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Este lunes 19 de enero el representante permanente del Vaticano ante la Organización de Naciones Unidas (ONU), monseñor Gabriele Caccia, declaró que la Santa Sede considera necesario que se adopten “medidas explícitas para los crímenes contra la humanidad”. Lo dijo en el debate de una comisión diplomática que estudia la aplicación del Estatuto de Roma y el funcionamiento de la Corte Penal Internacional (CPI).
Según monseñor Caccia, los Estados “siguen siendo el lugar principal para las investigaciones y la acción penal en los casos de crímenes de lesa humanidad”, pero la comunidad internacional debe “abordar las dimensiones transnacionales de semejantes crímenes” y prestar “atención al sufrimiento de las víctimas, que requiere justicia, protección y asistencia”.
El representante del Vaticano no mencionó a ningún país donde se han cometido o se cometen actualmente delitos de lesa humanidad. Sin embargo, esos casos son muy conocidos por las denuncias de los organismos internacionales de derechos humanos. Por ejemplo, en lo que atañe directamente a los nicaragüenses, el Grupo de Expertos de la ONU en Derechos Humanos sobre Nicaragua (GHREN), ha denunciado y documentado en sus informes actualizados hasta finales del año 2025 que la dictadura de Nicaragua cometió delitos de lesa humanidad contra la población nicaragüense durante la sangrienta represión de 2018, y los ha seguido cometiendo de manera sistemática y generalizada. Además, el GHREN ha solicitado a la comunidad internacional emprender acciones legales para llevar a la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo ante la justicia internacional.
Los crímenes de lesa humanidad son definidos en el Estatuto de Roma que fue aprobado en julio de 1998, pero el Estado de Nicaragua no lo suscribió, a pesar de que en ese tiempo había un gobierno democrático en el país. El FSLN, con su gran influencia en el Estado, impidió su aprobación por temor de que al ser parte Nicaragua de la CPI en algún momento podría tener que responder por los crímenes de lesa humanidad que cometió en el periodo de la Revolución Sandinista de 1979 a 2000, pues tales delitos nunca prescriben.
Precisamente la CPI fue constituida no solo para juzgar a los autores de los crímenes internacionales más graves, sino también para evitar que se vuelvan a perpetrar y hacer justicia a las víctimas. “Los crímenes más graves de trascendencia para la comunidad internacional en su conjunto no deben quedar sin castigo —se dice en el Preámbulo del Estatuto de Roma— y, a tal fin, hay que adoptar medidas en el plano nacional e intensificar la cooperación internacional para asegurar que sean efectivamente sometidos a la acción de la justicia…”
El Estatuto de Roma define como crímenes de lesa humanidad, entre otros, “el asesinato, tortura, desaparición forzada o persecución cuando se realizan de forma generalizada o sistemática”. Tales actos criminales cometidos generalmente por dictaduras atentan contra la dignidad humana, de manera que son prohibidos por el derecho internacional y por su gravedad exigen investigación, justicia y reparación para las víctimas.
Lamentablemente, a pesar de la vigencia del Estatuto de Roma y la existencia de la CPI, en distintas partes del mundo se siguen cometiendo los crímenes de lesa humanidad. De allí que el representante ante la ONU de la Santa Sede —y por lo consiguiente de la Iglesia católica— haya expresado que “ante el aumento, en muchos contextos, de las violaciones de la sacralidad de la vida humana y la falta de respuestas colectivas, con consecuencias para los niños, las mujeres y los miembros de minorías étnicas y religiosas, que siguen sufriendo persecuciones, violencias y muertes que hieren profundamente la dignidad humana y la conciencia moral de la humanidad, se necesitan medidas eficaces de prevención”.
La Iglesia católica viene manteniendo con firmeza esta demanda desde 1953, cuando el papa Pío XII hizo un solemne llamamiento a los gobiernos de las naciones para que, ante las atrocidades perpetradas contra la población civil durante la Segunda Guerra Mundial, se adoptaran acuerdos internacionales que indicaran claramente los crímenes atroces que debían prohibirse y que se determinaran sus características con precisión jurídica.
Pasaron muchos años desde aquella justa y urgente demanda de Pío XII, hasta que al fin se aprobó el Estatuto de Roma y fue creada la Corte Penal Internacional. Ahora la lucha es para que estos instrumentos del derecho y la justicia internacional sean eficaces y que ningún criminal de lesa humanidad permanezca impune. Y que, aunque sus países no reconozcan la jurisdicción de la CPI, puedan ser acusados, juzgados y condenados de conformidad con el principio de jurisdicción universal.