El Juzgado Criminal y Correccional Federal Número 4, del Poder Judicial de la ciudad de Buenos Aires, Argentina, admitió la denuncia que interpuso el secretario ejecutivo del Centro de Asistencia Legal Interamericano en Derechos Humanos (Calidh), Danny Ramírez-Ayérdiz, en contra de Daniel Ortega por haberle despojado de su nacionalidad.
Ramírez-Ayérdiz —quien radica en Argentina desde hace ocho años— fue incluido el 15 de febrero pasado en la lista de 94 ciudadanos despojados de su nacionalidad y sus bienes, y a quienes la dictadura declaró “traidores a la patria”.
La denuncia la interpuso el pasado 6 de marzo en carácter individual, como ciudadano afectado por el régimen orteguista. “Yo interpuse esta denuncia con el objetivo de poder encontrar en la justicia argentina y en el juicio que se tiene abierto, una posibilidad de que Daniel Ortega y Rosario Murillo reciban una sanción acorde a los actos que han cometido en Nicaragua”, manifestó a Ramírez-Ayérdiz a LA PRENSA.
El Calidh presentó el 2 de noviembre de 2022 una denuncia por delitos de lesa humanidad contra los dictadores Daniel Ortega y Rosario Murillo y siete altos funcionarios del régimen, ante el mismo juzgado.
El organismo argentino constituido con el objetivo de defender los derechos humanos en América Latina basa la denuncia en el artículo 118 de la Constitución Política argentina, la cual reconoce el principio de Jurisdicción Universal y de la Ley 26:200, Ley para implementar el Estatuto de Roma.
Para que sirva de aliciente
Con su caso, dice el defensor, espera “alentar” a otras personas que han sufrido violaciones a los derechos humanos a que “se animen y puedan realizar esta denuncia para activar la Jurisdicción Universal”.
El principio de la Jurisdicción Universal se define como la facultad o la obligación que tienen los tribunales nacionales de investigar y, en su caso, enjuiciar los crímenes internacionales con independencia del lugar donde se hayan cometido, de la nacionalidad del posible responsable o de las víctimas, o de la existencia de cualquier otro vínculo de conexión con el Estado que ejerza jurisdicción, mediante la aplicación del Derecho Penal Interno y/o Internacional.
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El defensor explicó que el juez Ariel Lijo lo que ha hecho es “admitirme a mí como víctima en el proceso por crímenes de lesa humanidad que está llevando, y lo que él hace al tenerme como querellante es que yo voy a poder presentar mis propias pruebas en este caso, y también mis propios alegatos”.
A su vez, consideró que la admisión de su denuncia es un paso importante respecto a la Jurisdicción Universal. “Es importante porque el juez consideró que el despojo de la nacionalidad es un crimen de lesa humanidad, es muy importante, porque el juez en su resolución tomó en cuenta el informe del Grupo de Expertos en Derechos Humanos sobre Nicaragua (GHREN), de las Naciones Unidas”.
Da por sentado que “el juez está actuando de conformidad con las recomendaciones del grupo, es muy relevante eso, porque su resolución se basó en el informe”.
El pasado 2 de marzo, el Grupo de Expertos, a través del informe sobre las violaciones a derechos fundamentales, determinó que “cualquier país” puede investigar estos actos cometidos en Nicaragua por el régimen orteguista, catalogados como “crímenes de lesa humanidad”; y a su vez, llamó a la comunidad internacional a “iniciar acciones legales contra los individuos responsables de las violaciones, abusos y crímenes documentados, de conformidad con su legislación interna”.