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migrantes, Nicaragua

LAPRENSA/ARCHIVO

Esto debe tomar en cuenta si tiene planes de migrar o solicitar refugio en Costa Rica

¿Quiénes aplican?, ¿Qué implica llevar un proceso de refugio? ¿Puedo viajar fuera del país que me dio refugio? Estas y otras interrogantes contestaron las autoridades migratorias de ese país

Miles de nicaragüenses han abandonado el país por la crisis económica y la falta de oportunidades laborales, la agudización de la crisis sociopolítica o huyendo del acoso policial o de grupos orteguistas que amenazan con palo, cárcel o muerte a quien cuestione o confronte su poder autoritario. Muchos han visto en Costa Rica una opción para mejorar sus condiciones de vida.

El subdirector General de Migración de Costa Rica, Allan Rodríguez, dijo el 22 de agosto a 100% Noticias que a esa fecha las solicitudes de refugio de nicaragüenses sobrepasaban los 50 mil, lo que supondría una cifra récord a finalizar este año, tomando en cuenta que en el 2021 fueron en total 60 mil solicitudes.

“A este ritmo perfectamente podríamos alcanzar las 80 mil solicitudes, con eso tendríamos una cifra récord en cuanto a solicitudes, es algo que no lo habíamos visto antes en un solo año”, apuntó en ese momento al medio nacional.  

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Rodríguez también señaló que de las 200 mil solicitudes de refugio formalizadas, el 90 por ciento corresponde a nicaragüenses. Pero eso no garantiza que todos ellos reciban el beneficio al que aplicaron.

Tome nota

Las proyecciones apuntan a que el flujo migratorio hacia el sur continuará, pero antes los migrantes deben saber en qué consiste una solicitud de refugio, qué implica llevar este proceso, y apegarse al proceso que dicta la Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica.

Aunque la falta de trabajo, problemas económicos o incapacidad de sostenerse en Nicaragua son también motivaciones poderosas para la migración de muchos nicaragüenses, no son razones válidas para aplicar a un refugio, una figura que solo ampara a quienes pueden demostrar con testimonios creíbles, verificables y pruebas que su integridad física o psicológica se vio amenazada, vivieron situaciones de acoso, persecución, violencia o captura. Este estatus humanitario protege y da beneficios a quien lo obtiene, pero antes debe demostrar que verdaderamente lo necesita.

De las miles de solicitudes de refugio que tiene Migración y Extranjería de Costa Rica, no todas se apegan a las normas establecidas que reconocen a una persona como refugiada. Es por ello que se debe estar claro sobre el tema, y para eso, las autoridades explican lo siguiente.

¿Quiénes aplican?

Las autoridades migratorias reconocerán la condición de refugio a la persona que pruebe que es perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo u opiniones políticas, y que se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, por causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país.

“Al carecer de nacionalidad y por hallarse fuera del país, donde antes tenía su residencia habitual, no pueda o, por causa de dichos temores, no quiera regresar a él”, aclara.

¿Cómo es el proceso?

Los nicaragüenses y haitianos deberán gestionar las citas para el reconocimiento de la condición de refugiado mediante llamada telefónica al número 1311, o ingresando al sitio oficial www.migracion.go.cr, una vez que esté en el país, no antes. Las autoridades no atenderán los casos sin la asignación de cita previa.

Una vez realizada la solicitud, las autoridades emiten la fecha de una primera cita, que no es la definitiva, en la que solo se deberá confirmar la solicitud en persona.

Sin embargo, desde esa primera cita, la Unidad de Refugio de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) emite el carné de solicitante de refugio con una vigencia de hasta por 2 años.

El documento entregado a la persona solicitante de refugio indicará que el portador contará con la posibilidad de realizar actividades y labores con libertad de condición (por ejemplo, acceder a una cuenta bancaria o trabajar), después de tres meses contados a partir de su vigencia.

¿Qué requisitos deben de cumplir las personas que buscan el estatus de refugiado?

1- Presentar la solicitud antes mencionada.

2- Deberá completar un formulario con información sobre sus datos personales, los datos de sus familiares y la descripción detallada del porqué se vio obligado a abandonar el país. Una vez entregado el cuestionario, se le indicará la fecha en que debe presentarse al Subproceso de Refugio para que le entrevisten.

3- Una vez recibida la solicitud, las autoridades dan inicio con la revisión y el análisis por la Comisión de Visas Restringidas y Refugio.

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¿Qué implica una solicitud de refugio?

  • Tener un documento de identidad. El Estado costarricense está obligado a otorgarle un documento de identidad, sin importar la edad, para acreditar su permanencia en el país.
  • Acceso a servicios bancarios, sistema de salud o educación.

Tanto las personas refugiadas, como las solicitantes, tienen derecho a acceder a los servicios bancarios tanto públicos como privados, así como, al sistema de seguridad llamado Caja Costarricense del Seguro Social. Para esto debe estar afiliado.

Todo niño, niña o adolescente que habite en Costa Rica, tiene el derecho y la obligación de acceder a la educación pública, sin importar su nacionalidad o condición migratoria. “Este derecho no se puede limitar por ningún motivo, por lo que tiene acceso a todos los niveles de educación”, plasma Migración y Extranjería.

Desde que la persona obtiene el carnet de solicitante de refugio, puede ejercer cualquier tipo de trabajo remunerado o lucrativo por cuenta propia o como empleado de una organización o empresa. “El derecho a trabajar queda indicado en el documento que porta donde se indica que tiene libre condición y tiene los mismos derechos laborales que cualquier ciudadano costarricense”.

¿Los refugiados pueden viajar?

Las personas refugiadas y solicitantes que tienen visa y planean hacer un viaje menor a un mes, no requieren de una autorización, en caso de viajar a un tercer país que no sea el de su origen. Sin embargo, las personas solicitantes de refugio sí deberán informar a la Administración con al menos cinco días de antelación al viaje, mediante un correo a la dirección [email protected], en la que remita una foto de su carnet de solicitante de refugio y explique a cuál país va a viajar y la fecha del viaje.

En caso de personas solicitantes de refugio que deseen salir a un tercer país por más de un mes, deberán solicitar un permiso a la Unidad de Refugio, por lo menos con diez días hábiles de antelación (excepto que las circunstancias imprevisibles y urgentes lo impidan), remitiendo un correo a la dirección de correo electrónico [email protected], junto con una foto del carnet de solicitante de refugio y una nota con su firma, en que explique los motivos de su viaje.

En este último caso, hay que destacar que la solicitud de salida no garantiza el permiso y la persona debe esperar a que se resuelva su solicitud, siendo que se arriesga al archivo de su solicitud o cancelación del refugio en caso contrario.

¿Qué pasa con aquellas personas que se les rechaza la solicitud?

Es importante saber que la persona debe esperar en el país solicitante, en este caso Costa Rica, a que se resuelva su solicitud de refugio, aunque la cita final y resolución lleve varios años. Si la persona viaja a un tercer país y planea quedarse, debe renunciar formalmente a la solicitud de refugio en el país vecino.

Cuando la Comisión de Visas y Refugio rechaza su solicitud de la condición de persona refugiada, tiene derecho a interponer un recurso de revocatoria con apelación en subsidio en un plazo de tres días hábiles.

Si nuevamente es denegado por parte de la Comisión, el Subproceso de Refugio enviará su apelación al Tribunal Administrativo Migratorio (TAM).

En caso de ser denegado también por el TAM deberá regularizar su permanencia en el país por medio de otra categoría migratoria, o bien regresar de manera voluntaria a su país de origen. Si no se regulariza puede ser deportado.

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