José Evenor Taboada
Dedico este escrito a los miembros probos y competentes del Poder Judicial y a los nicaragüense convencidos de la necesidad de una justicia solamente comprometida con ella misma, sin distingos políticos, sociales ni económicos.
El Poder Judicial de muchos países es motivo de admiración y orgullo por la calidad moral y profesional de sus integrantes. Ser juez o magistrado es la aspiración más elevada del abogado. En esos países, el Poder Judicial es pilar que sostiene el edificio jurídico de la sociedad, vela por ella y es garantía de la existencia del estado de derecho y del imperio de la justicia entre los ciudadanos. Por tal papel y comportamiento, el Poder Judicial es respetado y admirado por la sociedad a la que sirve.
Desafortunadamente, en Nicaragua hay una creciente percepción negativa y cada vez más generalizada respecto a la probidad y competencia de algunos miembros del Poder Judicial, percepción que por su extensión y gravedad empieza a amenazar con afectarlos a todos, sin los merecidos distingos.
En las últimas semanas las noticias han convertido en tema de primera plana la situación ética del Poder Judicial. El tema amerita ser abordado por la sociedad nicaragüense con altura y plena conciencia de su trascendental efecto en la vida ciudadana y en el desarrollo del país.
Sin un Poder Judicial honesto y competente, que garantice la seguridad jurídica, el desarrollo del país es imposible. No es que ello sea condición suficiente para ese desarrollo, pero es condición indispensable. Esta seguridad jurídica tiene dos requisitos: La claridad y fijeza de las reglas del juego, y la aplicación de esas reglas del juego por un sistema judicial honesto y competente.
En el Poder Judicial hay jueces y magistrados probos y competentes. Para esos profesionales la coexistencia con jueces y magistrados corruptos y/o incompetentes es causa de mucha vergüenza y frustración, pues nada es más gratificante para el hombre de bien que sentirse parte de una institución que es esencial para el funcionamiento del país y que goza del aprecio y respeto de la ciudadanía, sentimientos que la corrupción o la ineptitud alejan.
La corrupción de la justicia adopta varias formas que deben ser erradicadas. Las más obvias son el tráfico de dinero e influencia para obtener una sentencia, agilizar un trámite o detener un proceso. Pero también es corrupción la actuación judicial motivada por razones partidarias o guiada por amiguismo. Por último, es corrupción todo lo que sea actuar o fallar conscientemente sin apego a la ley.
En la Corte Suprema de Justicia funciona la Comisión de Régimen Disciplinario, cuya responsabilidad es conocer las quejas que la ciudadanía presenta respecto al comportamiento impropio de algunos jueces y magistrados. Las sanciones que hasta la fecha ha impuesto dicha Comisión son mínimas comparadas con la cantidad y gravedad de las denuncias y las evidencias aportadas en cada caso. No es cierto que la mayoría de esas denuncias estén motivadas por la pérdida de un caso, independientemente de si el fallo se apegó o no a derecho. Es indispensable que esa Comisión esté inspirada por la máxima conciencia ética y absoluta claridad de la importancia capital del Poder Judicial, para que sus decisiones sean expresión de justicia e imparcialidad; sin tales características no gozará del respeto y la confianza de la población ni del reconocimiento como el garante inmediato y primero de la probidad y calidad de los jueces y magistrados.
Es deplorable que en el ámbito penal y en el civil siguen impartiendo “justicia” personas conocidas como traficantes de sentencias y acusadas en múltiples denuncias, aún sin sanción alguna, o meramente trasladadas a otra jurisdicción.
No se puede esperar instituciones sanas y sólidas si la sociedad a la que sirven no exige permanentemente un comportamiento ético y competente a sus funcionarios o si el sistema de nombramiento, desde la cúpula de la institución hasta el último de sus miembros, es un proceso diseñado para permitir el ingreso de los incondicionales, compadres o correligionarios, independientemente de su calidad moral y profesional. La sociedad debe requerir que se realicen las reformas necesarias para que la denominación sea exclusivamente por la calidad profesional y moral del designado. Igualmente, los electores (diputados, o bien magistrados) deben tomar conciencia de la trascendencia de una correcta selección para cada vacante.
Confío en que este debate, que se ha reactivado con especial vigor últimamente, cuente con los aportes de los miembros del Poder Judicial comprometidos en su depuración y estimule la realización de un tratamiento radical, permanente y cada vez más objetivo de este Poder del Estado, tan esencial para el desarrollo de Nicaragua. Y que más que las voces que niegan las realidades o se escudan en una dañina solidaridad de grupo, o que usan calificativos peyorativos contra las personas para responder a los cargos, se pueda encontrar a la brevedad propuestas de soluciones a estos temas tan graves que la sociedad percibe. Y que también se encuentre a una sociedad comprometida en apoyar los esfuerzos que internamente realice el Poder Judicial para alcanzar esa depuración y la merecida dignificación.
El autor es abogado.