A través de un Decreto Presidencial, Daniel Ortega conformó el Comité Nacional de Facilitación de Comercio, integrado solo por funcionarios del régimen quienes tomarán las decisiones y donde los representantes de los sectores económicos participarán a discreción y solo podrán brindar “recomendaciones”.
“Los representantes de los sectores comercio, productivo, agroindustria, aduanero, logística e Industrial, a solicitud del Comité Nacional, podrán participar en éste, en carácter consultivo y proveerán recomendaciones orientadas a la implementación de medidas para facilitar el comercio”, señala parte del decreto, publicado en La Gaceta de este viernes.
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El Comité lo conformarán los titulares de las instituciones que el régimen ha designado para estar a cargo de la implementación del Acuerdo de Facilitación del Comercio (AFC), establecido por la Organización Mundial del Comercio (OMC) en 2015, según señala el documento.
¿Quiénes lo conforman?
Las entidades son: Ministerio de Fomento Industria y Comercio (MIFIC), que lo coordinará, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGA), el Ministerio de Salud (Minsa), el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), el Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (Marena) y la Policía Nacional (PN).
También la Empresa Portuaria Nacional (EPN), el Instituto Nicaragüense de la Pesca (Inpesca), el Instituto de Protección y Sanidad Agropecuaria (IPSA), la Comisión Nacional de Registro y Control de Sustancias Tóxicas (CNRCST) y la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME).
El decreto define al Comité como un órgano de coordinación interna entre las instituciones públicas vinculadas al comercio exterior, “que en el ámbito de sus competencias elaborarán propuestas y ejecutarán las acciones con el objetivo de implementar lo establecido en AFC”.
Los miembros titulares tendrán derecho a voz y voto y podrán delegar su participación en las mismas condiciones. “La toma de decisiones será por consenso”, detalla, aspecto que es un lineamiento permanente en las estructuras del régimen.
Sin embargo, la participación de los sectores que garantizan los bienes y servicios para la exportación o aquellos que consumen o demandan las importaciones serán involucrados, y solamente para recomendar, si así lo deciden los miembros del Comité.
Entre las funciones incluye el establecimiento de un mecanismo de consulta con los sectores productivos, comercio y servicios de logística, a fin de enriquecer las propuestas a elaborar sobre facilitación de comercio.
«Un avance»
Al respecto, un especialista en comercio exterior indicó bajo condición de anonimato, que este es un tema que está en la agenda a nivel de la región y el país y se han venido dando avances pero siempre hay muchos retos.
«Tener esa instancia puede contribuir a visibilizar, sensibilizar y finalmente destrabar cosas de mejor forma. Al final la voluntad política del gobierno para resolver es lo que cuenta y claro que tener voto es mejor que no tenerlo desde la perspectiva del sector privado, pero en las circunstancias actuales esto es un avance», opinó.
La instancia se reunirá cada dos meses o de forma extraordinaria cuando se requiera y tendrá una Secretaría Técnica a cargo del director general de Comercio Exterior del Mific.
Se mantiene el secretismo
El accidentado acceso a la información pública está estipulado en el decreto, al establecer la confidencialidad.
“Los representantes que conforman el Comité Nacional, así como los representantes de los sectores de comercio, productivo, agroindustria, aduanero, logística e industrial, y cualquier otro que participe en el Comité Nacional en carácter consultivo, deberán guardar la confidencialidad sobre aquella información que sea analizada en el Comité Nacional cuya difusión o publicación este restringida legalmente”, indica el penúltimo artículo de un total de ocho establecidos en el decreto.
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Agrega además que “dicha información será considerada como reservada, de acuerdo al ordenamiento jurídico nacional. La información solo deberá ser utilizada para el cumplimiento exclusivo de los fines y funciones encomendadas en el presente Decreto Presidencial”.
El decreto emitido por Ortega el 27 de septiembre entró en vigencia a partir de este 30 de septiembre, con su publicación en el diario oficial.