Sede de INE en Managua. LA PRENSA/Archivo

Asamblea Nacional aprueba con urgencia una reforma a la Ley del INE tras la sanción de EE.UU. a presidente de la entidad

Proyecto de reforma señala que la dirección, administración y representación legal de esa institución, esté a cargo de un Consejo de Dirección que deberá crear sucursales en todo el país

La Asamblea Nacional, controlada por el régimen de Daniel Ortega, aprobó este viernes con trámite de urgencia, la reforma a la Ley Orgánica del Instituto Nicaragüense de Energía (INE), para cambiar la representación legal y administrativa que le corresponde al presidente de esa institución, José Antonio Castañeda Méndez, pero que ya no podrá ejercer por motivo de la sanción aplicada por Estados Unidos el pasado 15 de noviembre.

«La dirección, administración y representación legal del Instituto estará a cargo de un Consejo de Dirección; el Consejo de Dirección deberá crear en forma progresiva sucursales de INE en las quince cabeceras departamentales y en las dos Regiones del Caribe», establece la reforma al artículo 8 de la Ley del INE.

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Agrega que «el Consejo de Dirección delegará parcial o totalmente representación legal del Instituto en cualquiera de sus miembros y/o en cualquier funcionario del Instituto, para la buena andanza en todos los asuntos de este».

La reforma al artículo 10 establece que «el Consejo de Dirección podrá delegar parcial o totalmente atribuciones administrativas en cualquiera de sus miembros y/o en cualquier funcionario del INE».

Además, el articulo 12 de la reforma establece las facultades del Presidente del Consejo de Dirección, que serán:

a) Representar al Instituto ante el Presidente de la República y organismos gubernamentales.

b) Ejercer la coordinación del funcionamiento técnico del Instituto, como ente regulador de la energía.

José Antonio Castañeda, presidente del INE, es parte del último grupo de funcionarios orteguistas sancionados por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos.

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Particularmente sobre Castañeda, la OFAC detalló en el informe que fue designado «por ser funcionario del Gobierno de Nicaragua o por haberse desempeñado como funcionario del Gobierno de Nicaragua en cualquier momento a partir del 10 de enero de 2007».

Estas últimas sanciones a nueve funcionarios y a la Fiscalía, se dieron tras las votaciones del pasado 7 noviembre, rechazadas por la comunidad internacional por la exclusión de la oposición y porque el proceso se dio en un clima de represión y detención de opositores, entre ellos, siete aspirantes presidenciales.

Alcance de las sanciones

Las sanciones de Estados Unidos provocan la «muerte financiera» de los afectados, porque su firma pierde valor legal ante los organismos y entidades financieras.

La OFAC advierte que todas las propiedades que tienen en Estados Unidos las personas sancionadas están bloqueadas y deben informarse a esa oficina.

Además, también se bloquea cualquier entidad que sea propiedad, directa o indirectamente, del 50 por ciento o más en total de una o más de esas personas.

Las regulaciones de la OFAC generalmente prohíben todos los tratos de personas estadounidenses o dentro (o en tránsito) de los Estados Unidos que involucren cualquier propiedad o interés en la propiedad de personas bloqueadas o designadas.

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