas judiciales bajo regímenes autoritarios en causas juzgadas.
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Causa en Argentina: acusados de cometer crímenes de lesa humanidad identificados por Interpol
La Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol) envió a los tribunales de Argentina la información solicitada sobre 10 de las 15 personas —incluidos los dictadores Daniel Ortega, Rosario Murillo y 13 de sus secuaces— acusadas de crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco de las protestas de 2018 y sobre quienes el juez Ariel Lijo giró órdenes de captura internacional el pasado 30 de diciembre de 2024, según informó el fiscal argentino Eduardo Taiano, quien lidera esta causa.
Sin embargo, Taiano no precisó si Ortega y Murillo están entre las 10 personas de las que Interpol brindó información a los tribunales argentinos como parte del proceso.
Taiano explicó que, una vez que el juez Lijo giró las órdenes de captura, solicitó información a Interpol sobre los 15 acusados.

«Después de que se pidió la indagatoria con fines de extradición, se pidieron datos a Interpol de estas personas. Ya se informaron de 10 personas. A Interpol se le piden datos de las personas a las que se va a extraditar. Entonces, Interpol ya tiene identificadas a 10″, dijo Taiano.
No obstante, señaló que, de momento, no se ha implementado la alerta en Interpol, ya que sigue en trámite.
«Todavía no se implementa (la alerta de Interpol) porque está en trámite. Es un trámite largo. Los requisitos dependen de Interpol. Desconozco el proceso interno de Interpol, cómo lo hace y cuánto tarda», admitió Taiano.