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Este miércoles 4 de marzo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dio a conocer su sentencia condenatoria al Estado de Nicaragua, por la violación a los derechos humanos y la integridad física del señor Jaime Chavarría y su familia.
Los miembros de la familia Chavarría fueron agredidos brutalmente por una turba sandinista, el 27 de julio de 2008, durante una verificación de listas de votantes previa a las elecciones municipales de noviembre de ese año.
Ellos denunciaron la agresión ante las autoridades nicaragüenses y reclamaron justicia. Pero su demanda no fue atendida porque los organismos policiales y judiciales no eran (no son) institucionales sino parte orgánica de la misma dictadura.
Al no encontrar justicia en Nicaragua, la familia Chavarría denunció el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y en noviembre de 2023; 15 años después de la agresión, el asunto llegó hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Y ahora, dos años y cuatro meses después de que la demanda ingresara a la Corte IDH, y 17 años y medio desde que ocurrió la agresión de las turbas orteguistas contra la familia Chavarría, el Estado de Nicaragua ha sido condenado.
La Corte IDH establece en su sentencia que el Estado de Nicaragua violó los derechos de Jaime Chavarría y su familia a la integridad personal, libertad de pensamiento y de expresión, derechos políticos, derecho a la igualdad ante la ley y sus derechos humanos. La sentencia determina la responsabilidad estatal por la afectación al derecho a la integridad personal, a las garantías judiciales, a la protección judicial, y a la protección de la familia, así como por la afectación al proyecto de vida en perjuicio de los hijos de Chavarría. Y ordena al Estado pagar indemnizaciones en favor de las víctimas por concepto de daño material e inmaterial.
Pero a la dictadura de Nicaragua no le importa absolutamente nada lo que diga y decida la Corte IDH. El régimen está en desacato con esta Corte desde el año 2022, cuando se negó a cumplir una serie de resoluciones de medidas provisionales cautelares que exigían al Estado liberar y garantizar la vida y la salud de más de un centenar de presos políticos. Y, como informa la agencia de noticias Efe, “desde entonces Nicaragua no responde a órdenes de la Corte IDH ni acredita representantes para las audiencias”.
Sin duda que la sentencia de la Corte IDH es satisfactoria moralmente para la familia Chavarría. Pero eso no significa que el régimen de Nicaragua pagará indemnizaciones a las víctimas ni que será castigado por ese ni por los muchos otros crímenes que ha cometido contra los nicaragüenses y contra el derecho internacional.
Como lo hemos dicho muchas veces, el derecho internacional en general y el de derechos humanos en particular, tienen una sólida base jurídica y una hermosa inspiración moral. Pero en la práctica no significan nada porque los tribunales de justicia internacional, incluyendo a la Corte IDH, no tienen fuerza coercitiva para obligar a los Estados a cumplir sus sentencias. De manera que estas en la realidad son ineficaces y únicamente dispensan una satisfacción moral.
E jurista colombiano Bernardo Henao Jaramillo escribe al respecto que el derecho internacional no tiene dientes y, en la época actual, es más urgente que haya una efectiva autoridad de justicia global. “Mientras no exista una autoridad internacional con legitimidad democrática, reglas claras y capacidad real de ejecución, el derecho internacional público seguirá siendo un derecho retórico: respetado cuando conviene y descartado cuando estorba”, dice el jurista colombiano cuyas opiniones son ampliamente compartidas en el mundo occidental.
“Hoy —agrega el jurista colombiano— los Estados violan abiertamente el derecho internacional, desconocen fallos judiciales, cometen actos ilegales y vulneran derechos fundamentales sin enfrentar sanciones oportunas. No porque el derecho sea confuso, sino porque el sistema está diseñado para permitir que el poder bloquee a la legalidad”.
De allí que muchos juristas y personas democráticas que saben de derecho internacional sostengan el criterio de que este “debe transitar de un derecho de Estados a un derecho de personas o pueblos, una evolución del derecho internacional privado, lo cual implica, que soberanía no solo es cosa de Estados o gobiernos, es más amplio aun y más amplia su responsabilidad”.
Pero eso parece una utopía y es muy difícil que se pueda hacer realidad. La verdad es que, por ahora, y nadie puede saber por cuánto tiempo, tendremos que conformarnos con la satisfacción moral que nos producen algunas sentencias de la justicia institucional internacional, como la de Corte IDH en contra del Estado dictatorial de Nicaragua y a favor de la familia Chavarría.