Derecho a la información

José A. Poveda S.*

El derecho a la información es una conquista de la humanidad. Desde la invención de la imprenta hasta nuestros días ha transcurrido todo un proceso para que ese derecho cobre vigencia y se convierta en un derecho de los pueblos. La libertad clásica de expresión a través, primero de la prensa y luego de cualquier medio de difusión, ha sido completada con un nuevo abanico de derechos fundamentales, tales como la libertad de informar, el derecho a recibir información, la cláusula de conciencia, el derecho de acceso a los registros y archivos administrativos.

La libertad informativa es el modo libre de ejercitar el derecho a la información. La libertad así, no tiene sentido voluntarista y caprichoso de difundir lo que se quiera y como se quiera, sino lo que es conforme en la naturaleza de los mensajes, a la coordinación con los demás derechos humanos y al mandato del público en cuyo nombre el informador y la empresa informan.

Mientras la comunicación interpersonal fue la única forma de comunicación humana, el derecho a la libertad de opinión era el único derecho a la comunicación. Más adelante, con la invención de la imprenta, se añadió el derecho de expresión. A medida que se desarrollaban los grandes medios de comunicación, el derecho a buscar, recibir e impartir información pasó a ser preocupación principal.

Es frecuente que los elementos de la libertad de expresión como libertad primaria y los del derecho a informar se entremezclen, dadas sus fronteras imprecisas haciéndose por ello necesaria la distinción entre sus ámbitos operativos: la libertad de información versa sobre hechos que pueden y deben someterse al constante de su veracidad, en tanto que la libertad de expresión tiene por objeto pensamientos, ideas, opiniones, creencias o juicios de valor.

La exigencia de la veracidad a la que se encuentra condicionada la libertad de información rige respecto de la libertad de expresión, siendo esencial para el legítimo ejercicio de ésta que no se empleen expresiones formalmente injuriosas mientras que en la libertad de información, es además, decisivo el requisito de la veracidad de la noticia y ello parte de la relevancia de la misma para la formación de la opinión pública.

La prensa posee el potencial para definir y fortalecer los mecanismos institucionales de un gobierno civil y responsable, y fungir como defensor de los derechos ciudadanos.

La credibilidad ha pasado a ser un elemento central para el medio de comunicación, que se convierte en el atributo que genera audiencia sobre la sociedad. Este objetivo depende del grado de profesionalismo ético que logra desarrollar entre el cuerpo de periodistas que forman a su equipo de redacción; y a la independencia de su política editorial.

Nuestra Constitución, como los tratados internacionales, facultan la libertad de expresión y el derecho a la información, que comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole por cualquier medio, sin censura previa, pero a la par condicionan que su ejercicio no dañe la moral ni el orden público.

* Vicedecano de la Facultad de Derecho, UNAN-León.  

Editorial
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