Amparados en la Ley de Regulación de Agentes Extranjeros y Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y Autodeterminación para la Paz, los diputados orteguistas introdujeron este lunes una iniciativa de reforma y adición a la Ley No. 331, Ley Electoral, en la que proponen incorporar de manera expresa la prohibición de partidos políticos, alianzas de partidos y cualquiera de sus candidatos o candidatas de recibir financiamiento del exterior e inhibe a los definidos como “traidores de la Patria” para optar a cargos de elección popular, según estas dos leyes.
La iniciativa firmada por 69 diputados orteguistas fue enviada esta tarde a la Primera Secretaría de la Asamblea Nacional. El documento de la exposición de motivos y fundamentos, expresa que esta iniciativa de reforma asume lo mandatado en la Ley No. 1040, Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No.192 del 19 de octubre de 2020, y en la Ley No. 1055, Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y Autodeterminación para la Paz, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 237 del 22 de diciembre de 2020.
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Ambas leyes inhiben a los opositores de ser candidatos en las elecciones generales del próximo 7 de noviembre, bajo las acusaciones del régimen Ortega Murillo de ser “golpistas” y de promover sanciones en contra de los funcionarios y de los dictadores, Daniel Ortega y Rosario Murillo. Mientras que la Ley de Agentes Extranjeros bloquea la financiación y donaciones internacionales a la sociedad civil, ONG defensoras de derechos humanos, periodistas y, en especial, a opositores para limitar sus actividades de organización política.
La iniciativa también propone aplicar sanciones a quienes hagan transfuguismo político, da facultad de actuar al respecto a los partidos políticos e incluso, el propio CSE podrá actuar por oficio. “Para cumplir con el objetivo de adecuar la Ley Electoral vigente a la Constitución Política, esta iniciativa propone incorporar procedimientos respecto a transfuguismo político. Facultando a los partidos políticos o alianzas, a solicitar al Consejo Supremo Electoral la aplicación de sanciones por tránsfuga a cualquiera de sus miembros que ocupando algún cargo de elección popular cambie de opción política. En el mismo sentido se faculta al Consejo Supremo Electoral a actuar de oficio en este tipo de casos”.
Entran en juego leyes restrictivas
A criterio del exdiputado liberal y político, Eliseo Núñez Morales, en la iniciativa de reformas a la Ley Electoral presentada por el oficialismo, lo que se hizo fue trasladar todas las leyes restrictivas a la Ley Electoral. “Básicamente aumenta la restricción electoral y deja muchos parámetros para quitarle espacios a la oposición nicaragüense, es traer hacia adentro todo el sistema de represión que aprobaron a finales del 2020”, analiza Núñez.
En esa misma línea, Núñez, quien fue fiscal electoral nacional de la campaña del expresidente Enrique Bolaños, afirma que estas reformas son mucho más restrictivas en referencia al tema del financiamiento de los partidos políticos, que ahora es limitado con la Ley de Agentes Extranjeros.
“Estas reformas van más allá de eso (Ley de Agentes Extranjeros), porque antes cualquier nicaragüense residiendo en el extranjero podría donarle a un candidato, pero ahora es prohibido que un nicaragüense le done a un candidato, esto es un problema adicional, es más restrictiva”, afirma Núñez.
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La reforma al artículo 63, inciso 11, sobre los deberes de los partidos políticos, reitera “no recibir ningún tipo de financiamiento y donaciones privadas o públicas provenientes del extranjero”. Asimismo, el artículo 81 destaca que “no pueden ser inscritos como candidatos o candidatas a los cargos de elección señalados en el art. 1 de la ley, quienes no llenen las calidades, tuvieren impedimentos o les fuere prohibido de conformidad con la Constitución Política de Nicaragua, Ley No . 1040, Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, y la Ley No. 1055, Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y Autodeterminación para la Paz”.
Por su parte, el jurista opositor y exvicecanciller, José Pallais Arana, coincidió por separado con Núñez y refiere que la propuesta en la reforma a la Ley Electoral lo que evidencia es “un retroceso” y nada de avance. “Vemos que en lugar de avanzar hacia transparencia, respeto del voto, se retrocede, porque se le está poniendo un gran énfasis en la exclusión, inhibición, en limitar la capacidad de competir en la oposición. Trasladan a una ley constitucional todas las inhibiciones que habían aprobado en las leyes ordinarias anteriores. Limitan totalmente la posibilidad de competir en una competencia justa de parte de la oposición contra un régimen que se receta todas las ventajas”, alertó Pallais.
Además, se refirió a la limitante que propone el partido gobernante para que los mismos candidatos y partidos puedan recibir financiamiento inclusive del mismo nicaragüense en otro país. “Llegan al extremo de prohibir que un nicaragüense en el extranjero pueda contribuir a favor de un candidato, esto es el colmo (…) le están prohibiendo que siquiera un dólar puedan emplearlo ellos en el cambio de su país, es absurdo, injusto y desconsiderado”, agregó el exvicecanciller.
“Fórmula presidencial orteguista, disfrazada de equidad de género”
La iniciativa además en el artículo 145 agrega que la fórmula presidencial será conformada por un hombre y una mujer, “el binomio de candidatos y candidatas a Presidenta o Presidente y Vicepresidenta o Vicepresidente de la República debe formularse bajo el principio de igualdad y equidad de género, siendo que una debe de ser mujer y el otro hombre”.
“En coherencia con la política de equidad de género de nuestro país, esta propuesta de reforma pretende asegurar que los actores del proceso electoral correspondan al 50 por ciento de mujeres y 50 por ciento de hombres. Esto se traduce en establecer la equidad de género de los miembros del Consejo Supremo Electoral, Consejos Departamentales/ Regionales, Municipales y Juntas Receptoras; en todos los cargos de elección popular, en las Juntas Directivas de los partidos políticos y en todos los niveles de los mismos, inclusive en la presentación de fiscales”, argumenta el documento de la exposición de motivos y fundamentos.
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Sobre la fórmula presidencial disfrazada bajo el principio de igualdad y equidad de género, Núñez sostiene que el artículo 145 de la iniciativa en principio es “inconstitucional”, debido a que para que tenga validez se debe reformar el artículo 147 de la Constitución Política, que establece las cualidades para ser presidente o vicepresidente de la República.
“Esto no es solo inconstitucional sino que también obliga a los partidos políticos a reformar todos sus estatutos, y estructuras para que sea mitad hombre, mitad mujer, adicionalmente a eso es que los suplentes varones o mujeres, nunca van a poder ascender, porque si como varón sos suplente de una mujer y falta el propietario el que asciende es la primera mujer electa, y viceversa con los varones. Eso es complicado, lo más fácil hubiese sido que la lista fuera trenzada, es decir, en varón suplente de otro varón, mujer suplente otra mujer, con eso sí se garantiza la equidad, aunque se vaya uno de ellos”, explica Núñez.
Ciudadanos podrán votar sin estar en el Padrón Electoral
El artículo 196 bis Transitorio, agrega que en las próximas elecciones nacionales que se realizarán en (noviembre 7) del año 2021, se permitirá que cualquier persona que estando en la lista de ciudadanos y ciudadanas cedulados de una Junta Receptora de Votos, y no se encuentre en el Padrón Electoral de la respectiva Junta Receptora de Votos, pueda solicitar en esa Junta Receptora de Votos, su inclusión al Padrón Electoral presentando su cédula de Identidad. La Junta Receptora de Votos lo registrará de inmediato sin más trámites, permitiéndole al ciudadano o ciudadana ejercer el derecho a votar.
Reforma dará poder a la Policía para que coordine campañas electorales
La iniciativa de reforma y adición a la Ley Electoral establece en su artículo 89 que para todas las actividades en la vía pública, los partidos políticos o alianzas de partidos, se regirán por las leyes de la materia. Para la autorización de manifestaciones públicas durante la campaña electoral se seguirá el siguiente procedimiento:
1) Los partidos políticos o alianzas de partidos presentarán solicitud a la Policía Nacional con copia al Consejo Electoral correspondiente para la realización de la manifestación, señalando fecha, hora, día, lugar y trayecto con una semana de anticipación como mínimo.
2) La Policía Nacional resolverá dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la presentación de la solicitud.
3) En caso de manifestaciones que puedan coincidir en tiempo y lugar, la Policía Nacional en coordinación con el Consejo Electoral podrá modificar la programación de las actividades, en consulta con los solicitantes para evitar alteraciones del orden público. La solicitud presentada primero tendrá preferencia.
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Desde el estallido de las protestas ciudadanas en abril de 2018, que fueron reprimidas a balazos y que dejaron más de 320 personas asesinadas, la institución policial ha fungido como el brazo opresor de régimen Ortega Murillo, en compañía de civiles armados, identificados como parapolicías, según organismos internacionales de derechos humanos. Actualmente, también se encarga de impedir cualquier intento de manifestación antigubernamental.
Al respecto, ambos especialistas se muestran alarmados debido a que el artículo 89 de la iniciativa de reforma a la Ley Electoral evidencia claramente el fortalecimiento de un estado policial, en cuanto al debilitamiento de las facultades del CSE que pasan a manos de la Policía Nacional, institución sancionada por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos, por “ser responsable o cómplice, o haber participado directa o indirectamente en graves abusos contra los derechos humanos en Nicaragua”.
“Subordina al CSE a la Policía, que sea la Policía que tenga que dar todos los permisos sobre la realización de manifestaciones de campaña, es una Policía totalmente partidarizada, politizada, que ha demostrado que está sometida al Ejecutivo. Al quitarle esta autoridad al CSE, que antes la tenía, de nada sirve que se introduzcan ‘cambios'”, apunta Pallais.
Núñez señala que en esta iniciativa en lo mínimo despartidiza al sistema electoral debido a que “la permisología electoral que antes estaba en manos del CSE se la pasan a la Policía, con solo que ellos hagan que estos permisos sean centralizados ya es un problema, además de militarizar el proceso electoral se lo dejan en las manos el proceso de movilización electoral, es gravísimo”.