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Sede la OEA expropiada en Managua. LA PRENSA

¿Qué esperar de la sesión extraordinaria del Consejo Permanente de la OEA por la ocupación de la sede en Managua?

Este mediodía, hora Nicaragua, el Consejo Permanente de la OEA debatirá sobre las acciones por la expropiación del edificio donde funcionaba su sede. Analistas consultados compartes sus previsiones

El Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA) sesionará de manera extraordinaria, por segunda ocasión, este viernes 13 de mayo para “considerar la ocupación de las oficinas” de su sede en Managua, después de que el régimen de Daniel Ortega la expropió para instalar el “Museo de la Infamia”.

Dos de las grandes interrogantes son: ¿Qué puede hacer la OEA? o ¿Qué esperar de esta sesión? Partiendo de que la primera vez que sesionaron para abordar el tema no se tomó acciones e incluso tampoco se aprobó alguna resolución de condena. LA PRENSA consultó a expertos en derecho y relaciones internacionales quienes responden a las interrogantes al compartir sus previsiones.

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La reunión se realizará a las 2:30 de la tarde hora de Washington (12:30 del mediodía hora de Nicaragua) a solicitud de las Misiones Permanentes de Antigua y Barbuda, Brasil, Canadá, Estados Unidos y Grenada. El edificio donde funcionaba la OEA era un inmueble alquilado por la institución, registrado a nombre de las hermanas Luz Marina y María Auxiliadora Navarrete Guevara. La primera de ellas es esposa de Pedro Rioseco, periodista cubano de la agencia oficialista Prensa Latina.

¿Qué esperar de la sesión?

Sobre qué esperar o qué puede hacer el Consejo Permanente, las previsiones y opiniones de los expertos varían. Pero, coinciden en asegurar que una de las opciones sería convocar a un período extraordinario de sesiones o Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores (cancilleres) para que estudien la posibilidad de suspender a Nicaragua.

Aunque el régimen de Ortega inició su proceso de renuncia en noviembre de 2021 que dura dos años y optó por el retiro de credenciales el 24 de abril, la OEA podría aplicar el Artículo 21 de la Carta Democrática, según los expertos, quienes sostienen que son 24 los votos que se requieren para poder expulsar al país, pese a que haya renunciado a su participación. De lo contrario, otra alternativa sería convocar a la Asamblea General extraordinaria y seguir operando bajo el Artículo 20, con un nuevo esfuerzo diplomático al más alto nivel, que incluiría suspender todo tipo de financiamiento de organismos multilaterales y un llamado a los países a tomar medidas bilaterales en el campo diplomático y comercial.

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Según el sitio web de la OEA, la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores se celebra con el fin de “considerar problemas de carácter urgente y de interés común para los Estados americanos, y para servir de Órgano de Consulta”.

Agrega que cualquier Estado miembro puede pedir que se convoque la Reunión de Consulta. “La solicitud debe dirigirse al Consejo Permanente de la Organización, el cual decidirá por mayoría absoluta de votos si es procedente la Reunión”, indica.

Un experto en derecho internacional, quien demandó la condición de anonimato por temor a represalias, señaló que en realidad hay dos opciones, la primera tiene que ver con lo expuesto anteriormente y la segunda es “sacar otra resolución con condenas, preocupación y lamentaciones”, a pesar de que “se les ha insistido que lo segundo no vale para mucho”, por lo que prevé que “trabajen en lo primero”.

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En esa misma línea un especialista en relaciones internacionales, quien pidió no citar su nombre, añadió que con base en el ritmo de las organizaciones internacionales, que se mueven acorde a sus países miembros y “ante la negativa de varios países de apoyar alguna acción fuerte y directa contra la autocracia nicaragüense, el Consejo Permanente a lo más que podría llegar es a convocar a un periodo extraordinario de sesiones de ministros de Relaciones Exteriores para que estudien la posibilidad de suspender a Nicaragua”.

Opina que “no hay siquiera un proyecto de resolución”, lo que evidencia —según el especialista— que “será una reunión sin ‘colmillos’ donde se vote la posibilidad de una reunión más allá del CP, o una resolución donde se condene la actuación de Nicaragua contra el Derecho Internacional, el Derecho Diplomático, las relaciones entre un Estado y una Organización Internacional”.

Carlos Cascante Segura, experto costarricense. LA PRENSA / TOMADA DE INTERNET

A lectura de Carlos Cascante Segura, profesor de la Escuela de Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional de Costa Rica (UNA), evidentemente la intención de las Misiones Permanentes que solicitaron la sesión extraordinaria es “lograr aunque sea una resolución que declare la ilegalidad de la toma de la oficina por parte del régimen Ortega-Murillo”.

En cuanto a las probabilidades que existen para que una eventual resolución de esa magnitud sea aprobada, considera que “está complicado porque el tema Nicaragua divide a la OEA, pasa que parte del organismo y los países que adversan al régimen es mantener el tema vivo”.

El exembajador Arturo McFields, a través de su cuenta de Twitter adelantó que países como Chile, Colombia y Uruguay se unen a Estados Unidos, Canadá, Brasil, Antigua y Barbuda para “impulsar fuerte resolución contra asalto a la sede de la OEA. La resolución será remitida a organismos internacionales y la ONU para alertarlos sobre acciones de la dictadura en Nicaragua”.

Carlos Murillo Zamora, experto en derecho internacional, temas de integración y catedrático de la Universidad de Costa Rica (UCR), coincide con que se podría someter y aprobar por “mayoría de votos” alguna resolución que “condene los hechos y demande respeto al Derecho Internacional, y solicitando a los miembros a establecer sanciones”.

Renuncia de Nicaragua

Con esta nueva sesión, las instancias de la OEA desde abril 2018 han sesionado en 33 ocasiones, 28 del Consejo Permanente y cinco de la Asamblea General para abordar, analizar y condenar la situación en el país.

El organismo regional ha aprobado un total de nueve resoluciones: seis del Consejo Permanente y tres de la Asamblea General, en contra de las afectaciones a la democracia, las acciones represivas y la violación de los derechos humanos.

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El régimen orteguista renunció en noviembre de 2021 a su participación dentro de la OEA e inició su proceso de salida en respuesta a la resolución “La situación de Nicaragua” que aprobó la Asamblea General, en la que declaró ilegítimas las elecciones generales en Nicaragua de noviembre de 2021 y mandó a una evaluación por parte del Consejo Permanente de la crisis del país.

El proceso de “denuncia” hecho por Nicaragua tiene una duración de dos años para que se haga efectivo su retiro, mientras, en este período seguirá cumpliendo con sus obligaciones ante el organismo. Sin embargo, desde el 24 de abril, cuando el régimen decidió retirar las credenciales de sus representantes, Orlando Tardencilla, Iván Lara y Michael Campbell, también optó por no participar en ninguna instancia del organismo, como lo oficializó el canciller Denis Moncada.

¿Qué es el Consejo Permanente?

El Consejo Permanente depende directamente de la Asamblea General y tiene la competencia que le asignan la Carta de la OEA y otros instrumentos interamericanos, así como las funciones que le encomiende la Asamblea General y la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores.

Entre sus funciones está velar por el mantenimiento de las relaciones de amistad entre los Estados miembros y, con tal fin, ayudar de una manera efectiva en la solución pacífica de sus controversias, también ejecutar aquellas decisiones de la Asamblea General o de la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores cuyo cumplimiento no hayan sido encomendado a ninguna otra entidad.

LA PRENSA/CORTESÍA OEA

Este Consejo Permanente está compuesto por un Representante Permanente por cada Estado Miembro —de los 34—, nombrado especialmente por el gobierno respectivo con categoría de embajador. Los gobiernos pueden designar representantes alternos, asesores y, en caso necesario, acreditar un representante interino.

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