La nueva reforma a la Constitución Política que impondrá la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo dejará a miles de nicaragüenses sin nacionalidad, pero también restringirá el acceso a otros derechos como pensiones, educación, salud o empleo, “afectando de forma transversal los derechos civiles, sociales y económicos”, advierte un jurista experto en derecho constitucional que solicita no ser citado.
Además, las personas afectadas no podrán votar o aspirar a cargos públicos, lo cual constituye “una forma de exclusión y castigo civil”, agrega.
Por su parte, el abogado y extrabajador del Poder Judicial, Yader Morazán, explica que las personas que pierdan su nacionalidad nicaragüense podrían también perder sus propiedades en Nicaragua, y “al convertirse en extranjeros, estas personas podrían enfrentar restricciones administrativas, como dificultades en trámites registrales o acceso a la justicia”.

El artículo 25 de la nueva reforma anunciada por el régimen y aprobada en primera legislatura el 16 de mayo, establece que “la nacionalidad nicaragüense se perderá al momento de adquirir otra nacionalidad”.
Además, hay cambios en el artículo 23, el cual se leerá de la siguiente manera: “Las y los extranjeros pueden ser nacionalizados, previa renuncia a su nacionalidad originaria. Las y los centroamericanos de origen, residentes en Nicaragua, tienen derecho de optar a la nacionalidad nicaragüense sin renunciar a su nacionalidad”.
Esta reforma, aprobada por la Asamblea Nacional controlada por la dictadura, entrará en vigor cuando sea aprobada en segunda legislatura y tras ser publicada por La Gaceta, diario oficial.
El régimen ha usado la desnacionalización como método represivo en contra de las personas que se oponen a Ortega y Murillo. Esta práctica ha sido condenada por organismos internacionales de derechos humanos y gobiernos de distintos países. Algunos gobiernos como México, España, Argentina o Colombia incluso han ofrecido su nacionalidad para que los afectados no queden apátridas.
Con esta reforma, Nicaragua entra a un club excepcional de países que no aceptan que sus ciudadanos tengan más de una ciudadanía. En América Latina, la doble nacionalidad no es permitida, o hay muchas restricciones para reconocerla, en Cuba, Guyana, Haití, Paraguay, Trinidad y Tobago y Surinam.
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También existen otros países en el mundo donde la nacionalidad se pierde al adquirir otra, como en Holanda, Japón o Alemania, salvo algunas excepciones.
Perderían propiedades
El jurista experto en derecho constitucional explica que la nueva reforma que hará el régimen afectará “gravemente” una serie de derechos fundamentales de los ciudadanos nicaragüenses.
En primer lugar, “atenta contra el derecho a la identidad, ya que elimina el vínculo jurídico que una persona tiene con su país de origen, afectando elementos tan esenciales como el nombre, la pertenencia cultural y la historia personal. También viola el derecho a no ser privado arbitrariamente de la nacionalidad, consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos”, detalla.
Por otro lado, el experto indica que actualmente las leyes nicaragüenses permiten que extranjeros posean propiedades, sin embargo, “en la práctica el régimen de Ortega ha usado la pérdida de nacionalidad como un medio para confiscar bienes, por tanto, las personas que pierdan su nacionalidad podrían enfrentarse a expropiaciones arbitrarias o limitaciones para vender, heredar o registrar propiedades, ya que las autoridades podrían considerarlas extranjeras sin estatus legal”.
El abogado Morazán coincide con el jurista y señala que, aunque la reforma no menciona algo sobre las propiedades de quienes pierdan la nacionalidad, estas personas al convertirse en extranjeros, están bajo “riesgo de confiscaciones arbitrarias, especialmente en un contexto político donde los derechos de propiedad han sido vulnerados históricamente”.
Además, hay otros derechos que pueden verse afectados, como el derecho al retorno al país, pues una persona desnacionalizada podría ser impedida de regresar a Nicaragua, incluso si esta aún tiene familia en el país.

Morazán también explica que si las personas nicaragüenses que pierdan la nacionalidad con esta medida tienen hijos en el extranjero, estos podrían no ser reconocidos con la ciudadanía nicaragüense.
Actualmente, el artículo 20 de la Constitución permite a los hijos de padres nicaragüenses reclamar la nacionalidad independientemente de su lugar de nacimiento. Sin embargo, si los padres pierden su nacionalidad al adquirir otra, “los hijos nacidos después no podrían reclamarla, ya que se requiere que al menos un progenitor sea ciudadano al momento del nacimiento. Los hijos nacidos antes conservarían su derecho, pero podrían enfrentar obstáculos administrativos para acreditarlo, como problemas con registros”, señala el extrabajador del Poder Judicial.
El jurista experto en derecho constitucional manifiesta que esto es una “ambigüedad jurídica” y que contradice las obligaciones internacionales de Nicaragua en materia de derechos del niño, “en particular el derecho del menor a tener una nacionalidad desde su nacimiento, conforme al artículo 7 de la Convención sobre los Derechos del Niño”, y expone a los menores a la apatridia.
Incertidumbre para quienes ya tienen doble nacionalidad
Respecto a los nicaragüenses que ya tienen doble nacionalidad, estos se encuentran “en una situación de incertidumbre jurídica”, señala el experto, pues no existen garantías de que el régimen de Ortega y Murillo respete el principio de irretroactividad de la ley.
“La práctica del régimen sugiere que podría utilizar esta reforma como base para invalidar documentos o negar servicios a quienes ya posean otra nacionalidad. Esto ya ha ocurrido con opositores a quienes se les cancelaron pasaportes, se les impidió ingresar al país o se les revocó la nacionalidad de forma administrativa, sin juicio previo”, valora el experto.
Y agrega que, en Nicaragua “no existen garantías reales” de que se respetará el principio de irretroactividad, “sobre todo en casos que el régimen considere políticamente inconvenientes”. Esto expone a las personas que ya poseen doble nacionalidad a ser objeto de revocaciones arbitrarias de documentos, exclusión civil, confiscaciones, e incluso restricciones migratorias o diplomáticas.
Yader Morazán también coincide en este punto y cree que los nicaragüenses con doble nacionalidad «podrían enfrentar presiones administrativas, como negación de documentos si no renuncian a otra nacionalidad, lo que violaría derechos adquiridos. La falta de disposiciones transitorias crea un limbo jurídico, especialmente para nicaragüenses en el extranjero, aumentando el riesgo de abusos en un contexto político incierto».
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Tratados internacionales violados por el régimen
Por otro lado, un abogado experto en derecho internacional y que nos pide anonimato explica que con esta reforma, el régimen estaría violentando varios tratados internacionales suscritos por Nicaragua y que se encuentran en vigor.
“Se viola la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en particular el artículo 20, que establece el derecho a la nacionalidad y prohíbe la privación arbitraria de la misma. También contraviene el artículo 15 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que reconoce que toda persona tiene derecho a una nacionalidad y que nadie será privado arbitrariamente de ella”, dice el experto.

Otros tratados violentados son la Convención sobre los Derechos del Niño, debido a que los hijos de los desnacionalizados nacidos en el extranjero no podrán optar por la nacionalidad nicaragüense. También el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, porque se privaría a los afectados de votar y de su derecho a elegir y ser electos en cargos públicos.
Además, aunque Nicaragua no es parte de la Convención de 1961 para reducir los casos de apatridia, “los principios contenidos en dicho instrumento han sido reconocidos como normas del derecho internacional consuetudinario”, y estarían siendo ignorados por el régimen.
También existen tratados bilaterales de doble nacionalidad que están siendo rotos con esta medida del régimen como el suscrito con España, que permite conservar la nacionalidad de origen al adquirir la otra.
“Al imponer la pérdida automática de la nacionalidad, Nicaragua está incumpliendo el principio pacta sunt servanda, contenido en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, que obliga a los Estados a cumplir de buena fe con los tratados que han ratificado”, detalla el experto en derecho internacional.