Gerardo Rodríguez Olivas
El treinta y uno de agosto del dos mil uno, la Sala Civil número Dos del Tribunal de Apelaciones de Managua, emitió una Resolución, en la que ordenó la suspensión de la licitación de la privatización de Enitel, mientras la Corte Suprema no resolviera el fondo del recurso. La Presidencia de la República decidió ignorar la orden, alegando, a través del Jefe de la Asesoría legal que la sentencia era nula. A pesar del mandato del Tribunal, la licitación se llevó a cabo y los Magistrados que emitimos la orden fuimos perseguidos y acusados de Prevaricato, con la aviesa complicidad de algunos Magistrados del Supremo Tribunal.
En el mes de septiembre del dos mil uno, en la misma Sala fue introducido un Recurso de Amparo, en contra del Ministro de Gobernación, por la conformación de la Policía Electoral. El ministro Marenco de la época, ignoró la orden de suspensión del acto recurrido y acusó también a los Magistrados firmantes de la Resolución, de Prevaricato.
En abril, se presentó otro recurso de Amparo, esta vez contra la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, por haber ésta aprobado el dictamen de la asesoría legal, según el cual, no cabía darle trámite a la solicitud de desafuero del Presidente de la Asamblea presentada por la Juez Segundo de Distrito del Crimen de Managua, porque era inconstitucional. Al aprobar la Junta Directiva tal dictamen, de hecho se convirtió en Tribunal Constitucional. La Sala, decidió acoger el Recurso y ordenó la suspensión del acto recurrido. La orden fue ignorada, argumentándose la carencia de facultades del Tribunal para ordenar la suspensión del acto.
Recientemente, la Juez Primero de Distrito del Crimen de Managua, ante denuncia de la Procuraduría de Justicia, contra dos diputados, presentó a la Junta Directiva, la solicitud de desaforación de dichos diputados, la que decidió incumplirla, alegando que tal solicitud era de naturaleza política.
Falta de competencia de los tribunales o jueces, en unos casos, inconstitucionalidad de las sentencias en otros, nulidad de las sentencias, sentencias políticas, etcétera, lo cierto es que un fenómeno peligroso para la estabilidad y la institucionalidad del país se está produciendo: el desconocimiento de los fallos judiciales, con lo que se ignora olímpicamente el mandato constitucional del artículo 167, de que los fallos y resoluciones de los tribunales, son de ineludible cumplimiento para las autoridades del Estado, a la vez que se produce “invasión de funciones” por parte de ciertos órganos del Estado, o se atribuyen funciones que la ley no les da, con lo que se viola también el artículo 159 constitucional, según el cual, las facultades jurisdiccionales de juzgar, corresponden exclusivamente al Poder Judicial.
Más allá del aspecto positivista del problema, esa nueva actitud de algunos funcionarios, de erigirse en juez de jueces, desestabiliza al país, por varias razones: genera ingobernabilidad, al hacer inefectivas, o estériles las decisiones judiciales, provoca desconfianza de los gobernados hacia sus instituciones y promueve la idea de que cada quien debe hacerse justicia por su propia mano, rompe el sistema de equilibrio de competencias y controles de los poderes, elemento fundamental de todo Estado de Derecho, violenta la seguridad jurídica, presupuesto de legalidad de todo país, viola el principio constitucional supremo de igualdad ante la ley y hace que haya personas más iguales que otras y que esos más iguales apliquen las reglas pero sólo para su propio beneficio, vulnera la conciencia jurídica, al hacer que la autoridad estatal, que es la primera que debe apegarse estrictamente a la legalidad para dar el ejemplo, se convierta en paradigma de la anarquía y el desorden.
El Estado de Derecho, del que tanto se habla y muy pocos trata de hacer imperar, requiere de confianza en el cumplimiento del orden legal establecido, subordinación de todos los funcionarios a la ley y respeto contundente, a la independencia y la imparcialidad del Poder Judicial.
La ley, esa “ordenación de la razón”, como decía santo Tomás de Aquino, esa norma que rige la convivencia colectiva, debe ser obedecida por todos. Al desconocerla los propios funcionarios del Estado, deslegitiman el poder y rompen el equilibrio social. No cumplir una sentencia, alegando su “nulidad”, su “incompetencia”, su inconstitucionalidad”, o “su carácter político”, no es más que una apología del desorden y la contra institucionalidad y por ende, un golpe de Estado permanente, cuyas consecuencias nefastas no han sido ponderadas. Juez de jueces es un juego peligroso donde sólo hay perdedores. ¿Eso queremos para el país?
El autor es Magistrado del Tribunal de Apelaciones de Managua.