La ANA realizó inspecciones técnicas de control y seguimiento a aprovechamiento de aguas superficiales y tratamiento de aguas residuales en una empresa minera ubicada en El Jícaro. ANA

La ANA realizó inspecciones técnicas de control y seguimiento a aprovechamiento de aguas superficiales y tratamiento de aguas residuales en una empresa minera ubicada en El Jícaro. ANA

Nicaragua Xinxin Linze Minería «seguirá operando, pese a las sanciones»

Autorizaron a dos mineras chinas la extracción de más de 200 millones de litros de agua al año. Ambientalista explica alcance de autorización estatal

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El ambientalista y presidente de la Fundación del Río, Amaru Ruiz, denunció que la empresa china Nicaragua Xinxin Linze Minería Group Sociedad Anónima, recientemente castigada por Estados Unidos, «seguirá operando, pese a las sanciones». El régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo, a través de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), autorizó a dicha minera y a Linze Excelente Minería S.A., extraer más de 200 millones de litros de aguas superficiales.

«El régimen otorgó estas certificaciones de permisos de extracción de agua a la empresa sancionada, lo que quiere decir que van a poder seguir operando, pese a las sanciones», sostiene Ruiz.

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La empresaria china Lijun Dong aparece en las publicaciones de La Gaceta como representante de Nicaragua Xinxin y Linze Excelente Minería. En noviembre de 2025, LA PRENSA reveló que Nicaragua la compañía recién sancionada exportó a EE. UU. unos 25.6 millones de dólares en oro nicaragüense, entre enero y agosto de ese año.

El 16 de abril, el Departamento de Estado de Estados Unidos sancionó a Nicaragua Xinxin, junto a seis mineras más. Las catalogó como «compañías cómplices de la dictadura».

Ambientalista: «Inversión es mínima»

El jueves 7 de mayo, ANA publicó en La Gaceta las dos certificaciones para aprovechamiento de aguas superficiales: la primera a favor de Nicaragua Xinxin para extraer en la cuenca denominada «Río San Juan», en El Almendro, en Río San Juan y la otra a Linze Excelente Minería S.A., para el aprovechamiento de agua en la cuenca «Río Escondido», en Santo Domingo, en Chontales.

Ruiz explica que, por la diferencia en el proceso de extracción de aguas superficiales y subterráneas, la empresa china sancionada por EE. UU. hará inversiones menores.

«No es lo mismo extraer aguas subterráneas a través de sistemas de pozos que extraer aguas superficiales que son posiblemente vinculadas a ríos o quebradas que van a empezar a extraer», indica.

La ANA realizó inspecciones técnicas de control y seguimiento a aprovechamiento de aguas superficiales y tratamiento de aguas residuales en una empresa minera ubicada en El Jícaro. ANA
La ANA realizó inspecciones técnicas de control y seguimiento a aprovechamiento de aguas superficiales y tratamiento de aguas residuales en una empresa minera ubicada en El Jícaro. Foto: ANA

En la certificación de ANA, publicada en el diario La Gaceta, se lee que el uso autorizado de las aguas superficiales corresponde a «consumo humano e industrial».

El ambientalista e investigador afirma que «ese término se utiliza para el proceso de procesamiento del oro», pero «lo que no se sabe qué tipo o qué técnicas van a utilizar estas empresas chinas en la zona donde se les entregó el permiso de extracción».

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Nicaragua Xinxin tiene el derecho de aprovechar anualmente 168,000 metros cúbicos (m³), equivalentes a 168,000,000 litros y la otra minera a 49,547.18 m³, equivalen a 49,547,180 litros. En total, las mineras chinas tienen el derecho de utilizar 217,547,180 litros.

Más de C$400 mil mensuales

Ruiz precisó que las empresas chinas deben pagar por cada metro cúbico. «Los pagos son un canon de ordenamiento vinculados a los m³, en Nicaragua la ley establece un pago por cada m³», dijo.

La Ley 620 o Ley General de Aguas Nacionales en Nicaragua en el título VI y capítulo I «De los cánones», en su artículo 87 indica que «se establece el pago de un canon por el uso o aprovechamiento de aguas nacionales o los bienes nacionales que administre la Autoridad del Agua».

Además, señala que el canon debe ser establecido y aprobado mediante una ley especial dictada por la Asamblea Nacional y que los montos recaudados se destinarán preferentemente a cubrir los «gastos para la administración, planificación, investigación, desarrollo tecnológico y sistema de información».

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El dictador Daniel Ortega por medio de una reforma al Decreto N. 20-2008, Cobro para Coadyuvar con la Conservación y Protección de los Acuíferos, publicado en La Gaceta No. 83 del 05 de mayo del 2008, estableció en marzo del 2011 el pago de un canon por el uso o aprovechamiento del agua por un monto en córdobas equivalente a 0.05 dólares por m³.

Decreto pago por cada metro cúbico de agua extraída
Decreto pago por cada metro cúbico de agua extraída

Los 0.05 dólares equivalen a 1.84 córdobas. Este pago debe hacerse mensual a la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados Sanitarios (Enacal) y la cantidad que sea recaudada será distribuida de la siguiente manera: 50 por ciento a la Enacal; 25 por ciento a la ANA; y 25 por ciento al Instituto Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (INAA).

Es decir, Nicaragua Xinxin debe pagar mensualmente 309,120 córdobas y Linze Excelente 91,166.44 córdobas. Ambas empresas al mes le pagarán a las instituciones del régimen 400,286.81 córdobas.

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