Procurador en el foso de los leones

La acusación ante la Corte Suprema de Justicia, y la acción de la Comisión Disciplinaria de la misma contra el Procurador General de la República (por la ley), Francisco Fiallos Navarro, es sin duda una represalia libero-sandinista contra dicho prominente funcionario del Poder Ejecutivo.

Es evidente que los arnoldistas no perdonan al procurador Fiallos que acusara judicialmente al ex presidente Arnoldo Alemán por delitos de corrupción; y los sandinistas tampoco le perdonan que habiendo sido embajador del gobierno revolucionario en Estados Unidos, se pasara a la oposición y vendiera el edificio de la Embajada para financiar actividades contrarrevolucionarias.

Pero fue el mismo procurador Fiallos quien se arrojó al foso de los leones revanchistas al haber amenazado públicamente con perseguir la corrupción en el Poder Judicial.

En realidad, el problema no es si hay o no corrupción en el Poder Judicial, pues sin dudas que la hay y la misma Corte está aplicando medidas disciplinarias contra jueces involucrados en decisiones turbias y sospechosas. Además, es obligación de la Procuraduría General de la República proceder contra los funcionarios públicos —inclusive del Poder Judicial— que de manera comprobada hubiesen cometido delitos de corrupción.

Lo malo fue la forma errónea con que el procurador Fiallos planteó el problema, alardeando ante los medios de comunicación de su férrea voluntad de perseguir la corrupción en el Poder Judicial, pero sin presentar primero ante la misma Corte Suprema de Justicia el o los casos específicos y documentados de jueces y magistrados corruptos.

En este sentido, el procurador en funciones Fiallos, cometió el mismo error del titular de la Procuraduría, doctor Oscar Herdocia, quien se pronunció públicamente a favor del doctor Francisco Mayorga —procesado y encarcelado por el caso de la quiebra del Banco del Café—, lo que era impropio que hiciera por el cargo que ejercía y representaba. Y aunque el doctor Herdocia explicó que el pronunciamiento a favor de Mayorga lo hizo a título personal, con esa explicación cometió otro craso error porque el Procurador General de la República no puede quitarse y ponerse el uniforme del cargo y el traje de ciudadano particular, a tenor de sus conveniencias y simpatías personales.

Volviendo al caso del procurador Fiallos, él no puede ni debe darse públicamente ínfulas de ser un Saint Just (el implacable fiscal del Comité de Salud Pública de la Revolución Francesa durante el terror revolucionario), sino que su obligación es comportarse discretamente en lo personal y actuar oficialmente de manera eficiente e inclaudicable, pero ecuánime y ponderada.

Ahora bien, el hecho de que el procurador Fiallos cometiera ese error de protagonismo no justifica las represalias de ningún magistrado ni comisión de la Corte Suprema de Justicia, cuyas funciones son precisamente las de hacer justicia y no las de vengarse de nadie, ni siquiera de quienes de una u otra manera agraviaren a los magistrados.

La Corte ni ninguno de sus magistrados y organismos funcionales pueden arrogarse la facultad de juzgar y condenar al Procurador General de la República. La Ley Orgánica del Poder Judicial de la República de Nicaragua es clara al señalar que la Corte “conoce y resuelve: Las acciones penales en contra de aquellos funcionarios que la Constitución Política señale, previa privación de su inmunidad” (artículo 27, numeral 3). Y los únicos funcionarios señalados por la Constitución que pueden ser juzgados por la Corte son el Presidente y el Vicepresidente de la República (artículo 130, párrafo 5).

Y en lo que se refiere a la atribución de la Corte de suspender a los abogados y notarios (artículo 164 numeral 8 de la Constitución; artículo 64, numeral 10, y artículo 71, numeral 3, de la Ley Orgánica del Poder Judicial), no cabe en este caso del Procurador porque no se trata de un abogado acusado por su cliente, sino de un funcionario público superior que en ejercicio de sus funciones dio declaraciones supuestamente ofensivas para algunos magistrados y jueces.

En todo caso, lo que debería hacer la Corte es quejarse ante el Presidente de la República y pedir que sancione al procurdor Fiallos. De otra manera, si la Corte lo castigara al Procurador sería una mezquina venganza que desprestigiaría aún más al Poder Judicial.  

Editorial
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