La Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Nicaragua en otro arrebato de ilegalidad reformó la Ley General de los Registros Públicos (Ley 698), al limitar a través de una circular la obtención de información a terceros sobre propiedades y sociedades mercantiles, que siempre ha sido pública, legalizando el ocultamiento de transacciones registrales.
LA PRENSA buscó más información sobre esta medida en Relaciones Públicas de la Corte, pero aún no la facilitan.
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La medida es arbitraria a criterio de especialistas, agudizará la inseguridad jurídica en el país y la comisión de graves delitos penales, fiscales y civiles. Así lo aseguran abogados expertos en derecho registral, civil y constitucional.
Las nuevas orientaciones fueron remitidas a cada Registro Público del país, a través de circular del 9 de octubre de 2018, donde la magistrada Alba Luz Ramos Vanegas, presidenta de la CSJ y presidenta de la Comisión Especial de Registro, orienta que solo podrán solicitar información registral inscrita: el titular del bien, el que lo adquiere, el que demuestre interés en asegurar un derecho, el notario como apoderado de los anteriores y las autoridades competentes.
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Esta medida “secretista”, viola el artículo 30, numeral nuve, de la Ley General de Registro que manda a que los Registros Públicos adscritos al Sistema Nacional de Registro apliquen el principio de publicidad, es decir que todo la información registrada en estas instituciones debe ser pública sin excepciones.
La ley violentada desde sus considerandos explica que para alcanzar una política de “fomento a la inversión privada debe contar con mecanismos de seguridad jurídica que el Estado debe brindar a los agentes económicos y que efectivamente se obtiene mediante la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos”, explicó un abogado especialista en derecho registral, quien prefirió omitir su nombre por las represalias contra abogados en instituciones públicas.
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“Definitivamente reducir la publicidad del registro es una contradicción, es desnaturalizarlo. Violar la legislación con intención insana, porque aquí la falta de publicidad produce falta de transparencia. Quieren ocultar transferencias de derechos para escapar del escrutinio público, olvidando que la publicidad es la esencia de la garantía registral”, dijo el abogado José Pallais, exdiputado miembro de la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional.
Pallais agregó que la CSJ usurpó funciones de la Asamblea Nacional, única facultada para reformar leyes. “La Ley del Registro Público no le da ninguna potestad a la presidenta de la Corte para manosear la Ley de Registro. Yo trabajé en la formulación y aprobación de esa ley y no recuerdo que le dé esa potestad”, dijo el ex diputado.
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Para un exfiscal la razón de esta nueva violación a los derechos de acceso a la información registral a los ciudadanos y medios de comunicación “obedece a que el Gobierno está ocultando los bienes inmuebles y sociedades mercantiles de la familia Ortega Murillo, sus allegados políticos y testaferros, como una manera de blindarse y protegerse ante la Ley Magnitsky y obstaculizar aún más la investigación del periodismo independiente, para que no le publiquen información sensible que eventualmente les va a ser perjudicial”, refirió el abogado, quien prefiere omitir su nombre.
Para Alberto Novoa, exprocurador general de la República, estas nuevas medidas son parte de la política de secretismo del régimen de Daniel Ortega, porque la publicidad registral es histórica y se fundamenta en que los derechos son pacíficos, públicos, de buena fe y legítimos.
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“La publicidad registral viene desde Roma, es ilegal que la limiten porque a todos los ciudadanos nos interesa conocer por cualquier motivo la transparencia. La publicidad es para que todo mundo vea lo que hay en el registro, ya que es su naturaleza jurídica”, recalcó Novoa.
Pretenden encubrir oscuras transacciones
En la misma circular, la CSJ autoriza la inmovilización de cuenta registral y explica que los ciudadanos podrán solicitar la no inscripción de transmisión y/o enajenación (compra, venta, donación, entre otras figuras de transmisión) de bienes y derechos, por un plazo de un año y prorrogable, a través de petición registral. Por este servicio de inmovilización pagarán mil córdobas de impuesto o tasa registral.
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Según Pallais, esta medida viola el principio de la prenda universal de los bienes conocido en el derecho civil como el fenómeno jurídico, que permite a todo acreedor (prestamista) pedir judicialmente el cumplimiento de su obligación (deuda) por medio de la afectación de todos los bienes embargables de su deudor, si este no realiza un cumplimiento voluntario, perfecto, íntegro y oportuno de su obligación o deuda.
“No entiendo cómo pretenden poner en práctica esta ilegalidad sin perjudicar el derecho del adquiriente y del tercero. La intención es el encubrimiento de transacciones de bienes inmuebles y sociedades mercantiles de ciertas personas que quieren mantener ocultos sus bienes”, dijo Pallais.
Será la causa de muchos males
Tanto para el exprocurador Alberto Novoa como para el exdiputado José Pallais, lo grave de esta medida es que provocará que el tráfico inmobiliario se suspenda y “una economía no puede progresar si el tráfico inmobiliario se suspende”.
Además, están agudizando la inseguridad jurídica, alejando la inversión, promoviendo la comisión de delitos graves como el estelionato (quien vende bienes embargados, hipotecados o ajenos) y la estafa (obtener provecho mediante engaño).
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“La inmovilización registral conduce a una peligrosidad total de inseguridad jurídica, nadie estará seguro de lo que compra, así que mejor no compra, el banco no estará seguro de la propiedad que le están ofreciendo de hipoteca.
Están matando la confianza en el crédito y las consecuencias son funestas para la actividad económica”, agregó Pallais. El doctor Novoa agregó que estas medidas arbitrarias lo que traerán es más burocracia en los bancos para obtener un crédito, peor en tiempos de crisis sociales y sobre todo cuando la economía se desmorona tras seis meses de sangrienta represión del régimen contra la ciudadanía civil.
Matar la transparencia
“Definitivamente reducir la publicidad del registro es una contradicción, es desnaturalizarlo. Violar la legislación con intención insana, porque aquí la falta de publicidad produce falta de transparencia. Quieren ocultar transferencias de derechos para escapar del escrutinio público, olvidando que la publicidad es la esencia de la garantía registral”, dijo el abogado José Pallais, exdiputado miembro de la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, sobre las reformas de hecho que hizo la CSJ sobre la Ley 698, Ley General de los Registros Públicos .