Con la reforma a la Constitución Política de Nicaragua ―que en realidad consiste en el establecimiento de una nueva carta magna y un nuevo modelo de Estado― el régimen Ortega-Murillo consolidó su control sobre la Policía y el Ejército.
La reforma constitucional establece que la Presidencia de la República coordina a los demás “órganos”: judicial, electoral y legislativo, degradando los poderes del Estado a simples instancias que se rigen por los designios de la “Presidencia”, conformada por dos “copresidentes” y varios vicepresidentes.
Asimismo, la nueva Constitución establece que la Presidencia es la jefatura suprema del Ejército de Nicaragua, de la Policía Nacional y del Ministerio del Interior. La nueva Constitución fue aprobada en primera legislatura el pasado 22 de noviembre y publicada en La Gaceta el lunes 25 de este mismo mes. Sin embargo, entrará en vigor una vez sea aprobada en segunda legislatura el próximo año.
Policía y Ejército no serán apartidarios
Aunque es algo que la dictadura ya implementaba de facto, las reformas constitucionales eliminaron el carácter apolítico y apartidario de la Policía y del Ejército de Nicaragua.
La Constitución Política vigente señala que el Ejército de Nicaragua es una institución nacional, de carácter profesional, apartidista, apolítica, obediente y no deliberante. Sin embargo, en la nueva Constitución Política se define al Ejército como la única fuerza militar del país, heredero del “Ejército Defensor de la Soberanía Nacional de Nicaragua del General Augusto C. Sandino y de su divisa Patria y Libertad, y del Ejército Popular Sandinista”, y en ninguna parte menciona que es apolítico y apartidista.
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El artículo 94 de la Constitución vigente señala que los miembros del Ejército y de la Policía no podrán desarrollar actividades políticas partidistas, pero la nueva Constitución no establece esta prohibición.
También, la Presidencia formulará y aprobará los planes y políticas de defensa y seguridad nacional “a propuesta” del comandante en jefe de las fuerzas militares del Ejército.
Además, la nueva Constitución elimina la formación cívica en derechos humanos y en derecho internacional para los agentes del Ejército.
“Esto es una subordinación a la familia. Están reeditando lo que hizo Somoza, que tuvo un control absoluto sobre las fuerzas armadas”, aseguró la abogada y opositora Azahálea Solís Román.
La Policía ya estaba reducida a intereses del FSLN
Aunque las reformas constitucionales se aprobaron en primera legislatura el pasado 22 de noviembre y esperan la aprobación en segunda legislatura el próximo año, la dictadura despojó desde mucho antes el carácter apartidista de la Policía.
El 5 de julio de 2023, la dictadura eliminó su esencia apartidista al reformar la Ley 872. Antes de la reforma, el artículo 1 de la ley señalaba que la Policía es un cuerpo armado de naturaleza civil, profesional, apolítica, apartidista, obediente y no deliberante.
Sin embargo, con la reforma de julio de 2023, se eliminó la mención de que es apartidista y apolítica. Posteriormente, cuando la dictadura revivió al Ministerio del Interior (Mint), que asumió como sucesor sin solución del Ministerio de Gobernación (Migob) el 28 de diciembre de 2023, se integró a la Policía en esta cartera. Esta medida también eliminó el carácter civil de la Policía.
El Mint, entre las funciones establecidas en el inciso “b” del artículo 5 de la Ley 1184, expone que esta cartera tiene entre sus funciones “prevenir, neutralizar y terminar con cualquier actividad encaminada a destruir o menoscabar el orden constitucional y la institucionalidad del país establecidos por la revolución”.
“La Policía se ha convertido prácticamente en una extensión de las fuerzas armadas. Esto resulta preocupante porque, tras la Revolución de 1979, uno de los grandes avances que se pregonaban fue la separación de las funciones del Ejército y la Policía. Sin embargo, ahora esta última tiene una naturaleza armada y no civil, lo que considero un aspecto clave”, dijo la abogada y opositora Azahálea Solís Román.
Intervención del Ejército será discrecional
El artículo 94 de la nueva Constitución señala que la Presidencia podrá ordenar la intervención de las fuerzas militares del Ejército en apoyo a la Policía cuando la estabilidad de la República lo requiera, dejando a discreción de los copresidentes definir qué situaciones perjudican la estabilidad del país.
Esta medida contrasta con la Constitución Política vigente, que establece en el artículo 92 que solo en casos excepcionales el presidente de la República, en Consejo de Ministros, puede ordenar la intervención del Ejército en apoyo a la Policía en casos de grandes desórdenes internos, calamidades o desastres naturales.
A consideración de Solís, esto significaba que, aunque el Consejo de Ministros no se opusiera a lo que dijera el presidente de la República, al ser un asunto de tanta trascendencia que el Ejército asumiera funciones policiales que no le corresponden, “la decisión implicaba una responsabilidad colectiva. Es decir, era una entidad colegiada la que tomaba esa determinación. Sin embargo, el Consejo de Ministros desapareció”.
Paramilitares a rango constitucional
Aunque la nueva Constitución señala que sólo existen la Policía y el Ejército como cuerpos armados, el artículo 92 establece la creación de la “Policía Voluntaria”, término acuñado por el dictador Daniel Ortega para referirse a los paramilitares.
En este caso, la Policía Voluntaria es un cuerpo auxiliar y de apoyo a la Policía “integrado por ciudadanos y ciudadanas nicaragüenses que prestan sus servicios de forma voluntaria”.
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También se crean las “fuerzas militares de reserva patriótica” como parte del Ejército, que estarán integradas voluntariamente por agentes del Ejército en condición de retiro y por cualquier ciudadano que desee participar “para garantizar la estabilidad, seguridad y la paz”.
“Esto es preocupante, no solo por el contenido de las reformas que buscan legitimar estas prácticas, sino porque están elevando a nivel constitucional acciones que ya realizaban sin amparo legal”, refirió Solís.
Más tiempo para el general de Ejército
El 23 de noviembre, el dictador Daniel Ortega envió a la Asamblea Nacional una iniciativa de reforma del Código Militar y la Ley Orgánica de la Policía Nacional para extender un año más el período de los cargos del jefe del Ejército de Nicaragua y del jefe de la Policía orteguista, que actualmente son de cinco años.
El jefe del Ejército, Julio César Avilés, lleva 16 años en ese cargo, un año menos que el dictador Daniel Ortega en el cargo de presidente de la República. En tanto, el jefe de la Policía, Francisco Díaz, es consuegro del dictador Ortega.
La Ley de Organización, Funciones, Carrera y Régimen Especial de Seguridad Social de la Policía Nacional (Ley 872) será modificada en el artículo 47, sobre el “Nombramiento del Director General”. Esta reforma también indica que el presidente podrá prorrogar en el cargo al jefe de la Policía “de acuerdo a intereses de la Nación”.