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Vladimir Putin y Daniel Ortega. LA PRENSA/ARCHIVO

Las tres vías por las que Daniel Ortega podría ser enjuiciado por la Corte Penal Internacional

A pesar de que la Corte Penal Internacional no tiene jurisdicción en Rusia, esta emitió una orden de captura en contra de Vladimir Putin. ¿Qué se tendría que hacer para que pase lo mismo con Ortega?

La reciente orden de captura girada por la Corte Penal Internacional (CPI) en contra de Vladímir Putin, presidente de Rusia, generó la duda si en un futuro a Daniel Ortega, el dictador nicaragüense, podría pasarle lo mismo como consecuencia de los crímenes de lesa humanidad que comete contra los nicaragüenses, según el informe del Grupo de Expertos de Derechos Humanos sobre Nicaragua de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

El tribunal internacional, con sede en Países Bajos, dijo que Putin, uno de los aliados geopolíticos de Ortega, “es presuntamente responsable por el crimen de guerra de deportación ilegal de población —de niños— y el traslado ilegal de población —de niños— de las zonas ocupadas de Ucrania hacia la Federación de Rusia”. También se emitió una orden de detención por el mismo motivo contra Maria Alekseyevna Lvova-Belova, comisaria presidencial para los Derechos de la Infancia en Rusia.

Lea más en: Corte Penal Internacional emite orden de detención contra Vladímir Putin

LA PRENSA habló con expertos en derecho internacional y relaciones internacionales para conocer qué se puede hacer para que Ortega sea enjuiciado por la Corte Internacional.

Elevar el caso al tribunal internacional

Es importante destacar que los expertos aclaran que la CPI actualmente no tiene jurisdicción en Nicaragua porque el país no ha ratificado el Estatuto de Roma, requisito que establece la ONU para aplicar la jurisdicción de ese tribunal internacional en un país.

Actualmente, 123 países forman parte del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. De Centroamérica, con excepción de Nicaragua, todos los países son miembros.

En el caso de Rusia, aunque se desligó del Estatuto de Roma en 2016, los hechos por los cuales se acusa a Putin iniciaron en territorio de Ucrania, que sí es firmante del Estatuto de Roma.

Carlos Murillo Zamora, experto en derecho internacional, temas de integración y catedrático de la Universidad de Costa Rica (UCR), afirmó que el hecho de que la CPI no tiene jurisdicción en Nicaragua no blinda a Ortega en una acusación ante ese tribunal.

Murillo Zamora indicó que en el caso de Putin —que Rusia tampoco es parte ni firmante del tratado internacional— “si él viajara a un país que sí es miembro y ese gobierno decide aceptar la petición de la Corte puede detenerlo y entregarlo, es la única forma que pueda detenerse a un líder como Putin que tiene orden de captura, de lo contrario nadie puede entrar a Moscú a detenerlo y presentarlo a la Corte, eso mismo pasaría con Ortega”.

Las tres opciones para elevar la denuncia

Con lo anterior coincide el abogado nicaragüense Uriel Pineda, experto en derecho constitucional, exiliado en México, quien refiere que sin duda los crímenes de guerra como los crímenes de lesa humanidad “son competencia” de la Corte Penal Internacional.

Pineda afirmó que a pesar de que Nicaragua no es suscriptor del Estatuto de Roma existen excepciones en las que se pueda elevar la denuncia contra Ortega. Específicamente son tres vías, coincidieron los especialistas consultados, por las que Ortega puede ser denunciado.

La primera es que “el Consejo de Seguridad de la ONU puede enviar la causa a la Corte Penal, eso es posible jurídicamente, pero hay una imposibilidad política porque dentro del Consejo se encuentra Rusia, que es un aliado geopolítico para Ortega y lo más natural es que vete la iniciativa, y eso no materialice”, aclaró Pineda.

El Consejo de Seguridad de la ONU tiene cinco miembros permanentes con derecho a veto: China, Francia, Rusia, Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y los Estados Unidos.

Fernando Fernández, abogado venezolano y profesor de Derecho Penal Económico, Derecho Penal Internacional y Derechos Humanos, indicó que para que Ortega sea enjuiciado como Putin, tendrían que producirse los hechos —crímenes de lesa humanidad— fuera de Nicaragua, en un Estado parte del Estatuto de Roma, como Costa Rica. A esto se le conoce como Jurisdicción Universal y es la segunda vía –y la que expertos consideran más viable– para que la denuncia pueda llegar a la Corte Penal Internacional.

“Lo que yo he pensado, y creo que las cosas se orientan por ahí, es que solo se pueda cometer una investigación bajo la llamada Jurisdicción Universal, un país como Argentina o cualquier país de Europa que abra la investigación y eso requiere un gran esfuerzo por parte de las víctimas que sí están en territorio de esos países pudieran motorizar una acción penal de esa naturaleza, como el caso Augusto Pinochet, en Chile, y otros casos que han ocurrido bajo Jurisdicción Universal”, explicó Fernández a LA PRENSA.

Jan-Michael Simon, miembro del Grupo de Expertos de Derechos Humanos sobre Nicaragua (Ghren), en conferencia de prensa en San José, Costa Rica, dijo que al haber concluido que “el Estado de Nicaragua pueda estar violando la Convención de Naciones Unidas contra las Torturas, cualquier país que sea parte de la Convención pueda demandar al Estado de Nicaragua ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), en cuanto a la responsabilidad del Estado”.

Simon dijo que la Corte Penal Internacional tiene competencia “cuando hay actos-efectos transfronterizos y este impacte a un país que sea parte del Estatuto de Roma, tendrá la posibilidad de establecer su jurisdicción, habría que ver con mucha detención nuestro informe en donde están esos efectos transfronterizos”.

El experto nicaragüense Pineda dijo que así como Colombia, gobernado por Gustavo Petro, cuando condenó el despojo de la nacionalidad de los nicaragüenses dijo que se había informado sobre la medida represiva al fiscal de la CPI, “eso lo puede hacer un país suscriptor del Estatuto de Roma siempre y cuando acredite su calidad de tercero afectado”.

Un ejemplo de país afectado, dijo Pineda, es Costa Rica que ha sido receptor de miles de desplazados como consecuencia del estallido de la crisis sociopolítica en Nicaragua.

Para Pineda, la forma más viable para que la Corte Penal Internacional tenga competencia, es esta. “Que el segundo país afectado envíe una comunicación al fiscal de la CPI e inicie un proceso de investigación, que estaría nutrido por todos los informes de derechos humanos que se han emitido”.

La tercera forma sería la salida del poder del régimen de Daniel Ortega y que se establezca un nuevo gobierno que suscriba el Estatuto de Roma.

Simon aseveró en entrevista con la Revista Domingo que “en cuanto a la responsabilidad individual penal, sabemos que Nicaragua no es parte del Estatuto de Roma, sin embargo, hay varias posibilidades de poder abrir una jurisdicción en la Corte Penal Internacional, una es de una manera retroactiva una vez que haya un cambio de gobierno en Nicaragua se puede remitir el caso a la Corte Penal Internacional”.

Lea más en: ¿Podrá Vladímir Putin ser llevado a juicio por crímenes de guerra?

Pineda, por su parte, remarca que a pesar de que el Estatuto de Roma es claro en establecer que solo puede conocer de hechos posteriores a la ratificación del Estatuto, “también hay precedentes nacionales e internacionales respecto a la excepción de esa regla de competencia”.

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