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El padre nicaragüense, Augusto Marín, celebra la misa tridentina en Estelí. LA PRENSA / CAPTURA DE PANTALLA

¿Tiene facultad un administrador apostólico de “prohibir” oficiar la misa tridentina a un sacerdote?

LA PRENSA habló con expertos en temas religiosos para conocer si un administrador apostólico tiene la facultad de tomar esa decisión; y también acudió al Código del Derecho Canónico. Esto es lo que se sabe

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La protesta realizada por el sacerdote nicaragüense Augusto Marín a monseñor Rolando José Álvarez, obispo de la Diócesis de Matagalpa y administrador apostólico de la Diócesis de Estelí, por no permitirle oficiar la misa tridentina con fieles en la parroquia que tenía a cargo en esa jurisdicción, ha causado diversas opiniones a favor y en contra. LA PRENSA habló con expertos en temas religiosos para conocer si un administrador apostólico tiene la facultad de tomar esa decisión.

Mientras tanto, en redes sociales, incluso sacerdotes y feligreses han considerado que el reclamo del padre Marín es una campaña en contra de monseñor Álvarez, conocido como uno de los obispos más críticos del gobierno de Daniel Ortega y Rosario Murillo. Del padre Marín se sabe que nació en la ciudad de Jinotega, el 1 de febrero de 1978. Viene de una familia, según dice, “de profesores eminentes”. Es hijo de Francisco Marín y Leslie Arauz, y es hermano del exministro asesor Sidhartha Marín Arauz.

LA PRENSA intentó contactar nuevamente a monseñor Álvarez, sin embargo, no atendió nuestras llamadas, a la vez se buscó al padre Marín quien había compartido su vivencia con este Diario, pero tampoco nos atendió en esta ocasión.

¿Tiene o no potestad?

Rixio Gerardo Portillo, profesor en la Universidad de Monterrey y escritor de la revista Vida Nueva, explicó a este Diario que el administrador apostólico es una figura que aparece en la Iglesia cuando la sede episcopal o la Diócesis está vacante, es decir, “cuando un obispo renuncia o cesa en algunas de sus funciones la Santa Sede dice mientras está vacante, voy a asignar a un encargado que es el responsable específico de administrar sacramentos”.

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Por lo anterior, Portillo indica que un administrador apostólico “sí tiene potestad de régimen para poder prohibir el uso de ciertos ritos, pero no tanto porque son arbitrarios o es totalitario, sino porque ha sido la Santa Sede con un Motu Propio del papa Francisco que ha invitado a los obispos a que se restrinja el uso de la misa tridentina y que solamente puede celebrarse con la autorización de Roma”.

A lo que se refiere Portillo es a la Carta apostólica en forma de motu proprio (documento emitido por el papa) del sumo pontífice FranciscoTraditionis Custodes“, sobre el uso de la liturgia romana antes de la reforma de 1970, publicada el 16 de julio de 2021. El artículo dos del motu propio indica que “al obispo diocesano, como moderador, promotor y custodio de toda la vida litúrgica en la Iglesia particular que le ha sido confiada le corresponde la regulación de las celebraciones litúrgicas en su propia Diócesis. Por tanto, es de su exclusiva competencia autorizar el uso del Missale Romanum de 1962 en la Diócesis, siguiendo las orientaciones de la Sede Apostólica”.

La celebración de la misa tridentina en la parroquia Nuestra Señora de Guadalupe de Estelí. Tomado de Facebook

En esa misma línea, un religioso nicaragüense, quien solicitó no citar su nombre, aseveró que ciertamente el administrador apostólico ejerce la función del obispo y añadió que se debe tener en cuenta que “esa fue una legislación que sacó el papa Francisco sobre la celebración del rito antiguo, el obispo es quien da el permiso o no, ahí no hay dónde enredarse”.

A la vez, destacó que “habría que ver como sacerdote tengo que llevar algo de disciplina pastoral o espiritual o de qué línea litúrgica no debo de llevarlo a las redes sociales, esto no es de quién opina o no, aquí la Iglesia es jerárquica, el obispo sigue la norma del papa. En la Iglesia tenemos libertad para hablar”.

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Portillo insiste en que “definitivamente el administrador apostólico tiene todas las facultades para poder hacer válida una decisión que viene de Roma, porque al fin y al cabo es el encargado de la administración de los sacramentos y tiene algunas restricciones de gobierno, pero son muy simples. Está cumpliendo una regla de Roma, porque al fin y al cabo viene de arriba la decisión”.

El Código del Derecho Canónico en la Sección II: De las Iglesias particulares y sus agrupaciones; Capítulo III: De la sede impedida y de la sede vacante, en su artículo 427, dicta que “el administrador diocesano tiene los deberes y goza de la potestad del obispo diocesano, con exclusión de todo aquello que por su misma naturaleza o por el derecho mismo esté exceptuado”.

Y a la vez, menciona que “el administrador diocesano adquiere su potestad por el hecho mismo de haber aceptado su elección, y no se requiere confirmación de nadie, quedando firme la obligación que prescribe el Código del Derecho Canónico”.

¿Celebrar la misa tridentina es motivo de prohibición?

Portillo sobre esta interrogante señala que más que tratarse de prohibición se trata de obediencia a lo designado por el papa Francisco.

“El administrador apostólico lo que está haciendo es cumplir una norma, prerrogativa de Roma y lo que yo consideraría es que los sacerdotes y laicos tendrían que obedecer lo que diga el obispo y Roma, lo que el papa Francisco está diciendo es que se está utilizando el rito de la misa tridentina para una división dentro de la misma Iglesia, una posición contra el papa o el obispo porque me prohíbe la misa tridentina confirma la razón que está diciendo el papa que es el origen del problema”, sostiene.

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Agrega que si en una Diócesis “hay un grupo de fieles que quieren celebrar la misa con ese rito, tiene que ir hasta su obispo, y el obispo hasta el Vaticano y en el Vaticano es quien puede aprobarlo”.

Por su parte, el religioso nicaragüense manifestó que “nada es prohibido en la Iglesia”, por lo que señaló que “hay que ver la historia, liturgia y aspecto catequético. Yo como sacerdote no puedo hacer lo que se me dé la gana, uno tiene que ceder a la comunidad y a las normas. El papa Francisco ha sacado una normativa en la que dice que el sacerdote quiere celebrar esa misa, el obispo decide”.

Precisó además que se debe poner atención a quiénes son los que están promoviendo la misa tridentina: “Es una Asociación que se llama San Pío X que son un grupo de sacerdotes del Marcel Lefebvre que no acepta el Vaticano II, actualmente se le han abierto las puertas para entrar unidad porque ellos no acogen ninguna normativa después del Vaticano II, entonces viven celebrando misas antiguas, no aceptan todas las normativas actuales de la Iglesia. Ellos están en completa desunión con el Vaticano”.

Reacciones al reclamo

Un día después de que el padre Marín publicara el video, el Canal Católico de Nicaragua, en una clara alusión a dicho reclamo, publicó una fotografía de monseñor Álvarez con la leyenda: “En las oraciones del pueblo santo de Dios, el obispo de Matagalpa y administrador apostólico de Estelí, monseñor Rolando José Álvarez. Dios bendiga su vida y ministerio y la Santísima Virgen María lo proteja de todas las trampas y acechanzas del maligno”.

De la misma manera, el vicario de la Arquidiócesis de Managua, padre Leonel Alfaro, compartió el reclamo con el siguiente mensaje: “Cuando la Santa Sede impuso la censura a padre Pío, aún teniendo él la razón, obedeció con sabiduría. Santidad, eso es el secreto”.

El sacerdote Edwing Román también se pronunció y subrayó que “la dignidad, la fortaleza, la valentía y la moral de su excelencia monseñor Rolando Álvarez”.

Por su parte, el sacerdote José Antonio Espinoza compartió en su cuenta de Twitter la promesa de obediencia que hacen los sacerdotes al obispo.

Qué es la misa tridentina

La misa tridentina se caracteriza debido a que sus oraciones son solo en latín y los sacerdotes la celebran en voz baja y están de espaldas a los asistentes. Se dejó de realizar oficialmente en 1969, cuando Pablo VI la sustituyó con el rito actual de la misa a luz del Concilio Vaticano II.

La misa tridentina es la última edición del misal romano promulgado en el año 1570 por el papa Pío V, como uno de los frutos del Concilio de Trento, explica el sitio web especializado Aleteia. Fue la manera dominante de celebrar la santa misa en el rito latino o romano de la Iglesia durante cuatro siglos.

En 2007 el papa Benedicto XVI promulgó un motu proprio (documento emitido por el papa) que indica que “todos los sacerdotes podrán celebrar la misa en cualquiera de las dos maneras con o sin pueblo”.

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COMENTARIOS

  1. Hace 2 años

    La noticia finaliza diciendo que el Papa Benedicto XVI aprobó la celebración de la Misa Tridentina con o sin pueblo. Eso deja la sensación de que está aprobada. Pero hay que aclarar que eso fue posteriormente reformado por el Papa Francisco prohibiéndola en general y solo pudiendo celebrarse con aprobación papal en casos muy especiales. Las razones del Papa Francisco fueron que se estaba usando como un símbolo para dividir la Iglesia entre un sector que está contra las reformas del Concilio Vaticano II y la Iglesia fiel al Papa y reformas conciliares.

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