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Los Tribunales de Familia en Managua. LA PRENSA/Archivo

¿Se puede demandar por pensión alimenticia a una persona que migró? Esto dice una abogada

Conozca los pasos para demandar el pago de una pensión alimenticia desde el extranjero y los países que forman parte del Convenio sobre cobro internacional de alimentos

La migración masiva que se ha registrado en Nicaragua en el último año ha provocado la desunión de muchas familias, en algunos casos al verse obligado el padre o la madre a abandonar el país para proveer económicamente a sus hijos y mejorar las condiciones de vida.

En el 2022, un poco más de 297 mil nicaragüenses migraron hacia Estados Unidos y Costa Rica —principales destinos de los connacionales—, y entre estos algunos tienen una sentencia de pensión alimenticia para su hijo que dejaron al cuido de su madre, padre, abuela u otro familiar.

La organización Texas Nicaraguan Community (TNC) afirmó que últimamente reciben muchas consultas de padres de familia sobre esta temática, de la cual la mayoría indica que el segundo tutor migró hacia Estados Unidos.

Pero, ¿se puede hacer una demanda de pensión alimenticia al tutor que migró? La abogada Ivania Rodríguez aclaró, en entrevista con TNC, que aunque el padre o la madre se haya ido del país, la persona puede ser demandada por pensión alimenticia, siempre y cuando se realice el proceso correspondiente y el tutor haya migrado a un país contratante del Convenio sobre cobro internacional de alimentos.

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Desde el 2020, Nicaragua es un Estado firmante de dicho convenio, en el que también está adherido Estados Unidos y la Unión Europea, entre otros países.

«¿Qué quiere decir esto? Que aunque vivimos en Nicaragua y tenemos una sentencia judicial podemos cobrar nuestras prestaciones alimentarias para nuestros menores hijos en el extranjero», declaró la abogada.

En 2018 la Asamblea Nacional aprobó la adhesión de Nicaragua al convenio para el reclamo de pensión alimenticia en el exterior, pero hasta el 2020 se hizo efectiva. LA PRENSA/El 19 Digital

Pasos para demandar la pensión

Rodríguez señaló que si existe una resolución en materia de alimentos en Nicaragua, la persona demandante deberá tramitar ante el Ministerio de Familia una solicitud de reconocimiento, que indique que el segundo tutor está fuera del país, para que dicha sentencia se ejecute en el país contratante donde se encuentre el demandado.

Si la persona no cuenta con una resolución en el país, tiene que realizar la demanda ante el Ministerio de la Familia, presentando los requisitos y notificando que el tutor se encuentra en el extranjero. Para ello, el demandante debe conocer la dirección y estado donde se encuentra el tutor.

«Todo trámite internacional tiene que ser canalizado a través del Ministerio de la Familia de Nicaragua», resaltó la abogada, quien agregó que el proceso podría ser demorado.

La jurista explicó que la parte demandante puede ser la madre, el padre, la abuela, o todo aquel que tenga el cuido o tutoría del menor. La persona puede abocarse a la oficina del Ministerio, ya sea departamental o central, la que se ubica en Managua. Aunque el asesoramiento para la ejecución de sentencia a nivel internacional lo tramitan las autoridades centrales.

La función del Ministerio

Una nota de prensa del poder judicial de Nicaragua, publicada en septiembre de 2018, indica que «el procedimiento lo inicia el Ministerio de la Familia, que funciona como autoridad central, revisando la sentencia, llenando un formato de solicitud y enviando electrónicamente los requisitos a la autoridad central del país donde está el deudor alimentario».

Posteriormente, el país requerido, en el que se encuentra el demandado, revisará la documentación y si es viable, localizará al obligado y buscará, en primer lugar, un acuerdo entre las partes para ejecutar el pago.

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Si no, se tomarán otras medidas como «retención salarial, embargo de cuentas, deducción de pensiones de seguridad social, gravamen o venta forzosa de bienes, retención de pensión de jubilación o denegación, suspensión o retiros de licencias de conducir», se explica en la nota del poder judicial.

En este punto, si la demanda se logra en el país requerido, la pensión será de acuerdo al salario que el tutor devengue en ese lugar, y no al marco de Nicaragua.

«Esto es una campaña de valores, el hecho de que la persona esté separada de su esposa o esposo, el derecho al alimento es un derecho humano, y es el interés superior del menor de edad», aclaró la abogada.

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