Hoy día, al conducir y ver a alguien conduciendo una motocicleta es como ver un gato negro que nos traerá mala suerte. Doña Elbia, el colirio de mis ojos y acelerador de mi corazón, al ver tan demoniaco ser, reza una oración y se encomienda al Señor.
En lo personal, después de cuatro epítetos muy nicas al motociclista y la Policía Nacional (PN), me pongo a pensar, de quien será la culpa de tanto accidente. Será mía, del motociclista, de la PN o la mala suerte. Y llego a la conclusión de que es de la PN. ¿Por qué? A continuación mis razones.
Revisando legislaciones de otros países, me encuentro que en muchos de ellos existe un examen de conocimiento de motocicletas, que tiene que ser aprobado para luego pasar a un examen de aptitud de conductor de motocicleta y así obtener licencia.
Dentro de las normas de estos países aplicables a la conducción de motocicletas, leo que “no deben adelantar a otros vehículos por la derecha o entre vehículos que transiten por sus respectivos carriles” (Colombia). Aquí te pasan por la derecha, por la izquierda o entre el espacio de separación de vehículo a vehículo, apareciéndote de improviso y causando el accidente.
“Aunque la estructura del vehículo lo hiciere posible, estos no pueden transitar en forma paralela o en doble fila o sea que no pueden compartir carriles” (Argentina) y cuando fueren en grupo tienen que manejar uno tras otro en forma escalonada (USA); al pasar al lado de carros estacionados pasar en el extremo del carril, previniendo así que en cualquier momento puede abrirse una puerta; deben de llevar siempre ambas manos en los manubrios; no pueden transportar carga de ninguna clase; deben usar botas para protección de los tobillos, igual que usan casco para protección de la cabeza; mientras conducen no pueden usar ningún reproductor de sonido que pueda desviar su atención; nunca ubicarse en los puntos ciegos de vista de los vehículos y nunca transitar por aceras y espacios existentes entre vías etc.
¿Se les ha enseñado algo de esto a los conductores de motocicletas? ¿Hay normas escritas al respecto? En Nicaragua no existe manual alguno para instruir debidamente a los usuarios de motocicletas y entonces me pregunto, como podemos exigirles, si ellos no conocen las reglas y normas específicas de comportamiento al conducir y si la PN las conoce, está en la obligación de enseñarlas y velar por el cumplimiento de ellas. ¿Lo hace?
Debe de iniciarse un programa de divulgación de todas aquellas normas que señalen la debida conducción de motocicletas y la PN velar por su acatamiento. Estoy seguro que a corto plazo, el porcentaje de accidentes vehiculares donde se involucren estas se vería drásticamente reducido.
En mi búsqueda de información acerca de cómo controlan el tránsito de motocicletas en otros países, me encontré con el Manual Para Usuarios De Motocicletas Del Distrito De Columbia. (DC) Motorized Vehicles Department. Está en español.
Muy bueno. Las empresas distribuidoras de motocicletas deberían imprimir algo semejante y en cooperación con la PN iniciar un programa de protección ciudadana.
El autor es abogado y notario.