Presos políticos y prisioneros de conciencia

Una organización política de exiliados nicaragüenses está impulsando una campaña de solidaridad con los obispos, sacerdotes y seminaristas católicos encarcelados, en la cual presenta sus fotografías personales y los identifica como presos de conciencia.

 No los presenta como prisioneros políticos, a pesar de que los religiosos católicos han sido procesados judicialmente y condenados por el régimen acusados de cometer supuestos delitos de carácter político, como por ejemplo haber respaldado la rebelión popular de abril de 2018 que el oficialismo califica como “intento de golpe de Estado”.

 Pero no es incorrecto, sino lo contrario, llamar presos de conciencia a  los religiosos católicos encarcelados.

Se sabe que hay una clara diferencia jurídica entre preso político y prisionero de conciencia, conceptos establecidos por  los organismos y cortes internacionales de derechos humanos para valorar con más exactitud a las víctimas de las violaciones a los derechos humanos que cometen los poderes estatales represivos.

 Por definición, preso político es una persona que pertenece a un partido o sector político, o que demuestra simpatía con una causa de esa naturaleza, a la que se encarcela sin que haya cometido delito y solo porque se la acusa de actuar para cambiar el gobierno de manera ilegal; o simplemente porque quienes detentan el poder suponen que esa persona representa una amenaza para el orden establecido.

La definición del preso de conciencia es parecida a la del prisionero político, pero se diferencia en que incluye un factor determinante que es precisado por Amnistía Internacional: “Se considera ´preso de conciencia´ a toda persona encarcelada o sometida a otras restricciones físicas por sus convicciones políticas, religiosas o cualquier otro motivo de conciencia, así como por su origen étnico, sexo, color, idioma, origen nacional o social, situación económica, nacimiento, orientación sexual u otras circunstancias, siempre que esa persona no haya recurrido a la violencia ni propugnado su uso”.

Sin embargo, en la práctica  ambos conceptos se mezclan y convergen pues hay presos políticos que no practicaron ni propugnaron la violencia sino que fueron encarcelados por sus ideas políticas, por reclamar el cumplimiento de la Constitución y de los tratados internacionales de derechos humanos y demandar, por ejemplo, el derecho de participar como elector o como candidato en elecciones libres y competitivas.

En el caso de los eclesiásticos católicos que están encarcelados ellos no formaban parte de ningún movimiento político. Lo que hicieron fue auxiliar a personas reprimidas durante la rebelión popular de 2018, sugerirle al régimen un plan ajustado a la Constitución para que el país pudiera salir pacíficamente y mediante un acuerdo nacional de la aguda crisis sociopolítica que sufría en aquellos días, así como ejercer su derecho de practicar la libertad religiosa.  

De manera que los religiosos católicos que están en la cárcel son típicamente presos de conciencia, pero en las condiciones de Nicaragua son también presos políticos. Y sobre todo son personas que han sido privadas de la condición esencial de la dignidad humana, que es la libertad.

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