Los restos de Ervin Gutiérrez Espinoza, el migrante nicaragüense asesinado de un disparo en la cabeza en Guanacaste, Costa Rica, fueron sepultados este martes 23 de junio en el cementerio municipal de Belén, Rivas. El hecho ha causado indignación, porque preliminarmente se conoce que a Gutiérrez Espinoza le dispararon por entrar a una propiedad a cortar mangos.
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La despedida ocurre apenas un día después de que un juez costarricense rechazara la versión de legítima defensa presentada por el hombre señalado como responsable del crimen y le impusiera tres meses de prisión preventiva mientras avanza la investigación.
Gutiérrez, de 42 años y originario de la comunidad San Juan Viejo, murió la tarde del viernes en Paso Tempisque, cantón de Carrillo, Guanacaste, luego de recibir un disparo cuando ingresó junto a dos compañeros a una propiedad, donde recogían mangos.

«En ningún momento hubo discusión»
Roberto Alexander Obando Quintanilla acompañó los funerales de Ervin. Él también pudo haber muerto porque es uno de los trabajadores que acompañaba a Gutiérrez aquella funesta tarde.
«El agresor venía y nos dijo que saliéramos y nosotros simplemente íbamos saliendo de la propiedad, pero él disparó. Yo escuché un disparo. Cuando escucho el segundo disparo volví a ver y fue cuando mi compañero cayó. En ningún momento hubo discusión», dijo Obando Quintanilla a la plataforma de noticias El Relato en Portada.
Su testimonio rebate la hipótesis de que Ervin agredió primero al sospechoso, quien pretendía alegar defensa propia, asegurando que sintió amenazada su vida y por eso disparó.
Aunque el sospechoso alegó que el nicaragüense lo amenazó con un machete, el juez ordenó tres meses de prisión preventiva, según un informe del medio costarricense Noticias Repretel.
La medida cautelar fue impuesta cuatro días después del crimen ocurrido en Paso Tempisque, cantón de Carrillo, en la provincia de Guanacaste, Costa Rica.
Cuatro hijos huérfanos
En medio del dolor, Margarita Hernández, compañera de vida de Ervin, dijo que él no era un hombre agresivo.
«Eso de la legítima defensa estábamos claros que era falso. Él siempre caminaba ese machete cuando salía de la casa donde vivía en Costa Rica porque le gustaba ir recolectando leña. Él no era un hombre problemático ni agresivo», afirmó Hernández.

La mujer asegura que con la muerte de Gutiérrez cuatro hijos quedaron sin padre. Tres son niños que procreó con ella y un adolescente de 15 años de su primera relación. Gutiérrez Espinoza era el único sustento económico de la familia.
«Ese sábado lo estábamos esperando porque ese día tenía programado viajar a Rivas, pero ese hombre le arrebató la vida», lamentó la viuda.
Un hombre tranquilo
Quienes conocieron a Ervin Gutiérrez lo recuerdan como un hombre trabajador y alejado de conflictos. Su tío Carlos Espinoza rechaza cualquier intento de presentar a la víctima como una persona violenta: «No es porque ya esté fallecido que uno va a hablar solo cosas buenas de él, pero la realidad era esa, todas estas personas se lo pueden decir, era tranquilo».
Espinoza sostiene que el grupo únicamente transitaba por un camino que utilizaba con frecuencia para dirigirse a sus labores de extracción de arena.
«Se les ocurrió pasar por ahí recogiendo un manguito para comer. Yo pienso que a todos los seres humanos nos gusta, hasta los animales gustan de la fruta», dice.
Carlos Espinoza agradeció el respaldo recibido por la comunidad tras el crimen: «La mayoría de la gente costarricense y nicaragüense espera que se haga justicia. La gente nos apoyó grandemente», expresó.
¿Cuándo aplica la legítima defensa?
Abogados de Costa Rica fueron consultados por Noticias Repretel. Todos coinciden en que la legítima defensa no se determina únicamente por el hecho de que una persona se encuentre dentro de una propiedad privada.
«Únicamente cuando verdaderamente tenemos un ataque directo a nuestra vida tenemos el derecho de defender esa vida de la forma que sea», indicó el abogado Boris Molina.
Por su parte, el criminólogo Esteban Ruiz, consultado por el mismo medio, señaló que las autoridades deberán analizar si existió un peligro real e inmediato.
«No se determina únicamente por el hecho de que una persona estuviera dentro de una propiedad privada o no. Lo que aquí van a analizar las autoridades es si existía una agresión actual o inminente, si la persona realmente enfrentaba un peligro para su vida o su integridad física y si la respuesta fue necesaria para repeler ese tipo de amenaza», explicó.
Mientras, el abogado penalista Denis Solano agregó que incluso cuando existe una amenaza, la respuesta debe ser proporcional.
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«Si la persona tenía conocimientos o no en uso de armas y dispara a la cabeza, podríamos estar teniendo un problema ahí y podemos determinar que hay un exceso de una legítima defensa», advirtió Solano, quien agregó que una condena solo podría evitarse si se demuestra plenamente que la actuación fue necesaria para impedir una agresión real.
“Si la persona entra de forma abrupta, gritando, amenazando, chantajeando, ahí sí puede bastar una legítima defensa y se le conoce como legítima defensa privilegiada”, explicó el penalista.