Managua 20 de Noviembre de 2012. Imagenes pago de impuestos, recaudacion de impuestos. DGI, Sajonia, frente a Ministerio de Gobernacion. Carlos Herrera / La Prensa

Ortega empieza a cobrar por primera vez en la historia impuestos sobre los diezmos, limosnas y ofrendas a las iglesias

Fuentes señalaron que a las iglesias se les están aplicando impuestos de hasta 30 por ciento sobre los ingresos, que en su mayoría son ofrendas y diezmos.

Llegó la hora de pagarle impuestos al régimen de Daniel Ortega y la novedad este año es que por primera vez en la historia económica reciente de Nicaragua las iglesias, sin importar la denominación, comenzaron a pagar impuesto por las ofrendas y diezmos que reciban, tras la reforma a la Ley de Concertación Tributaria realizada en agosto del año pasado.

Según fuentes conocedoras del tema, tras el inicio del proceso de declaración de impuestos, «todas las asociaciones religiosas fueron elevadas al régimen general y están pagando impuestos en este momento… Las iglesias habían estado exentas de impuestos sobre la renta a lo largo de la historia tributaria del país».

Señalaron que a las iglesias se les están aplicando impuestos de hasta 30 por ciento sobre los ingresos, que en su mayoría son ofrendas y diezmos.

Indicaron que debido a que las asociaciones religiosas requieren personalidad jurídica para su existencia caen en el régimen general y no así en el régimen de la cuota fija, donde la carga tributaria suele ser más baja respecto al régimen general.

«Y nadie habla por miedo, ni los empresarios ni nadie se queja por miedo», explica una de las fuentes.

Reforma en agosto

El 21 de agosto del año pasado, en silencio y a través de una derogación de ley, Ortega ordenó quitar exenciones a las iglesias de cualquier denominación, en un paquete de reformas que creó un nuevo modelo de trabajo de las organizaciones sin fines de lucro, donde aprovechó para hacer ajustes a la Ley de Concertación Tributaria (Ley 822).

En lo referido a la reforma a la Ley 822, la dictadura ordenó derogar el numeral 3 del artículo 32 de dicha ley, que protegía a las iglesias y otras instituciones religiosas del pago del Impuesto sobre la Renta (IR) de actividades económicas.

Hasta antes de la reforma, el numeral 3 del artículo referido a las exenciones subjetivas establecía que estaban exentos del pago del IR: «Las iglesias, denominaciones, confesiones y fundaciones religiosas que tengan personalidad jurídica, en cuanto a sus rentas provenientes de actividades y bienes destinadas exclusivamente a fines religiosos».

Al quitarle la protección fiscal a las iglesias y las instituciones protegidas por el numeral 3 del artículo 32 de la Ley de Concertación Tributaria, esto implicó que estas al declarar sus ingresos, que abarcan ofrendas, diezmos, limosnas y otros flujos, quedarán sujetas al pago del IR, donde hay tasas de entre 10 y 30 por ciento, según el ingreso anual que se vaya a declarar.

Antes no pagaban impuestos

Antes estos y otros ingresos, por formar parte de «rentas provenientes de actividades» propias de la religión solo se declaraban ante el Fisco, pero no estaban sujetos al pago de impuestos. Pero cuando les quitaron la exención a los grupos religiosos, pasaron a formar parte del régimen fiscal general, donde ahora son gravados.

En julio del 2023, el régimen también ordenó de forma ilegal el cobro del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a parroquias y templos evangélicos, pese a que el decreto ejecutivo número 3-95, aprobado el 31 de enero de 1995 incorpora a las instituciones religiosas dentro del grupo de exentos de este gravamen.

Las notificaciones de cobros de este impuesto las repartieron entre varias iglesias evangélicas y católicas en la primera mitad de ese año, pero fue hasta el mes de julio cuando algunos religiosos se atrevieron a denunciar la ilegalidad bajo condición de anonimato, pero presentando las notificaciones municipales recibidas.

No solo las iglesias

Según las fuentes, durante este periodo de declaración de impuestos correspondientes al 2024, las empresas también están sufriendo fuertes cobros por parte de la DGI.

«Esto es la realidad de las empresas y OSFL (las organizaciones sin fines de lucro) en este momento y de todos los que van a presentar declaraciones de IR anual que está cobrando impuestos con una voracidad increíble y con interpretaciones draconianas», explica una de las fuentes.

Indicó que actualmente la «DGI persigue a las empresas que reportan pagos por gastos de servicios profesionales».

La DGI emitió esta semana un comunicado donde informó que había llegado la hora de declarar y pagar el impuesto correspondiente al 2024, para lo cual describió una serie de recomendaciones.

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